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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 336-17

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 sept de 2017fecha
Otrostipo
G. O. 10895Gaceta Oficial del 16 oct de 2017
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 336-17 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10895 del 16 de octubre de 2017. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 336-17 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones. CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1. La Sra. Santa Rosa Núñez Lora, queda autorizada a cambiar su nombre por el de LOURDES NÚÑEZ LORA. Artículo 2. La menor de edad Aslly Carolina Peña Caminero, debidamente representada por sus padres, los señores Esmelin Guillermo Peña Mateo y Magalis Nolasco Caminero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ASHLEY CAROLINA PEÑA CAMINERO. Artículo 3. La Sra. Juana Claridilia Rosado Fermín, queda autorizada a cambiar su nombre por el de CLARA ROSADO FERMÍN. Artículo 4. El Sr. Eladio Antonio Hernández, queda autorizado a cambiar su nombre por el de JUAN FÉLIX HERNÁNDEZ. Artículo 5. El Sr. Miguel Antonio Trinidad Ortiz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de MANUEL ANTONIO TRINIDAD ORTIZ. Artículo 6. El Sr. Yurni Reyes Vargas, queda autorizado a cambiar su nombre por el de JUNIOR REYES VARGAS. Artículo 7. La Sra. Adelina Abreu Guillermo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de JENNY ADELINA ABREU GUILLERMO. Artículo 8. El Sr. Ramón Antonio Peguero Domínguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de ANTHONY WESTER PEGUERO DOMÍNGUEZ. Artículo 9. La Sra. Melvin Solgel Denis, queda autorizada a cambiar su nombre por el de MELVIN SOLÁNGEL DENIS. Artículo 10. El Sr. Celestino Lora Meléndez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de SECUNDINO ENRIQUE LORA MELÉNDEZ. Artículo 11. La Sra. Anarelis Pérez Caraballo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ARELIS PÉREZ CARABALLO. Artículo 12. La Sra. Salustiana Almonte Gómez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ONEYDA ALMONTE GÓMEZ. Artículo 13. El Sr. Raúl Eduardo Vargas Solano, queda autorizado a cambiar su nombre por el de EDUARDO VARGAS SOLANO. Artículo 14. La Sra. Juana Mabel Herrera Arroyo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de MABEL HERRERA ARROYO. Artículo 15. La Sra. Dulce de Jesús Pérez Capellán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ALIDA PÉREZ CAPELLÁN. Artículo 16. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona