Texto de la norma
Dec. No. 293-17 que declara de utilidad pública varias porciones de terrenos, para ser
destinadas a la construcción de la carretera Gregorio Luperón, Costa Norte, provincia
Puerto Plata. G. O. No. 10894 del 5 de septiembre de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 293-17
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano, a través de la Oficina de Ingenieros
Supervisores de Obras del Estado (OISOE), se encuentra ejecutando la obra “Construcción
Carretera Gregorio Luperón, Costa Norte, provincia Puerto Plata”, que afecta un total de
trece mil seiscientos setenta punto noventa metros cuadrados (13,670.90 m2), de unas
porciones de terrenos propiedad de los Sres. Luz Esperanza Meyreles Torres, Aníbal
Santana Meyreles Torres, Raúl Augusto Meyreles Torres, Victoria Luisa Meyreles Torres e
Isabel María Meyreles Torres.
CONSIDERANDO: Que dichas personas poseen individualmente los derechos de
propiedad sobre las parcelas números 1539-A, 1539-B, 1539-C, 1539-D y 1539-E, del
Distrito Catastral núm. 16, sección Maimón, del municipio y provincia Puerto Plata, las
cuales están ubicadas a los extremos de la obra y están siendo afectadas parcialmente.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de julio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 344, sobre Procedimiento de Expropiación, y sus modificaciones, del
29 de julio de 1943.
VISTA: La solicitud realizada por la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del
Estado (OISOE), mediante oficio núm. 16608, del 5 de agosto de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del
Estado dominicano de las porciones de terrenos que se indican a continuación, con el
propósito de ejecutar los trabajos correspondientes para la construcción de la Carretera
Gregorio Luperón, Costa Norte, provincia Puerto Plata:
1.
Una porción de terreno con una extensión superficial de mil ochocientos trece punto
ochenta y tres metros cuadrados (1,813.83 m2), ubicada dentro del ámbito de la
parcela núm. 1539-A del Distrito Catastral núm. 16, sección Maimón, del municipio y
provincia Puerto Plata, amparada en el Certificado de Título Matrícula núm.
3000197525, emitido por el Registrador de Títulos de Puerto Plata, a favor de la Sra.
LUZ ESPERANZA MEYRELES TORRES.
2.
Una porción de terreno con una extensión superficial de mil novecientos sesenta y
uno punto diecinueve metros cuadrados (1,961.19 m2), ubicada dentro del ámbito de
la parcela núm. 1539-B del Distrito Catastral núm. 16, sección Maimón, del
municipio y provincia Puerto Plata, amparada en el Certificado de Título Matrícula
núm. 3000197541, emitido por el Registrador de Títulos de Puerto Plata, a favor del
Sr. ANÍBAL SANTANA MEYRELES TORRES.
3.
Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil novecientos cuarenta
y tres punto setenta y un metros cuadrados (2,943.71 m2), ubicada dentro del ámbito
de la parcela núm. 1539-C del Distrito Catastral núm. 16, sección Maimón, del
municipio y provincia Puerto Plata, amparada en el Certificado de Título Matrícula
núm. 3000028123, emitido por el Registrador de Títulos de Puerto Plata, a favor del
Sr. RAÚL AUGUSTO MEYRELES TORRES.
4.
Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil ciento cincuenta y
siete punto cincuenta y seis metros cuadrados (3,157.56 m2), ubicada dentro del
ámbito de la parcela núm. 1539-D del Distrito Catastral núm. 16, sección Maimón,
del municipio y provincia Puerto Plata, amparada en el Certificado de Título
Matrícula núm. 3000112817, emitido por el Registrador de Títulos de Puerto Plata, a
favor de la Sra. VICTORIA LUISA MEYRELES TORRES.
5.
Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil setecientos noventa y
cuatro punto sesenta y un metros cuadrados (3,794.61 m2), ubicada dentro del ámbito
de la Parcela núm. 1539-E, del Distrito Catastral núm. 16, sección Maimón, del
municipio y provincia Puerto Plata, amparada en el Certificado de Título Matrícula
núm. 3000197545, emitido por el Registrador de Títulos de Puerto Plata, a favor de la
Sra. ISABEL MARÍA MEYRELES TORRES.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las
referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos
los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con
las leyes, para obtener la expropiación de las mismas.
PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las
referidas porciones de terrenos deberán presentar al Departamento Jurídico de la Oficina de
Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) los documentos probatorios del
derecho de propiedad.
PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública mediante el
presente decreto, serán pagadas con fondos provenientes de la Oficina de Ingenieros
Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
ARTÍCULO 3. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley núm. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega el Párrafo II al Artículo 13
de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943.
ARTÍCULO 4. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los registradores de títulos correspondientes y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de
Obras del Estado (OISOE), para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del año dos mil
diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.