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Decreto

Decreto 369-17

que modifica los artículos 1, 3 y 6 del Dec. No. 106-16, para que sea y se lea de la siguiente manera: Operadora de Parques Nuscacao, S.R.L

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 oct de 2017fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10895Gaceta Oficial del 16 oct de 2017
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 369-17 que modifica los artículos 1, 3 y 6 del Dec. No. 106-16, para que sea y se lea de la siguiente manera: Operadora de Parques Nuscacao, S.R.L. G. O. No. 10895 del 16 de octubre de 2017. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 369-17 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas industriales en diferentes lugares del país ha contribuido eficazmente a la rehabilitación económica de aquellas demarcaciones donde han sido creadas. CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de incentivos de la Ley núm. 8-90, sobre Zonas Francas de Exportación. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 106-16, del 29 de febrero de 2016, se dispuso la creación de la Zona Franca Industrial Parque Industrial Navarrete–Yaque (Pany) bajo la administración técnica y operativa de la empresa Parque Industrial NUSCACAO, S.R.L. CONSIDERANDO: Que en la Resolución núm. 01-15-P, del 24 de febrero de 2015, del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación se deslizó un error material relativo a la denominación del nombre de la empresa que está autorizada a operar y desarrollar la zona franca Parque Industrial Navarrete-Yaque (Pany), denominándose Parque Industrial NUSCACAO, S.R.L (NUSCACAO), cuando la mención correcta es Operadora de Parques NUSCACAO, S.R.L. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución núm. 7-17-A, del 5 de abril de 2017, el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación corrigió el error material contenido en la indicada Resolución núm. 01-15-P y solicitó al Poder Ejecutivo la modificación del Decreto núm. 106-16, del 29 de marzo de 2016, con la misma finalidad. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, sobre Zonas Francas de Exportación. VISTO: El Decreto núm. 366-97, del 29 de agosto de 1997, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 8-90, sobre Zonas Francas de Exportación. VISTO: El Decreto núm. 106-16, del 29 de febrero de 2016. VISTA: La Resolución núm. 01-15-P, del 24 de febrero de 2015, dictada por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación. VISTA: La Resolución No. 7-17-A, del 5 de abril de 2017, dictada por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se modifican los artículos 1, 3 y 6 del Decreto núm. 106-16, del 29 de febrero de 2016, exclusivamente en lo relativo a la denominación social de la empresa autorizada, para que donde figure Parque Industrial Nuscacao, S.R.L. sea y se lea: Operadora de Parques Nuscacao, S.R.L. ARTÍCULO 2. Se mantienen invariables los demás aspectos contenidos en el Decreto núm. 106-16, del 29 de febrero de 2016. ARTÍCULO 3. Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación y al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona