Texto de la norma
Dec. No. 242-17 que instituye el Premio Internacional al Emigrante Dominicano “Sr.
Oscar de la Renta”. G. O. No. 10890 del 4 de agosto de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 242-17
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores desea fomentar la cultura
e identidad nacional entre las comunidades dominicanas en el exterior, su vínculo con el
país y promover su inclusión en el quehacer y en los proyectos de desarrollo nacionales.
CONSIDERANDO: Que es función del Ministerio de Relaciones Exteriores desarrollar
programas, proyectos y acciones en la defensa de los derechos de los dominicanos y
dominicanas en el exterior, para mejorar su calidad de vida y fortalecer sus lazos con el país
y con sus comunidades de origen.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores actúa apegado a los
lineamientos de la política exterior nacional y el fortalecimiento de nuestra cultura en los
nacionales que viven y se desarrollan en el exterior.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: Ley núm. 630-16. Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio
Exterior, del 28 de julio de 2016.
VISTO: El Decreto núm. 142-17, del 21 de abril de 2017, que establece el Reglamento de
Aplicación de la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del
Servicio Exterior.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se instituye el Premio Internacional al Emigrante Dominicano “Sr. Oscar
de la Renta”, que otorga el Estado dominicano a través del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
ARTÍCULO 2. El Premio al Emigrante Dominicano “Sr. Oscar de la Renta”, tendrá los
siguientes objetivos:
a) Fortalecer la imagen de nuestros nacionales que viven y se desarrollan en otros
países.
b) Fortalecer y afianzar la identidad y sentido de pertenencia de los dominicanos
residentes en [domicilio omitido].
c) Fomentar los valores de la dominicanidad.
d) Reconocer los méritos de hombres y mujeres que, con su accionar, elevan el nombre
de la República Dominicana.
ARTÍCULO 3. El Premio Internacional al Emigrante Dominicano “Sr. Oscar de la Renta”,
será otorgado anualmente y estará dirigido a los emigrantes dominicanos y sus
descendientes, radicados en las diferentes naciones del mundo, que hayan realizado aportes
significativos al país donde residen, contribuyendo con esto a elevar la imagen de la
República Dominicana.
ARTÍCULO 4. El Ministerio de Relaciones Exteriores conformará una comisión
permanente para elaborar las normas y bases del concurso, así como procurar su difusión.
Dicha comisión estará integrada de la siguiente manera:
a) Dos (2) funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores:
i.
El Viceministro para las Comunidades del Dominicano en el Exterior.
ii. Un funcionario asignado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
b) Un (1) miembro o representante de la familia del señor Oscar de la Renta.
c) Dos (2) representantes de la sociedad civil dominicana reconocidos por sus logros
profesionales y personales, que estén ligados a la trayectoria de vida del señor Oscar
de la Renta, elegidos por el Ministro de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y
fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de julio del año dos mil diecisiete
(2017), años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.