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Decreto

Decreto 312-17

que autoriza al Coronel Paracaidista, FARD, Rudyard Fernández Abud, a aceptar y usar la condecoración Medalla de Excelente Eficiencia de una (1) Estrella, otorgada por el Ministerio de Defensa Nacional de la República de China, Taiwán

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 ago de 2017fecha
Condecoracióntipo
G. O. 10894Gaceta Oficial del 5 sept de 2017
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 312-17 que autoriza al Coronel Paracaidista, FARD, Rudyard Fernández Abud, a aceptar y usar la condecoración Medalla de Excelente Eficiencia de una (1) Estrella, otorgada por el Ministerio de Defensa Nacional de la República de China, Taiwán. G. O. No. 10894 del 5 de septiembre de 2017. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 312-17 VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos. VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones. VISTO: El oficio núm. 1145, del 18 de julio de 2017, del Mayor General, E.R.D., Pedro A. Cáceres Chestaro, Asesor Militar Terrestre, Naval y Aéreo del Poder Ejecutivo. VISTO: El oficio núm. 23074, del 15 de julio de 2017, del Teniente General, E.R.D., Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa, dirigido al Señor Presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTÍCULO 1. Se concede autorización al Coronel Paracaidista, F.A.R.D., Rudyard Fernández Abud, para que pueda aceptar y usar la condecoración “Medalla de Excelente Eficiencia de 1 Estrella”, otorgada por el Ministerio de Defensa Nacional de la República de China, Taiwán. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona