Texto de la norma
Dec. No. 226-17 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
G. O. No. 10888 del 30 de junio de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 226-17
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal
sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. La Sra. Maribel Martínez Montaño, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de MARÍA ISABEL MARTÍNEZ MONTAÑO.
Artículo 2. La Sra. Francisca Altagracia Báez, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de FRANCISCA ANTONIA BÁEZ.
Artículo 3. El Sr. Susano del Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
SUSANO ANTONIO DEL ROSARIO.
Artículo 4. La Sra. Juana Rodríguez González, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de ANTONIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
Artículo 5. La Sra. Marcia Santana Astacio, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de MARÍA SANTANA ASTACIO.
Artículo 6. El Sr. Aracéliz Cesal Emilio Florián Encarnación, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de CESAL EMILIO FLORIÁN ENCARNACIÓN.
Artículo 7. La menor de edad Yeranny Pineda Santomas, debidamente representada por sus
padres, los Sres. Jerax Gregorio Pineda Brea y Yisette Mariela Santomás Castillo, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de YERANNY CAMILA PINEDA SANTOMAS.
Artículo 8. El menor de edad Jean Luis Soto Jiménez, debidamente representado por sus
padres, los Sres. Junior Bienvenido Soto Ruiz y Dolore Adaljisa Jiménez Beltré, queda
autorizado a cambiar su nombre por el de ADAN JUNIOR SOTO JIMÉNEZ.
Artículo 9. La Sra. Nereida Mercedes Grullón Guzmán, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de MÉRIDA MERCEDES GRULLÓN GUZMÁN.
Artículo 10. La Sra. Cristiana Díaz Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de CRISTINA DÍAZ SÁNCHEZ.
Artículo 11. La Sra. Narcisa Tomasa Medina Herasme, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de NOELIA MEDINA HERASME.
Artículo 12. El Sr. Gertrudis de los Santos, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de LUIS DE LOS SANTOS.
Artículo 13. El Sr. Maximino Antonio Durán Rodríguez, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de MÁXIMO DURÁN RODRÍGUEZ.
Artículo 14. La Sra. Gabriela Minaya Marte, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de JAVIELA MINAYA MARTE.
Artículo 15. La Sra. Eurania Élida Lapaz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
ÉLIDA LAPAZ.
Artículo 16. El Sr. Octacilio de Jesús Blanco Tejada, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de OSVALDO BLANCO TEJADA
Artículo 17. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017);
años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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