que designa al señor Dr. Jaime Aristy Escuder, Administrador General de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, bajo la dependencia de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE)
Administrador General de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, bajo la dependenciaCorporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE)
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Seguimiento Por nombre
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Jaime Aristy Escuder · Administrador General de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, bajo la dependencia · Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE)
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 30 ago de 2017. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Texto
Texto de la norma
Dec. No. 261-17 que designa al señor Dr. Jaime Aristy Escuder, Administrador
General de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, bajo la dependencia de la
Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE). G. O. No. 10890
del 4 de agosto de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 261-17
CONSIDERANDO: Que el Gobierno dominicano, a través de la Corporación Dominicana
de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), está ejecutando la construcción de la Central
Termoeléctrica Punta Catalina, la cual constituye una de las infraestructuras públicas más
importantes que se haya llevado a cabo en la República Dominicana, cuyo aporte de
energía al sistema eléctrico nacional será de alrededor de 750 megavatios.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 6-17. del 10 de enero de 2017, el
Poder Ejecutivo designó una Comisión, integrada por distinguidas personalidades de la
sociedad dominicana, con la misión de investigar todo lo concerniente al proceso de
licitación y adjudicación de la obra Central Termoeléctrica Punta Catalina.
CONSIDERANDO: Que el 30 de junio de 2017 dicha Comisión rindió un informe al país
sobre los resultados de su investigación, el cual contiene, además, una serie de
recomendaciones al Gobierno dominicano sobre diferentes aspectos de la obra Central
Termoeléctrica Punta Catalina.
CONSIDERANDO: Que para dar seguimiento a esas recomendaciones es necesario que
uno de los miembros de la Comisión asuma una posición de dirigencia en la administración
y gestión de la referida obra.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTO: El Decreto núm. 6-17 del 10 de enero de 2017.
VISTO: El Informe rendido por la Comisión para la investigación de todo lo concerniente
al proceso de licitación y adjudicación de la obra Central Termoeléctrica Punta Catalina, el
30 de junio de 2017.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. El Dr. Jaime Aristy Escuder, queda designado Administrador General de la
Central Termoeléctrica Punta Catalina, bajo la dependencia de la Corporación Dominicana
de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).
ARTÍCULO 2. Envíese a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales
(CDEEE), para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017);
años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona