Texto de la norma
Dec. No. 437-17 que declara el año 2018, como el Año del Fomento de las
Exportaciones. G. O. No. 10901 del 29 de diciembre de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 437-17
CONSIDERANDO: Que conforme dispone el numeral 2 del artículo 50 de la Constitución
de la República Dominicana, es deber del Estado la promoción de planes nacionales que
fomenten la competitividad con el fin de impulsar el desarrollo integral del país.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia
Nacional de Desarrollo 2030, el Estado dominicano debe impulsar el sector exportador sobre
la base de una inserción competitiva en los mercados internacionales, así como propiciar
mayores niveles de inversión, tanto nacional como extranjera, en actividades de alto valor
agregado y capacidad de generación de empleo.
CONSIDERANDO: Que el Eje III de la referida Ley núm. 1-12 dispone la creación e
implementación de la estrategia de marca país para bienes y servicios de calidad garantizada,
que apoye la promoción de las exportaciones.
CONSIDERANDO: Que constituye una prioridad para el Gobierno fomentar políticas
orientadas a identificar y promocionar sectores estratégicos, líneas de productos y nuevos
mercados para incrementar las exportaciones y captar inversión extranjera.
CONSIDERANDO: Que las exportaciones de un país constituyen uno de los principales
pilares de su desarrollo económico, siendo estas una fuente importante de divisas y una de las
principales actividades generadoras de empleos.
CONSIDERANDO: Que es una prioridad nacional fomentar las exportaciones, las
inversiones y el turismo a través de la apertura de nuevos mercados, la diversifícación de la
oferta exportable y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas con
vocación exportadora.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 8-90, sobre Fomento de Zonas Francas, del 15 de enero de 1990.
VISTA: La Ley núm. 84-99, sobre Reactivación y Fomento de las Exportaciones, del 6 de
agosto de 1999.
VISTA: La Ley núm. 98-03, que crea el Centro de Exportación e Inversión de la República
Dominicana, del 17 de junio de 2003.
VISTA: La Ley núm. 1-06, que crea el Consejo Nacional de Competitividad, del 10 de enero
de 2006.
VISTA: La Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 25
de enero de 2012.
VISTA: La Ley núm. 37-17, que reorganiza el Ministerio de Industria Comercio y Mipymes,
del 3 de febrero de 2017.
VISTO: El Decreto núm. 174-09, que crea la Mesa Presidencial de Fomento a las
Exportaciones, del 10 de marzo de 2009.
VISTO: El Decreto 275-17, que crea PRODOMINICANA, del 25 de agosto de 2017.
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República dicto el siguiente:
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara el año 2018 como el Año del Fomento de las Exportaciones.
ARTÍCULO 2. Se insta a todas las instituciones públicas y privadas a colaborar con el
Ministerio de Industria Comercio y MIPYMES (MICM), el Centro de Exportación e
Inversión de la República Dominicana (CEI-RD), el Consejo Nacional de Zonas Francas de
Exportación (CNZFE) y el Consejo Nacional de Competitividad (CNC) para promover el
sector exportador y el establecimiento de la cultura exportadora, en consonancia con el
mandato de la Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del
25 de enero de 2012.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio Administrativo de la Presidencia, al Ministerio de
Industria Comercio y MIPYMES (MICM), al Centro de Exportación e Inversión de la
República Dominicana (CEI-RD), al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación
(CNZFE) y al Consejo Nacional de Competitividad (CNC) para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año dos mil
diecisiete (2017); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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