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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 174-09

QUE CREA E INTEGRA LA MESA PRESIDENCIAL DE FOMENTO A LAS EXPORTACIONES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 mar de 2009fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10513Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Planificación y DesarrolloMiembro de un órganomiembro. d) El Secretario de Estado de Industria y Comercio (SEIC)

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 174-09 que crea e integra la Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 174-09 Considerando: Que en las últimas décadas el nivel de desarrollo e integración de los países se ha estado midiendo a través de su influencia y nivel de posicionamiento en los mercados internacionales de bienes y servicios, cuya consecuencia directa se ha manifestado de forma positiva en el crecimiento económico y el desarrollo social de los Estados participantes. Considerando: Que estando entrelazados el nivel de desarrollo con el posicionamiento en los mercados, los países en vía de desarrollo tienen la necesidad de formular e implementar todas las medidas y políticas necesarias tendientes a incrementar la competitividad y calidad de sus sectores productivos de cara a lograr una participación activa en el mismo. Considerando: Que para lograr esos objetivos se hace necesario que los principales actores en la creación de las políticas para el posicionamiento de la República Dominicana en el mercado internacional de bienes y servicios, planifiquen e implementen estrategias conjuntas en las cuales se reconozca la gran importancia que tiene el desarrollo industrial y las exportaciones en el desarrollo económico y social del país, logrando así el establecimiento de políticas que permitan la integración y creación de un canal de cooperación y compenetración entre los sectores público y privado. Considerando: Que la adecuada coordinación e integración sectorial para la formulación de políticas de acciones estratégicas deben ser perseguidas sistemática y persistentemente para arrojar un impacto contundente, consensuado y significativo en el crecimiento económico del país a largo plazo. Considerando: Que el país debe trabajar hacia una agenda de política económica integral y uniforme que le asegure un rol activo al gobierno para la ejecución de programas prioritarios que procuren el incremento de las exportaciones de bienes y servicios, la diversificación de la estructura de exportaciones, el desarrollo de nuevas industrias, la intensificación de los encadenamientos industriales, y el desarrollo de las redes internacionales de comercio. Considerando: Que para lograr la implementación de esos objetivos es necesario ejecutar un sistema que permita dar mayor seguridad a los exportadores a la hora de realizar sus exportaciones, y que a su vez ayude a erradicar la dilación y trabas existente que impiden el desarrollo eficiente de esta actividad. Considerando: Que se hace necesario analizar la cadena productiva e identificar los costos y acciones que pudieran estar afectando la competitividad de los productos dominicanos y su inserción en mercados internacionales. Considerando: Que la República Dominicana es signataria de importantes acuerdos comerciales, los cuales en su espíritu de implementación buscan armonizar las relaciones bilaterales entre los países signatarios, propugnando que los mismos otorguen igualdades de oportunidades y ventajas que ayuden al desarrollo y aumento de la competitividad de sus ofertas exportadoras. Considerando: Que esta iniciativa se enmarca dentro de las acciones establecidas en la Cumbre por la Unidad Nacional Frente a la Crisis Económica Mundial, ya que el valor agregado esperado será el mejoramiento de la competitividad de la República Dominicana, lo cual incrementará los puestos de trabajos y permitirá a mediano plazo apalear la crisis económica dentro de la sociedad dominicana. Visto: El Informe para el Desarrollo de las Exportaciones en la República Dominicana, elaborado por el Korea Development Institute (KDI) presentado en febrero del 2009. Visto: El Acuerdo de Entendimiento suscrito entre la Secretaría de Estado de Industria y Comercio (SEIC), el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI- RD), el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE), el Consejo Nacional de Competitividad (CNC) y el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA), en fecha 5 de diciembre del 2008. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la República, dicto el siguiente: DECRETO: Artículo 1: Se crea la Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones, la cual tendrá como finalidad principal evaluar el desempeño del sector exportador desarrollando una política de exportación unificada y consensuada. Artículo 2: La Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones estará integrada por los siguientes miembros del sector público: a) El Presidente de la República, quien la presidirá. b) El Secretario de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo, quien fungirá como Vicepresidente. c) El Secretario de Estado de Hacienda, miembro. d) El Secretario de Estado de Industria y Comercio (SEIC), miembro. e) El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores (SEREX), miembro. f) El Secretario de Estado de Agricultura (SEA), miembro. g) El Secretario de Estado de Turismo (SECTUR), miembro. h) El Secretario de Estado de Trabajo (SET); miembro. i) El Secretario de Estado y Director Ejecutivo del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD), quien fungirá como Secretario Ejecutivo. j) El Secretario de Estado del Consejo Nacional de Competitividad (CNC), miembro. k) El Director General del Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA), miembro. l) El Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE), miembro. m) El Director General de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), miembro. n) El Director General de la Dirección General de Aduanas (DGA), miembro. o) El Instituto de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), miembro. PÁRRAFO I.- En caso de ausencia de los titulares de las Secretarías de Estado o Direcciones pertenecientes a la Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones, podrán hacerse representar válidamente, mediante un Subsecretario o Subdirector, previamente designado por escrito para estos fines. PARRAFO II.- La máxima autoridad de la entidad vinculada al caso a ser tratado podrá ser invitada a participar en las reuniones de la Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones. Artículo 3: La Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones estará integrada por los siguientes miembros del sector privado: a) El Presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), miembro. b) El Presidente de la Asociación Dominicana de Zonas Francas (ADOZONA), miembro. c) El Presidente de la Asociación Dominicana de Exportadores (ADOEXPO), miembro. d) El Presidente de la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD), miembro. e) El Presidente de la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), miembro. f) El Presidente de la Asociación Nacional de Hoteles y Restaurantes (ASONAHORES), miembro. g) El presidente de la Federación Dominicana de Cámaras de Comercio y Producción (FEDOCAMARAS), miembro. h) El presidente de la Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (CODOPYME), miembro. PÁRRAFO I.- En caso de ausencia de los titulares de las asociaciones del sector privado pertenecientes a la Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones, podrán hacerse representar válidamente mediante un suplente previamente designado por escrito para estos fines. ARTÍCULO 4.- La Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones se reunirá previa convocatoria del Presidente de la República, o cuando así lo solicite alguno de sus miembros a través del Secretario Ejecutivo. Artículo 5.- Son deberes y atribuciones de la Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones, las siguientes: a) Revisar y proponer las políticas y estrategias comerciales para el fomento a las exportaciones, según las necesidades económico-sociales del país. b) Identificar las herramientas necesarias para el establecimiento de políticas tendentes a mejorar el valor agregado en los productos exportables. c) Mantener una comunicación abierta y constante con el sector exportador, conociendo y estudiando las necesidades del mismo. d) Estudiar y analizar periódicamente los niveles de competitividad de los productos y servicios exportables de la República Dominicana. e) Proponer iniciativas destinadas al mejoramiento del proceso exportador. f) Cualquier otro tema de interés que deba ser conocido y aprobado por la Mesa Presidencial de Fomento a las Exportaciones. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de marzo del año dos mil nueve (2009), años 166 de la Independencia y 146 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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