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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 242-17

QUE INSTITUYE EL PREMIO INTERNACIONAL AL EMIGRANTE DOMINICANO “SR. OSCAR DE LA RENTA”.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 jul de 2017fecha
Otrostipo
G. O. 10890Gaceta Oficial del 4 ago de 2017
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 242-17 que instituye el Premio Internacional al Emigrante Dominicano “Sr. Oscar de la Renta”. G. O. No. 10890 del 4 de agosto de 2017. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 242-17 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores desea fomentar la cultura e identidad nacional entre las comunidades dominicanas en el exterior, su vínculo con el país y promover su inclusión en el quehacer y en los proyectos de desarrollo nacionales. CONSIDERANDO: Que es función del Ministerio de Relaciones Exteriores desarrollar programas, proyectos y acciones en la defensa de los derechos de los dominicanos y dominicanas en el exterior, para mejorar su calidad de vida y fortalecer sus lazos con el país y con sus comunidades de origen. CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores actúa apegado a los lineamientos de la política exterior nacional y el fortalecimiento de nuestra cultura en los nacionales que viven y se desarrollan en el exterior. VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: Ley núm. 630-16. Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016. VISTO: El Decreto núm. 142-17, del 21 de abril de 2017, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se instituye el Premio Internacional al Emigrante Dominicano “Sr. Oscar de la Renta”, que otorga el Estado dominicano a través del Ministerio de Relaciones Exteriores. ARTÍCULO 2. El Premio al Emigrante Dominicano “Sr. Oscar de la Renta”, tendrá los siguientes objetivos: a) Fortalecer la imagen de nuestros nacionales que viven y se desarrollan en otros países. b) Fortalecer y afianzar la identidad y sentido de pertenencia de los dominicanos residentes en [domicilio omitido]. c) Fomentar los valores de la dominicanidad. d) Reconocer los méritos de hombres y mujeres que, con su accionar, elevan el nombre de la República Dominicana. ARTÍCULO 3. El Premio Internacional al Emigrante Dominicano “Sr. Oscar de la Renta”, será otorgado anualmente y estará dirigido a los emigrantes dominicanos y sus descendientes, radicados en las diferentes naciones del mundo, que hayan realizado aportes significativos al país donde residen, contribuyendo con esto a elevar la imagen de la República Dominicana. ARTÍCULO 4. El Ministerio de Relaciones Exteriores conformará una comisión permanente para elaborar las normas y bases del concurso, así como procurar su difusión. Dicha comisión estará integrada de la siguiente manera: a) Dos (2) funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores: i. El Viceministro para las Comunidades del Dominicano en el Exterior. ii. Un funcionario asignado por el Ministro de Relaciones Exteriores. b) Un (1) miembro o representante de la familia del señor Oscar de la Renta. c) Dos (2) representantes de la sociedad civil dominicana reconocidos por sus logros profesionales y personales, que estén ligados a la trayectoria de vida del señor Oscar de la Renta, elegidos por el Ministro de Relaciones Exteriores. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona