Texto de la norma
Dec. No. 374-17 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10895 del 16 de octubre de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 374-17
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal
sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. La Sra. Martina Merán Zabala, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
ONDINA MERÁN ZABALA.
Artículo 2. El Sr. Yuddy Valenzuela Cuello, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de SAÚL VALENZUELA CUELLO.
Artículo 3. La Sra. Francisca Antonia Vargas, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de ANTONIA VARGAS.
Artículo 4. La Sra. Derta Solange Balbuena Marte, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de SOLANGE BALBUENA MARTE.
Artículo 5. El menor de edad Jorge Tadeo Arnoux Jiménez, debidamente representado por
sus padres, los señores Jean Pierre Philippe Arnoux y Kelvia Jiménez Martínez, queda
autorizado a cambiar su nombre por el de ROGER TADEO ARNOUX JIMÉNEZ.
Artículo 6. El Sr. Faustino de los Santos Santos, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de ANEURIS DE LOS SANTOS SANTOS.
Artículo 7. La Sra. Santa Marhta Alcántara Montero, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de SANTA MEYLIN ALCÁNTARA MONTERO.
Artículo 8. El Sr. Iván Antonio Beras Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de IVÁN BERAS PÉREZ.
Artículo 9. La Sra. Urbana de los Santos Solís, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de TERESA DE LOS SANTOS SOLÍS.
Artículo 10. El Sr. Wendis Marcos Caba Caba, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de WANDIS MARCOS CABA CABA.
Artículo 11. El Sr. Eutaquio Rodríguez Cid, queda autorizado cambiar su nombre por el de
RUDY RODRÍGUEZ CID.
Artículo 12. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017); años
174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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