Texto de la norma
Dec. No. 409-17 que dispone la aprobación y puesta en vigencia del Reglamento de
Uniformes del Ejercito de la República Dominicana, con el objeto de establecer las
normas y disposiciones generales destinadas a regular el uso de los diferentes
uniformes de los miembros del Ejercito de la República Dominicana. G. O. No. 10897
del 20 de noviembre de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 409-17
CONSIDERANDO: Que corresponde al Presidente de la República dirigir la política
interior y exterior, la administración civil y militar, y es la autoridad suprema de las Fuerzas
Armadas, la Policía Nacional y los demás cuerpos de seguridad del Estado.
CONSIDERANDO: Que corresponde al Presidente de la República disponer, con arreglo
a la ley, cuanto concierna a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, mandarlas por sí
mismo o a través del ministerio correspondiente, conservando siempre su mando supremo.
CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 202 de la Ley núm. 139-13, Orgánica de
las Fuerzas Armadas, todos los reglamentos militares deberán ser aprobados y puestos en
vigencia mediante decreto del Presidente de la República.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 14 de agosto de
2012.
VISTA: La Ley núm. 139-13, Orgánica de las Fuerzas Armadas, del 13 de septiembre de
2013.
VISTO: El oficio núm. 0454, del 5 de diciembre de 2016, del Mayor General, E.R.D.,
Adán B. Cáceres Silvestre, Jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.
VISTO: El oficio núm. 34504, del 28 de noviembre de 2016, del Teniente General, E.R.D.,
Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa.
VISTA: La propuesta de modificación del Reglamento de Uniformes del Ejército de
República Dominicana, aprobada por el Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas el
21 de noviembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se dispone la aprobación y puesta en vigencia del Reglamento de
Uniformes del Ejército de República Dominicana con el objeto de establecer las normas y
disposiciones generales destinadas a regular el uso de los diferentes uniformes de los
miembros del Ejército de República Dominicana, de conformidad con el artículo 202 de la
Ley núm. 139-13, Orgánica de las Fuerzas Armadas, del 13 de septiembre de 2013.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la
República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil
diecisiete (2017), años 174 de la independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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