Texto de la norma
Dec. No. 156-17 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10884 del 17 de mayo de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 156-17
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para
cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal
sentido por los interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. La Sra. Santa Emilina Pérez Carrasco, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de SANTA MELANIA PÉREZ CARRASCO.
Artículo 2. La menor de edad Felipa Kamila Carreras Moreno, debidamente representada
por sus padres, los Sres. Adalberto Carreras Calzado y Elsa Moreno Moreno, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de KAMILA CARRERAS MORENO.
Artículo 3. La Sra. Sedelina Castro Lantigua, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de CELIA CASTRO LANTIGUA.
Artículo 4. La Sra. Santa Renata Amador Féliz, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de MILDRED RENATA AMADOR FÉLIZ.
Artículo 5. La menor de edad Ananía Estévez García, debidamente representada por sus
padres, los Sres. Gabriel Estévez y Yuri García de Estévez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de YABRIELA ESTÉVEZ GARCÍA.
Artículo 6. La Sra. Janett Evangelista García Martínez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de EVANGELISTA GARCÍA MARTÍNEZ.
Artículo 7. El Sr. Luis Carlos Cirilo Marte Hernández, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de LUIS CARLOS MARTE HERNÁNDEZ.
Artículo 8. El Sr. Dante Danubio Díaz Calderón, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de ANDERSON DÍAZ CALDERÓN.
Artículo 9. La Sra. Ana Felipa Martínez Núñez, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de MIGUELINA MARTÍNEZ NÚÑEZ.
Artículo 10. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017); años
174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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