Texto de la norma
Dec. No. 432-17 que integra la delegación oficial de la República Dominicana que
asistirá a la Cumbre del Clima organizada por la República Francesa, a celebrarse en
Paris, Francia, el 12 de diciembre de 2017. G.O. No. 10899 del 11 de diciembre de
2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 432-17
CONSIDERANDO: Que el artículo 194 de la Constitución de la República Dominicana
declara que es prioridad del Estado la formulación y ejecución, mediante ley, de un plan de
ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales
de la Nación, acorde con la necesidad de adaptación al cambio climático.
CONSIDERANDO: Que el numeral 20 del artículo 18 de la Ley núm. 64-00, General de
Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto de 2000, y sus modificaciones,
establece que corresponde al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales evaluar,
dar seguimiento y supervisar el control de los factores de riesgo ambiental y de los que
puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales y ejecutar directamente, o en
coordinación con otras instituciones pertinentes, las acciones tendientes a prevenir la
emergencia o a impedir la extensión de sus efectos.
CONSIDERANDO: Que la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 (END 2030) define el
establecimiento de ejes, objetivos y líneas de acción en torno a los cuales se fundamentan
las políticas públicas nacionales a nivel económico, social, ambiental e institucional. De
manera específica se procura una sociedad de producción y consumo, ambientalmente
sostenible, que se adapte al cambio climático, constituyendo esto una visión de Nación a
largo plazo.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de julio de 2015.
VISTA: La Resolución núm. 122-17, del 28 de abril de 2017, que aprueba el Acuerdo de
París, suscrito por la República Dominicana el 22 de abril de 2016.
VISTA: La Ley núm. 64-00, General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de
agosto de 2000, y sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 57-07, sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de
Energías y de sus Regímenes Especiales, del 7 de mayo de 2007.
VISTO: El oficio núm. 4717 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del
30 de noviembre de 2017.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. La delegación oficial de la República Dominicana que asistirá a la Cumbre
del Clima organizada por la República Francesa, a celebrarse en la ciudad de París, Francia,
el martes 12 de diciembre de 2017, estará conformada por:
Lic. Francisco Domínguez Brito, Ministro de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, quien actuará como Jefe de la Delegación.
Ing. Rubén Jiménez Bichara, Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación
Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).
Lic. Omar Ramírez, Asesor en Temas Ambientales del Vicepresidente Ejecutivo
de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).
Lic. Nelson Bautista, Asesor en Temas Ambientales del Ministro de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la
Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), para su conocimiento
y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete
(2017); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA