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Dec. No. 348-17 que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado
dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser
utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10895 del 16 de octubre
de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 348-17
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 625-12, del 10 de noviembre de 2012,
el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias
relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, y por la Oficina de
Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará
con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de
los planes de construcción de edificaciones que determine dicho ministerio.
CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Párrafo III del Artículo 8 del Decreto
núm. 625-12, el Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de entregar al Ministerio
de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de
Obras del Estado (OISOE) la relación de la totalidad de las obras a construir durante el
2013, así como los diseños arquitectónicos de los prototipos de aulas y los solares donde se
ubicarán las escuelas.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
VISTO: El Decreto núm. 625-12, que crea el Programa Nacional de Edificaciones
Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), del 10 de
noviembre de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 348-16, que dispone el traspaso al Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones (MOPC) de las funciones encomendadas a la Oficina de Ingenieros
Supervisores de Obras del Estado mediante el Decreto núm. 625-12, que creó el Programa
Nacional de Edificaciones Escolares, del 2 de diciembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición, por parte del
Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales
serán utilizadas para construir edificaciones escolares:
1. Una mejora de un nivel dedicada a uso comercial, con muros de blocks, techada de
hormigón armado, ubicada en Santo Domingo, Distrito Nacional, con las colindancias
siguientes: al Norte, calle Belén; al Este, Escuela Virgen del Carmen; al Oeste, calle
Clarín; y al Sur, Escuela Virgen del Carmen, propiedad de los señores NICOLÁS
SÁNCHEZ LÓPEZ y CLEMENCIA LIRANZO LORENZO.
2. Una porción de terreno con una extensión superficial de catorce mil metros cuadrados
(14,000.00 m2) dentro del ámbito de la parcela núm. 303, Distrito Catastral núm. 2,
ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, amparada en la
Constancia Anotada del Certificado de Título núm. 132, expedida a favor de la sociedad
comercial INVERSIONES Y PRESTAMOS, S. A. (INPRESA), por el Registrador de
Títulos de Santiago.
3. Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil cuatrocientos
cincuenta y ocho punto veintiún metros cuadrados (4,458.21 m2), no registrada, ubicada
en la sección La Baría, municipio Baní, provincia Peravia, con los colindantes
siguientes: al Norte, un camino; al Sur, Víctor González Báez; al Este, un camino y el
canal Marcos Mateo; y al Oeste, la familia Florentino, propiedad de los señores
MILCÍADES RODRÍGUEZ FLORENTINO, DOLORES FLORENTINO, JUANA
ELENA FLORENTINO AGUASVIVAS, JUAN RAMÓN FLORENTINO MATOS,
VICTORIANA SOLANO FLORENTINO DE MERCEDES y ESPERANZA
FLORENTINO.
4. 1) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13168 del Distrito Catastral 08, municipio Santo
Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de ciento noventa y cinco
punto noventa y nueve metros cuadrados (195.99 m2), amparada en el Certificado de
Título Matrícula núm. [cédula]) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13169 del
Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con
un área total de ciento noventa y seis punto cero nueve metros cuadrados (196.09 m2),
amparada en el Certificado de Título Matrícula núm. [cédula]) La parcela núm.
1-A-2-B-1-006-13170 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste,
provincia Santo Domingo, con un área total de doscientos noventa y tres punto catorce
metros cuadrados (293.14 m2), amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
[cédula]) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13171 del Distrito Catastral 08,
municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de
doscientos noventa y tres punto catorce metros cuadrados (293.14 m2), amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. [cédula]) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-
13172 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo
Domingo, con un área total de ciento noventa y seis punto cero nueve metros cuadrados
(196.09 m2), amparada en el Certificado de Título Matrícula núm. [cédula]) La
parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13173 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo
Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de ciento noventa y cinco punto
noventa y nueve metros cuadrados (195.99 m2), amparada en el Certificado de Título
Matrícula núm. [cédula]) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13174 del Distrito
Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con un área
total de ciento noventa y cinco punto ochenta y nueve metros cuadrados (195.89 m2),
amparada en el Certificado de Título Matrícula núm. [cédula]) La parcela núm.
1-A-2-B-1-006-13175 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste,
provincia Santo Domingo, con un área total de ciento noventa y cinco punto setenta y
nueve metros cuadrados (195.79 m2), amparada en el Certificado de Título Matrícula
núm. [cédula]) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13176 del Distrito Catastral 08,
municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de ciento
noventa y cinco punto sesenta y nueve metros cuadrados (195.69 m2), amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 0100201390. 10) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-
13177 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo
Domingo, con un área total de ciento noventa y cinco punto cincuenta y nueve metros
cuadrados (195.59 m2), amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
0100201391, 11) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13178 del Distrito Catastral 08,
municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de ciento
noventa y cinco punto cuarenta y nueve metros cuadrados (195.49 m2), amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 0100201392. 12) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-
13179 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo
Domingo, con un área total de ciento noventa y cinco punto treinta y nueve metros
cuadrados (195.39 m2), amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
0100201393. 13) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13180 del Distrito Catastral 08,
municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de ciento
noventa y cinco punto veintinueve nueve metros cuadrados (195.29 m2), amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 0100201394. 14) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-
13181 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo
Domingo, con un área total de ciento noventa y cinco punto diecinueve nueve metros
cuadrados (195.19 m2), amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
0100201395. 15) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13182 del Distrito Catastral 08,
municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de ciento
noventa y cinco punto cero nueve metros cuadrados (195.09 m2), amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 0100201396. 16) La parcela núm. 1-A-2-B-1-006-
13183 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo
Domingo, con un área total de doscientos noventa y un punto setenta metros cuadrados
(291.70 m2), amparada en el Certificado de Título Matrícula núm. 0100201397. 17) La
parcela núm. 1-A-2-B-1-006-13167 del Distrito Catastral 08, municipio Santo Domingo
Oeste, provincia Santo Domingo, con un área total de siete mil quinientos veinte y siete
punto sesenta y dos metros cuadrados (7,527.62 m2), amparada en el Certificado de
Título Matrícula núm. 0100201381, todos expedidos a favor de la INMOBILIARIA
GERARDINO, S. A., emitido por el Registrador de Títulos de Santo Domingo.
5. Una porción de terreno con una extensión superficial de nueve mil cuatrocientos
noventa y cuatro punto veintisiete metros cuadrados (9,494.27 m2), ubicada en la
parcela núm. 130-B-3, del Distrito Catastral núm. 06, provista de la Constancia Anotada
del Certificado de Título núm. 87, expedida a favor de los señores ELSA MARÍA
VARGAS VALDEZ, ROSINA ALTAGRACIA DE LA CRUZ CABRERA, ROSA
JOSEFINA DE LA CRUZ GÓMEZ, JUAN ANTONIO DE LA CRUZ GÓMEZ, ELSA
SABRINA DE LOURDES DE LA CRUZ VARGAS, ROSA JULIA DE LA CRUZ
VARGAS DE SAHAD, MANUEL ALBERTO DE LA CRUZ VARGAS, LOURDES
CAROLINA DE LA CRUZ VARGAS, e YNGRID ALTAGRACIA DE LA CRUZ
VARGAS.
6. a) La parcela núm. 80-1-SUB-1-A-27-SUB-44 del Distrito Catastral núm. 2.4, con una
extensión superficial de trescientos setenta y ocho punto noventa y un metros cuadrados
(378.91 m2), ubicada en el municipio y provincia La Romana, amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 2100012371. b) La parcela núm. 80-1-SUB-1-A-
27-SUB-45, del Distrito Catastral núm. 2.4, con una extensión superficial de
cuatrocientos sesenta y seis punto once metros cuadrados (466.11 m2), ubicada en el
municipio y provincia La Romana, amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
2100012372. c) La parcela núm. 80-1-SUB-1-A-27-SUB-46 del Distrito Catastral núm.
2.4, con una extensión superficial de quinientos cuatro metros cuadrados (504.00 m2),
ubicada en el municipio y provincia La Romana, amparada en el Certificado de Título
Matrícula núm. 2100012373. d) La parcela núm. 80-1-SUB-1-A-27-SUB-47 del
Distrito Catastral núm. 2.4, con una extensión superficial de trescientos noventa y dos
punto cincuenta y un metros cuadrados (392.51 m2), ubicada en el municipio y
provincia La Romana, amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
2100012374. e) La parcela núm. 80-1-SUB-1-A-27-SUB-48 del Distrito Catastral núm.
2.4, con una extensión superficial de cuatrocientos veintitrés punto cuarenta y un metros
cuadrados (423.41 m2), ubicada en el municipio y provincia La Romana, amparada en
el Certificado de Título Matrícula núm. 2100012375. f) La parcela núm. 80-1-SUB-1-
A-27-SUB-49 del Distrito Catastral núm. 2.4, con una extensión superficial de
cuatrocientos treinta y cuatro punto sesenta y un metros cuadrados (434.61 m2), ubicada
en el municipio y provincia La Romana, amparada en el Certificado de Título Matrícula
núm. 2100012376. g) La parcela núm. 80-1-SUB-1-A-27-SUB-52 del Distrito Catastral
núm. 2.4, con una extensión superficial de cuatrocientos metros cuadrados (400.00 m2),
ubicada en el municipio y provincia La Romana, amparado en el Certificado de Título
Matrícula núm. 2100012379. h) La parcela núm. 80-1-SUB-1-A-27-SUB-5, del Distrito
Catastral núm. 2.4, con una extensión superficial de cuatrocientos metros cuadrados
(400.00 m2), ubicada en el municipio y provincia La Romana, amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 2100012379, todos expedidos a favor de la
entidad NEGOCIOS & REPRESENTACIONES RABIESA, S. A., por el Registrador
de Títulos de San Pedro de Macorís.
7. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil quinientos metros
cuadrados (3,500.00 m2), no registrada, ubicada en el municipio Las Matas de Farfán,
provincia San Juan de la Maguana, con los colindantes siguientes: al Norte, propiedad
del señor Teófilo Ogando De Óleo; al Sur, la Escuela Básica de Las Mulas; al Este, un
camino; al Oeste, una propiedad del señor Teófilo Ogando De Óleo, propiedad del Sr.
TEÓFILO OGANDO DE ÓLEO.
8. Dos mejoras consistentes en dos casas de concreto, techadas de zinc, piso de cemento,
una con cuatro habitaciones, dos salas, cocina, un baño y la otra con dos habitaciones,
sala, cocina y un baño, ubicadas en el municipio Comendador, provincia Elías Piña, con
las colindancias siguientes: al Norte, propiedad de José Joaquín Lebrón; al Sur,
propiedad del Sr. Poncio Roa y Antonio Cupete; al Este, propiedad de Pedro Marcelo y
la Escuela Vieja; al Oeste, propiedad de Abelardo Cupete y propiedad de los sucesores
de Manuel Decena, propiedad del Sr. ANTONIO EMIGDIO RAMÍREZ BERIGÜETE.
9. Una porción de terreno de seiscientos treinta y cinco punto diecisiete metros cuadrados
(635.17 m2) dentro de la parcela núm. 160-006-9016 del municipio Bonao, provincia
Monseñor Nouel, provista de la Constancia Anotada del Certificado de Título núm. 07-
288, expedida a favor de los señores EDEX FRANCISCO y YANIRA FRANCISCO
por el Registrador de Títulos de Monseñor Nouel.
10. Una porción de terreno con una extensión superficial de nueve mil ochocientos metros
cuadrados (9,800.00 m2) dentro del ámbito de la parcela núm. 291 del Distrito Catastral
2, ubicada en el municipio y provincia Barahona, provista de la Constancia Anotada en
el Certificado de Título Matrícula núm. 0600005402, expedida a favor del señor
EDUARDO ESPINOSA MOTA, por el Registrador de Títulos de Barahona.
11. Una porción de terreno con una extensión superficial de ocho mil ciento cincuenta y
cuatro punto ochenta y dos metros cuadrados (8,154.82 m2) dentro del ámbito de la
parcela núm. 144 del Distrito Catastral núm. 17, ubicada en el municipio Santo
Domingo de Guzmán, provincia Santo Domingo, provista del Certificado de Título
núm. 60-626, expedido a favor del señor ALCIBÍADES MORENO MARCANO, por el
Registrador de Títulos del Distrito Nacional.
12. La parcela núm. [cédula], con una extensión superficial de tres mil ciento
cuarenta y cuatro punto treinta y dos metros cuadrados (3,144.32 m2), ubicada en el
municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, amparada en el Certificado de
Título Matrícula núm. 3000193235, expedido a favor del señor FAUSTO FELIPE
UREÑA, emitido por el Registrador de Títulos de Samaná.
13. Una porción de terreno con una extensión superficial de diez mil quinientos metros
cuadrados (10,500.00 m2) dentro de la parcela núm. 1-REF-E-2 del Distrito Catastral
núm. 20, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, amparada en el
Certificado de Título Matrícula núm. 3000238561, expedido a favor de la entidad
Inmobiliaria Santa Bárbara, S. A., emitido por el Registrador de Títulos de la provincia
Santo Domingo.
14. a) Una casa de blocks y concreto, piso de cerámica, la cual consta de tres habitaciones,
sala, comedor, cocina, galería, dos baños y demás anexidades y dependencias. b) Una
casa construida de blocks y concreto, piso de cerámica, ventanas de aluminio y
cristales, la cual consta de dos habitaciones, sala, comedor, cocina, galería, un baño,
demás anexidades y dependencias. c) Una casa de blocks y concreto, piso de cerámica,
ventanas de aluminio y cristales, la cual consta de dos habitaciones, sala, comedor,
cocina, galería, un baño, demás anexidades y dependencias; d) Una casa de madera,
techada de zinc, piso de cerámica, ventanas de aluminio y cristales, la cual consta de
dos habitaciones, sala, comedor, cocina, galería, un baño y demás anexidades y
dependencias, todas con un área total de construcción de quinientos treinta y nueve
metros cuadrados (539.00 m2), ubicadas en la calle Brisas de Caucedo, sin número,
sector Andrés, municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, con las siguientes
colindancias: al Este, calle H; al Oeste, calle sin nombre; al Norte propiedad del señor
Federico Pérez Ferreras; y al Sur, el señor Máximo Soriano de los Santos, propiedad del
Sr. NELSON MANUEL DE CASTRO FULGENCIO.
15. Una porción de terreno con una extensión superficial de once mil trescientos un metros
cuadrados (11,301.00 m2) dentro de la parcela núm. 69 del Distrito Catastral núm.
39/6ta, ubicada en el municipio Sabana de la Mar, provincia Hato Mayor, provista de la
Constancia Anotada Matrícula núm. 0900001569, expedida a favor del señor
RUSQUING MEREGILDO GONZÁLEZ EUSEBIO, emitida por el Registrador de
Títulos de la provincia El Seibo.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las
referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos
los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con
las leyes, para obtener la expropiación de las mismas.
ARTÍCULO 3. Se deroga el Artículo 2 del Decreto núm. 314-16, del 8 de noviembre de
2016, que declaraba de utilidad pública una parcela propiedad del señor VÍCTOR
NICOLÁS RAMÍREZ SÁNCHEZ.
PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las
referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho
de propiedad al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación.
PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública mediante el
presente decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 4. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar de
inmediato las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos
por el Artículo 13 de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943, modificada por la Ley núm.
700, del 31 de julio de 1974.
ARTÍCULO 5. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley núm. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega el Párrafo II al Artículo 13
de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943.
ARTÍCULO 6. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los registradores de títulos correspondientes y al Ministerio de Educación, para su
conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año dos mil
diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.