Texto de la norma
Dec. No. 219-17 que modifica los literales b y c del Art. 1 del Dec. No. 284-16, que
declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la
construcción del Mercado Municipal de La Vega. G. O. No. 10888 del 30 de junio de
2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 219-17
VISTA: La Ley núm. 344, que establece un procedimiento especial para las expropiaciones
intentadas por el Estado, del 29 de julio de 1944, y sus modificaciones.
VISTA: La solicitud de modificación del Decreto núm. 284-16, del 17 de octubre de 2016,
realizada por el Ministerio Administrativo de la Presidencia mediante el oficio núm. PR-I-
2017-11926, del 12 de mayo de 2017.
VISTO: El Decreto núm. 284-16, del 17 de octubre de 2016, que declara de utilidad
pública varias porciones de terrenos para la construcción del Mercado Municipal de La
Vega.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. Se modifican los literales b y c del Artículo 1 del Decreto núm. 284-16, del 17
de octubre de 2016, que declara de utilidad pública varias porciones de terrenos para la
construcción del Mercado Municipal de La Vega, para que en lo adelante se lean de la
manera siguiente:
b) Un inmueble con una superficie de cuatrocientos cincuenta y cinco punto noventa
y cinco metros cuadrados (455.95 m2) y sus mejoras, ubicado en el municipio La
Vega, provincia La Vega, con la designación catastral núm. [cédula],
amparado en el Certificado de Título identificado con la Matrícula núm.
3000225134, emitido a favor de la Sra. MARGARITA ALTAGRACIA CRUZ
VÁSQUEZ por el Registrador de Títulos de la provincia La Vega.
c) Un inmueble con una superficie de doscientos cuarenta y seis punto setenta y
cinco metros cuadrados (246.75 m2) y sus mejoras, ubicado en el municipio La
Vega, provincia La Vega, con la designación catastral núm. [cédula],
amparado en el Certificado de Título identificado con la Matrícula núm.
0300027659, emitido a favor del Sr. FABIO HÉCTOR GÓMEZ CRUZ por el
Registrador de Títulos de la provincia La Vega.
Artículo 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado y al
Registrador de Títulos de La Vega, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017);
años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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