miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 434-17

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado dominicano a varias personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 dic de 2017fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10901Gaceta Oficial del 29 dic de 2017
Poder Ejecutivoórgano
17personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Simeón Ureña MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José CabralEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nilto Fernández RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Soveida Altagracia CrispínEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Vidal Carrasco SánchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Wiíliam FranciscoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luciano RoblesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Luis LeónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Francisco Corona JiménezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto de Dios FigueroaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Arelis Altagracia Marine Cuevas de GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Serrano CorcinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ignacio MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Virgilio MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Patricio Arcenio GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dolores Brito ZapataEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 434-17 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado dominicano a varias personas. G. O. No. 10901 del 29 de diciembre de 2017. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 434-17 VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379 del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano por un monto de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a las siguientes personas: 1. Simeón Ureña Mendoza, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 2. José Cabral, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 3. Nilto Fernández Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 4. Soveida Altagracia Crispín, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 5. Vidal Carrasco Sánchez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 6. Wiíliam Francisco, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 7. Luciano Robles, cédula de identidad y electora! núm. [cédula]. 8. José Luis León, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 9. Juan Francisco Corona Jiménez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 10. Roberto de Dios Figueroa, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 11. Pedro Ramírez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 12. Arelis Altagracia Marine Cuevas de González, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 13. Rafael Antonio Serrano Corcino, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 14. Austinencia Vázquez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 15. Ignacio Medina, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 16. Virgilio Martínez, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 17. Patricio Arcenio García, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. 18. Dolores Brito Zapata, cédula de identidad y electoral núm. [cédula]. ARTÍCULO 2. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. PÁRRAFO. En los casos positivos, el/la beneficiario/beneficiaría podrá optar por la pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 3. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de expedición del presente decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas en la Ley núm. 41-08, sobre Función Pública, en los casos que aplique. ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017); años 174 de la Independencia y 1 55 de la Restauración. DANILO MEDINA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.