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Decreto

Decreto 201-17

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 may de 2017fecha
Otrostipo
G. O. 10885Gaceta Oficial del 3 jun de 2017
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 201-17 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10885 del 3 de junio de 2017. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 201-17 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones. CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1. La Sra. Eduvigis Mamerta Minyety, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ALTAGRACIA MINYETY. Artículo 2. La Sra. Holanda Sená, queda autorizada a cambiar su nombre por el de YOLANDA SENÁ. Artículo 3. La Sra. Avelina Polanco Evangelista, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ADELINA POLANCO EVANGELISTA. Artículo 4. La Sra. Cristina Cornieles Adames, queda autorizada a cambiar su nombre por el de MARÍA CRISTINA CORNIELES ADAMES. Artículo 5. La Sra. Saturnina Pérez Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de FLOR ALBA PÉREZ MATOS. Artículo 6. El Sr. César Féliz Medina, queda autorizado a cambiar su nombre por el de JULIO CÉSAR FÉLIZ MEDINA. Artículo 7. La Sra. Cándita Jiménez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de CARMEN JIMÉNEZ. Artículo 8. La Sra. Galina Ludvikovna Romanenko de Tactuk, queda autorizada a cambiar su nombre por el de GALINA ROMANENKO DE TACTUK. Artículo 9. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017); años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona