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DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 142-17
CONSIDERANDO: Que el 28 de julio de 2016 se promulgó la Ley núm. 630-16,
Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior.
CONSIDERANDO: Que el artículo 94 de la Ley núm. 630-16 dispuso la elaboración y
puesta en vigencia del Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior.
CONSIDERANDO: Que es necesario establecer, con base a los principios fundamentales
de la organización y funcionamiento de la Administración Pública, el nivel organizativo de
las unidades que conforman el Ministerio de Relaciones Exteriores, sus propósitos y
funciones.
VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del
Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016.
VISTA: La Ley núm. 41-08, sobre Función Pública, del 16 de enero de 2008.
VISTA: La Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 20-30, del
25 de enero de 2012.
VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto de
2012.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y DEL SERVICIO EXTERIOR
TÍTULO I
DE LA FINALIDAD Y PRINCIPIOS DEL REGLAMENTO
Artículo 1. Finalidad. El presente reglamento define las competencias, funciones,
estructura interna y organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX) y sus
dependencias, así como el nivel de autoridad e interrelación de sus funcionarios.
Artículo 2. Principios. En virtud de la aplicación de los principios fundamentales de la
organización y funcionamiento de la Administración Pública, las disposiciones del presente
reglamento se sustentan en:
a) Estructuración Técnica: La estructura organizacional puede ser ajustada en
función de su plan estratégico y programa de operaciones anual, aplicando criterios
y metodologías técnicas de organización administrativa con la aprobación del
Ministerio de Administración Pública (MAP).
b) Flexibilidad: La estructura organizacional de la institución se adecuará a los
cambios internos y del entorno.
c) Formalización: Todas las regulaciones referentes a la organización administrativa
del Ministerio deberán ser establecidas por escrito.
d) Servicios a los usuarios: La estructura organizacional del Ministerio estará
orientada a facilitar la satisfacción de las necesidades de servicios públicos de los
usuarios a través de una respuesta en forma ágil, eficiente, oportuna y equitativa.
e) Perfectibilidad: La estructura orgánica-funcional de la institución ha de estar
comprometida con una gestión pública de calidad, cuyo objetivo es la continua
mejora de sus procedimientos, servicios y prestaciones públicas.
f) Lealtad institucional: Las unidades que conforman la institución a lo interno y la
institución misma en su conjunto, a lo externo, actuarán y se relacionarán:
i.
Respetando el ejercicio legítimo de sus competencias por parte de otros entes
y órganos de la Administración Pública.
ii.
Ejerciendo las competencias propias que le estén encomendadas.
iii.
Facilitando las informaciones que precisen otras unidades para el ejercicio de
sus propias competencias.
iv.
Prestando cooperación en el ámbito de las propias unidades o el de otras que
pudieran requerir para el ejercicio de sus competencias.
TÍTULO II
COMPOSICIÓN Y NIVELES JERÁRQUICOS DEL MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 3.Composición. El Ministerio de Relaciones Exteriores comprende:
a) La Cancillería, sede del Ministerio.
b) Misiones diplomáticas, misiones consulares y oficinas comerciales.
c) El Instituto de Educación Superior en Formación Diplomática y Consular
(INESDYC).
d) El Instituto de Dominicanos y Dominicanas en el Exterior (INDEX).
e) La Dirección General de Pasaportes (DGP).
f) El Consejo Nacional de Fronteras (CNF).
Artículo 4. Niveles jerárquicos. A los fines de lograr coherencia, uniformidad y claridad
en la estructura organizativa de la institución, los niveles jerárquicos del Ministerio serán de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley núm. 247-12, Orgánica de la
Administración Pública.
TÍTULO III
DE LA ATRIBUCIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES
Artículo 5. Atribución fundamental: El Ministerio de Relaciones Exteriores es el
organismo encargado de la aplicación y coordinación de la política exterior trazada por la
Presidenta o el Presidente de la República, conforme a la Constitución de la República, la
Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, y el presente
reglamento.
Artículo 6. Funciones básicas: Las funciones básicas del Ministerio de Relaciones
Exteriores son las descritas en el artículo 9 de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones
Exteriores y del Servicio Exterior, en el presente reglamento y demás reglamentos
especiales, así como cualquiera otra establecida en virtud de la Constitución de la
República, las leyes y los acuerdos internacionales ratificados por la República
Dominicana.
TÍTULO IV
DE LA MINISTRA O MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 7. De la Ministra o Ministro. Es la autoridad superior del Ministerio de
Relaciones Exteriores y en esta calidad dispone de prerrogativas jerárquicas de tutela
administrativa y de supervisión necesarias para garantizar la adecuada organización y
funcionamiento del Ministerio. Es la o el garante de la tradición diplomática dominicana y
auxiliar inmediato de la Presidenta o el Presidente de la República, en la orientación y
ejecución de la política exterior.
Artículo 8. Funciones de la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores. Además de
las funciones básicas establecidas en el artículo 15 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, son funciones de la Ministra o Ministro las
siguientes:
a) Coordinar, orientar y supervisar las misiones diplomáticas, consulares y las oficinas
comerciales en cumplimiento de los lineamientos de la política exterior fijados por
la Presidenta o Presidente de la República.
b) Recibir el juramento de los funcionarios designados en el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
c) Proponer la estructura de cargos y remover a las funcionarias y funcionarios del
Ministerio bajo su dependencia administrativa, de conformidad con los requisitos y
procedimientos establecidos en la Ley núm. 41-08, de Función Pública.
d) Actuar en su condición de Presidente ex officio de los Consejos de las órdenes
heráldicas nacionales; de Duarte, Sánchez y Mella; y la de Cristóbal Colón, de
conformidad con las disposiciones de las leyes que las crean.
e) Refrendar los asuntos que decida el Consejo de Carrera Diplomática.
f) Someter al Ministerio de Administración Pública (MAP) la incorporación de
candidatos escogidos para el ingreso a la Carrera Diplomática, previa designación
del Poder Ejecutivo.
g) Representar legalmente al Ministerio en todas las actuaciones que correspondan al
cumplimiento de sus funciones.
h) Designar comisiones especializadas de consultas para los asuntos que se consideren
de trascendencia en las relaciones exteriores del país e invitar a las reuniones de las
comisiones a funcionarias y funcionarios gubernamentales, así como a
personalidades representativas de otros órganos e instituciones del Estado, cuando
el caso lo amerite.
i) Disponer, mediante resolución motivada, en coordinación con el Ministerio de
Administración Pública, los viáticos, emolumentos, remuneración adicional y
demás gastos relacionados con la institución, así como los de traslado o rotación de
los funcionarios y las funcionarias del Servicio Interno y del Servicio Exterior, así
como de los que integren misiones especiales o participen en actos en
representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, teniendo en cuenta su
categoría y el índice del costo de vida en el país de destino correspondiente.
j) Conforme a lo dispuesto en la Ley núm. 247-12, Orgánica de Administración
Pública y en la Ley núm. 41- 08, de Función Pública, nombrar y desvincular al
personal de la Cancillería y de los órganos desconcentrados del Ministerio de
Relaciones Exteriores cuya designación no esté contemplada en el ordinal 2, literal
a) y en el ordinal 3, literal a) del artículo 128 de la Constitución ni en el artículo 67
del presente reglamento, ni tampoco en otras disposiciones legales vigentes.
k) Designar como funcionaria o funcionario de Carrera Diplomática o Administrativa
General a los servidores públicos que, cumplidos los requisitos y procesos
correspondientes, hayan sido incorporados por el Ministerio de Administración
Pública (MAP) a alguno de los regímenes mencionados.
l) Movilizar y trasladar, excepcionalmente y por conveniencia institucional justificada,
al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, sin perjuicio de las excepciones
establecidas en el párrafo II del artículo 70 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
m) Suspender al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores por las causas
previstas en las normativas vigentes sobre la materia.
n) Contratar, para el Ministerio de Relaciones Exteriores, los servicios de profesionales
y técnicos por un tiempo determinado para obras y servicios específicos,
cumpliendo con los procedimientos de contratación establecidos en las leyes que
rigen la materia.
o) Comprar y contratar, para el Ministerio de Relaciones Exteriores, los bienes, obras y
servicios necesarios para su buen funcionamiento, de conformidad con las
normativas vigentes sobre la materia.
p) Las demás funciones que le señalan las leyes y los reglamentos.
TÍTULO V
DE LA CANCILLERÍA
CAPÍTULO I
DE LA ESTRUCTURA DE LA CANCILLERÍA
Artículo 9. De la Cancillería. La Cancillería es el órgano central y la sede oficial del
Ministerio de Relaciones Exteriores. Estará conformada de acuerdo con la siguiente
estructura:
1) Despacho de la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores, con las
dependencias siguientes:
a) Dirección de Gabinete.
b) Dirección Jurídica.
c) Dirección de Ceremonial de Estado y Protocolo.
d) Dirección de Fronteras y Límites.
e) Dirección de Planificación y Desarrollo.
f) Dirección de Recursos Humanos.
g) Dirección de Carrera Diplomática.
h) Dirección de Comunicación.
i) Dirección de Participación Ética y Transparencia.
j) Dirección de Estudios y Análisis Estratégicos.
k) Dirección de Tecnologías de la Información y la Comunicación.
l) Dirección Administrativa.
m) Dirección Financiera.
n) Dirección de Diplomacia Especializada.
2) Viceministerio de Política Exterior Bilateral, con las siguientes dependencias:
a) Dirección de Relaciones con Haití.
b) Dirección de Relaciones con Estados Unidos de América y Canadá.
c) Dirección de Relaciones con América Latina.
d) Dirección de Relaciones con el Caribe.
e) Dirección de Relaciones con Europa.
f) Dirección de Relaciones con Asia y Oceanía.
g) Dirección de Relaciones con África y Medio Oriente.
3) Viceministerio
de
Política
Exterior
Multilateral,
con
las
siguientes
dependencias:
a) Dirección de Organismos Internacionales.
b) Dirección de Integración Regional.
c) Dirección de Cumbres y Foros Políticos.
d) Dirección de Derechos Humanos.
e) Dirección de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
f) Dirección de Seguridad y Defensa.
4) Viceministerio para Asuntos Económicos y Cooperación Internacional, con las
siguientes dependencias:
a) Dirección de Asuntos Económicos.
b) Dirección de Negociaciones Comerciales.
c) Dirección de Cooperación Internacional.
5) Viceministerio para Asuntos Consulares y Migratorios, con las siguientes
dependencias:
a) Dirección de Servicios Consulares.
b) Dirección de Protección a Nacionales.
c) Dirección de Asuntos Migratorios.
d) Dirección de Legalización de Documentos.
6) Viceministerio para las Comunidades Dominicanas en el Exterior, con las
siguientes dependencias:
a) Dirección de Investigación y Estudio.
b) Dirección de Vinculación y Codesarrollo.
c) Dirección de Fomento de la Identidad Nacional.
Párrafo I: Las enumeraciones de las dependencias anteriormente indicadas no son
limitativas sino enunciativas, pudiendo ser modificadas por necesidades del servicio,
conforme las disposiciones legales vigentes en la materia.
Párrafo II: En atención a los párrafos I y III del artículo 14 de la Ley Orgánica de
Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, se establece lo siguiente:
a) Se crea como dependencia del Despacho de la Ministra o Ministro de Relaciones
Exteriores, con sede en la Cancillería, la Inspectoría General del Servicio Exterior,
la cual será dirigida por un funcionario con categoría de Embajadora o Embajador.
b) Se crea como dependencia del Viceministerio de Asuntos Económicos y
Cooperación Internacional, la Dirección de Integración Comercial.
c) El propósito y funciones de estas direcciones estarán previstas en el presente
reglamento.
CAPÍTULO II
DE LAS FUNCIONES COMUNES DE LOS VICEMINISTERIOS
Y DIRECCIONES DE ÁREA
Artículo 10. Atribuciones y deberes comunes de los Viceministerios. Tendrán a su cargo
la conducción de las funciones determinadas por la Ministra o Ministro de acuerdo a las
pautas establecidas en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Además de éstas deberán:
a) Orientar, coordinar y supervisar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las
misiones diplomáticas, consulares y las oficinas comerciales, en cumplimiento de la
ejecución de los lineamientos de la política exterior fijados por el plan estratégico
del Ministerio de Relaciones Exteriores.
b) Formular y proponer políticas, normativas, reglamentos, manuales e instructivos,
según corresponda a su área de competencia, y darle seguimiento a su puesta en
ejecución.
c) Conducir, coordinar y evaluar el cumplimiento de objetivos y metas de desempeño
de las diferentes unidades organizativas bajo su dependencia y recomendar los
ajustes necesarios a fin de ejercer el control de gestión.
d) Colaborar con la Ministra o Ministro en el desarrollo de sus atribuciones, en la
determinación de las políticas generales y el control en el ámbito de su competencia
para el mejor funcionamiento de la institución e informar oportunamente sobre el
desarrollo de las mismas.
e) Promover e impulsar actividades de coordinación y comunicación en el área de su
competencia entre las dependencias que conforman su Viceministerio, así como la
interacción con otras unidades administrativas e instituciones con las cuales está
vinculada, para el cumplimiento de los objetivos generales del Ministerio.
f) Proporcionar la información, datos o colaboración que le sean requeridos por otras
dependencias del sector público, previa autorización de la Ministra o Ministro,
cuando la naturaleza del asunto así lo requiera.
g) Supervisar el proceso de evaluación del desempeño laboral de los servidores de las
dependencias bajo su responsabilidad y realizar las evaluaciones de desempeño de
aquellos servidores que dependan directamente de su despacho.
h) Desempeñar las funciones que la Ministra o Ministro les delegue e informarle del
desarrollo y resultado correspondiente.
i) Realizar las gestiones para cubrir las necesidades que sus áreas requieran para el
cumplimiento de las funciones a su cargo y administrar de manera eficiente los
recursos humanos, financieros y materiales bajo su responsabilidad.
j) Representar a la Ministra o Ministro y/o al Ministerio de Relaciones Exteriores ante
organismos nacionales e internacionales a los que se le haya designado por
delegación expresa.
k) Despachar todos los asuntos del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando le
hayan sido asignados interinamente las funciones correspondientes de la Ministra o
Ministro.
Artículo 11. Atribuciones y deberes comunes de las Direcciones de Área. Son
atribuciones y deberes comunes de las Direcciones de Área, las siguientes:
a) Administrar de la manera más eficiente los recursos humanos, financieros y
materiales que hayan sido puestos a su disposición.
b) Conducir, coordinar, dar seguimiento y evaluar la gestión de sus dependencias en
los casos que corresponda.
c) Coordinar con las demás direcciones el cumplimiento de los objetivos del
Viceministerio al que pertenecen y los del Ministerio.
d) Supervisar el proceso de evaluación del desempeño laboral de los servidores de las
dependencias bajo su responsabilidad y realizar las evaluaciones de desempeño de
aquellos servidores que dependan directamente de su despacho.
e) Cumplir las metas individuales que les sean asignadas y los compromisos que ellas
conlleven conforme a la naturaleza del cargo.
f) Elaborar los planes de trabajo correspondientes a su área de competencia en
coordinación con las demás áreas que integran el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
g) Ejecutar las actividades que les sean asignadas o delegadas por las autoridades
superiores y cada una de las acciones a las que éstas conlleven, conforme a la
naturaleza de su cargo.
h) Participar en la elaboración de las normativas, instructivos técnicos, procedimientos
y metodologías de trabajo para el desarrollo de las actividades de sus respectivas
áreas y divulgarlos internamente.
i) Participar en la formulación del presupuesto y del plan anual de su área de
competencia, así como en la ejecución y supervisión de los mismos.
j) Planificar y programar las actividades técnicas y administrativas de su ámbito de
competencia, así como supervisar su ejecución.
k) Hacer cumplir las normas y controles administrativos por parte de los funcionarios y
empleados de las áreas bajo su dependencia.
l) Representar la institución ante organismos nacionales e internacionales cuando así
los designe la Ministra o Ministro, Viceministra o Viceministro del cual dependan.
m) Someter a la consideración de su superior inmediato iniciativas y proyectos
relacionados con el desarrollo de su área de competencia.
CAPÍTULO III
DEL PROPÓSITO Y FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL DESPACHO
DE LA MINISTRA O MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 12. De las dependencias del Despacho de la Ministra o Ministro de Relaciones
Exteriores. Las dependencias del Despacho de la Ministra o Ministro de Relaciones
Exteriores tendrán el propósito y las funciones siguientes:
12.1. Dirección de Gabinete.
Propósito: Apoyar y asesorar a la Ministra o Ministro en la misión de coordinar las
diversas instancias internas del Ministerio de Relaciones Exteriores en el fortalecimiento
de la vinculación interinstitucional, así como en la ejecución de las políticas públicas en el
sector y dar continuidad a la agenda ministerial.
Funciones:
a) Planificar, elaborar la agenda y preparar las reuniones del Gabinete Ministerial en
coordinación con los viceministros y directores responsables de los asuntos que
correspondan.
b) Asegurar la fiel relatoría de las conclusiones de las reuniones del Gabinete
Ministerial y dar seguimiento a su ejecución.
c) Facilitar y velar por la implementación de las políticas institucionales transversales
del Ministerio de Relaciones Exteriores.
d) Velar por la efectividad de la vinculación y relación de supervisión o tutela de los
órganos dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores.
e) Informarse y dar seguimiento a la evaluación de desempeño institucional en el
sector con las unidades competentes.
f) Preparar y asistir a las reuniones técnicas en las cuales se prepara la agenda del
Consejo de Ministros.
g) Difundir la información necesaria para asegurar la eficacia de las instancias de
coordinación y cooperación interministeriales.
h) Participar en la elaboración y seguimiento de los lineamientos estratégicos del
Ministerio de Relaciones Exteriores y de sus respectivos planes operativos, con
miras a la obtención de resultados y metas.
i) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.2. Dirección Jurídica.
Propósito: Asesorar sobre las leyes y disposiciones jurídicas, estudios y consultas
vinculadas a las actividades del Ministerio de Relaciones Exteriores, especialmente en
materia diplomática y consular, tanto en el servicio interno como en el servicio exterior.
Elaborar y/o revisar los contratos, acuerdos, convenios internacionales, tratados y
documentos concernientes a los asuntos internacionales y ofrecer asistencia jurídica en
casos de reclamaciones, litigios o arbitraje.
Funciones:
a) Participar en la negociación de acuerdos y tratados y dar seguimiento a su firma y
ratificación, aplicando las normas del Derecho Internacional.
b) Asesorar a la Ministra o Ministro y demás funcionarios y órganos del Ministerio de
Relaciones Exteriores, en la aplicación de la legislación relativa a las actividades
que competen a la institución.
c) Dirigir, coordinar y supervisar la elaboración, estudio e interpretación de acuerdos,
tratados y convenciones internacionales, leyes, decretos, reglamentos, resoluciones
y otras normas.
d) Examinar y recomendar sobre las reclamaciones presentadas al Ministerio de
Relaciones Exteriores por la vía diplomática.
e) Tramitar los exhortos o cartas rogatorias y las solicitudes de extradición recibidas
por vía diplomática.
f) Intervenir en las reclamaciones y litigios que puedan afectar los intereses de la
institución.
g) Elaborar los contratos suscritos por la institución con personas físicas o morales,
nacionales o extranjeras; mantener su registro y control; y proceder a su cancelación
cuando se requiera.
h) Representar a la institución en asuntos legales ante los tribunales, procesos de
arbitraje y conciliación.
i) Estudiar casos de orden legal y emitir su opinión al respecto.
j) Registrar, recibir, depositar y custodiar los instrumentos internacionales de la
República Dominicana.
k) Emitir certificaciones de los instrumentos internacionales suscritos o no por la
República Dominicana.
l) Dar seguimiento a los instrumentos internacionales firmados por la República
Dominicana, así como cualquier otra convención, acuerdo, protocolo, declaración,
recomendación, reserva u otra obligación internacional, así como emitir opiniones o
brindar recomendaciones sobre su aplicación y la evolución de los mismos.
m) Emitir consultas, cuando se le requiera, sobre los privilegios que le corresponden a
las misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales acreditados ante
el Estado dominicano y su reciprocidad con nuestras misiones, así como emitir
opiniones motivadas sobre las solicitudes de exenciones presentadas por los
funcionarios dominicanos que retornan al país, al término de su misión en el
exterior.
n) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.3. Dirección de Ceremonial de Estado y Protocolo.
Propósito: Dirigir, coordinar, vigilar y planificar la organización y aplicación de las
normas de Ceremonial del Estado y Protocolo, así como su fiel cumplimiento en los
eventos que correspondan, siendo de igual forma un ente vinculante entre el Cuerpo
Diplomático, el Cuerpo Consular y los organismos internacionales acreditados en la
República Dominicana, el Ministerio de Relaciones Exteriores y los demás estamentos del
Gobierno nacional.
Funciones:
a) Coordinar y velar para que se cumpla el principio de reciprocidad que establece la
Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, Privilegios e Inmunidades, de
1961.
b) Tramitar ante el Poder Ejecutivo las solicitudes de beneplácito de los jefes de
misiones diplomáticas extranjeras presentadas ante el Gobierno dominicano, para
fines de ponderación y decisión.
c) Recibir y despedir en el aeropuerto a los jefes de misiones diplomáticas extranjeras
acreditados ante el Gobierno dominicano, al inicio y término de su misión.
d) Elaborar y actualizar las listas diplomáticas de embajadas acreditadas ante el
Gobierno dominicano, tanto locales como concurrentes, así como las de organismos
internacionales.
e) Elaborar y actualizar la precedencia del Cuerpo Diplomático acreditado en el país,
conforme al Ceremonial Diplomático de la República Dominicana.
f) Coordinar las ceremonias de presentación de Cartas Credenciales y de Retiro ante
el Presidente de la República, así como las Copias de Estilo ante el Ministro de
Relaciones Exteriores que acreditan a los jefes de misiones extranjeros ante el
Gobierno dominicano.
g) Asistir al Ministro de Relaciones Exteriores en todas las actividades en las que
participe y en los viajes que realice.
h) Asistir al Presidente de la República en las Visitas de Estado y Viajes Oficiales que
realice.
i) Asistir a los agentes diplomáticos, consulares y representantes de organismos
internacionales acreditados ante el Gobierno dominicano, así como a los
funcionarios de Estado que visiten el Ministerio de Relaciones Exteriores.
j) Elaborar y tramitar ante los Estados receptores las solicitudes de Beneplácito
presentadas por el Gobierno dominicano para la aceptación de un jefe de misión
diplomática.
k) Elaborar las Cartas Credenciales que acreditan como tal a los jefes de misiones
diplomáticas dominicanos que hayan sido designados en el exterior.
l) Recibir las solicitudes y expedir los carnets diplomáticos y de organismos
internaciones de todo el personal diplomático y administrativo designado en el país,
incluyendo a sus dependientes, así como emitir cualquier documento que certifique
la acreditación del personal de cada misión u organismo.
m) Coordinar y organizar las ceremonias de actos de imposición de las condecoraciones
que otorga el Gobierno dominicano a los funcionarios diplomáticos, consulares y de
organismos internacionales acreditados en el país, así como a personalidades
prominentes.
n) Tramitar ante el Poder Ejecutivo el permiso para el uso de las condecoraciones que
son otorgadas a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.
o) Velar que se cumplan los ceremoniales de recibimiento y despedida de Jefes de
Estado y/o de Gobierno, Te Deum u otros actos religiosos, ofrendas florales,
transmisiones de mando y/o juramentación presidencial.
p) Supervisar la elaboración y coordinación de las ceremonias de las honras fúnebres,
guardia de honor y honores militares, en los casos de fallecimiento del Presidente de
la República, expresidentes, Vicepresidente y exvicepresidentes, así como de los
héroes nacionales.
q) Supervisar la elaboración y coordinación de las ceremonias de las honras fúnebres,
guardia de honor y honores militares, en los casos de fallecimiento de ministros,
embajadores y cónsules dominicanos en servicio activo; y demás altas
personalidades fallecidas merecedoras de esta distinción.
r) Coordinar lo relacionado con la logística protocolar en las avanzadas que se
realizan en los diferentes países donde se desarrollan actividades, tales como
cumbres, foros, trasmisiones de mando y/o juramentación presidencial y viajes
oficiales a los que asistirá la Presidenta o Presidente de la República y la Ministra o
el Ministro de Relaciones Exteriores.
s) Coordinar y organizar las visitas oficiales y de Estado que se realicen en la
República Dominicana.
t) Coordinar y solicitar los permisos correspondientes del transporte aéreo y/o terrestre
de la Presidenta o Presidente de la República, así como de la Ministra o Ministro de
Relaciones Exteriores, cuando asistan a actividades fuera del país.
u) Gestionar y canalizar las solicitudes de los permisos correspondientes y las
notificaciones que sean dirigidos a los diferentes ministerios, por el Cuerpo
Diplomático y el Cuerpo Consular, así como también los organismos
internacionales acreditados ante el país, de acuerdo a las normas establecidas en el
Ceremonial de Protocolo.
v) Coordinar y supervisar las ceremonias de ofrendas florales con motivo de
aniversarios y fiestas patrias celebradas por las misiones diplomáticas y consulares
de los países acreditados ante el Gobierno dominicano, así como también las que se
realizan por motivo a visitas presidenciales y viajes oficiales.
w) Elaborar las notas de felicitaciones y condolencias dirigidas a Gobiernos
extranjeros.
x) Canalizar las solicitudes de audiencia con las funcionarias y funcionarios del
Gobierno y del Estado dominicano, presentadas por las misiones diplomáticas,
consulares y de organismos internacionales acreditados en la República
Dominicana.
y) Canalizar las solicitudes de porte y tenencia de armas de fuego ante las autoridades
correspondientes realizadas por el personal diplomático acreditado en el país, así
como de las personalidades que visitan el país acompañados de seguridad.
z) Tramitar los permisos de sobrevuelos, aterrizaje y/o atraques de buques realizados
por las misiones diplomáticas, consulares y de los organismos internacionales
acreditados ante el Gobierno dominicano.
aa) Tramitar los permisos de frecuencias de radios realizados por las misiones
diplomáticas y consulares, así como también de los organismos internacionales
acreditados ante el Gobierno dominicano.
bb) Tramitar los permisos para el uso del Salón de Embajadores a los diplomáticos y
funcionarios de las diferentes misiones y organismos internacionales acreditados en
el país.
cc) Supervisar la coordinación logística de las cumbres, foros, seminarios y
conferencias celebradas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y de la
Presidencia de la República, y definir el Protocolo que regirá en estas actividades,
así como en cualquier otra que se realice en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
dd) Organizar las reuniones de avanzadas de protocolo, seguridad y prensa que se
realicen en el país con motivo de trasmisiones de mando y/o juramentación
presidencial, visitas de Estado y/o visitas oficiales, de cumbres y foros.
ee) Coordinar la elaboración de plenos poderes y Carta de Gabinete y de Cancillería.
ff) Tramitar las exenciones correspondientes a las misiones diplomáticas, consulares y
de organismos internacionales, así como de sus funcionarios acreditados ante el
Gobierno dominicano.
gg) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.4. Dirección de Fronteras y Límites.
Propósito: Preservar y fortalecer la integridad territorial del país, asesorando profesional y
técnicamente al Ministro de Relaciones Exteriores en aspectos de gestión de fronteras y en
la negociación y ejecución de instrumentos internacionales en materia de límites, así como
en la implementación de la política nacional fronteriza, contribuyendo a la salvaguarda de
la soberanía y la seguridad nacional.
Funciones:
a) Dirigir las oficinas fronterizas del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargadas
de materializar la presencia activa y eficaz del Ministerio de Relaciones Exteriores
en la gestión de frontera terrestre.
b) Ofrecer apoyo logístico y misional a las acciones de la Cancillería en la frontera
terrestre y a los consulados dominicanos en Haití.
c) Interpretar y ejecutar los tratados internacionales y cualesquiera otras obligaciones
internacionales contraídas por la República Dominicana en materia limítrofe, en
coordinación con las instancias pertinentes.
d) Contribuir a la resolución de conflictos diplomáticos transfronterizos.
e) Mantener relaciones de diálogo y coordinación con organizaciones sociales y no
gubernamentales y la sociedad civil con incidencia en el ámbito fronterizo.
f) Contribuir al cuidado, protección y mantenimiento de los bornes que identifican el
trazado de la línea de demarcación fronteriza, de conformidad con lo dispuesto en el
Tratado Fronterizo y en las normas de Derecho Internacional.
g) Apoyar la coordinación interinstitucional entre los actores transfronterizos.
h) Velar por el cumplimiento de las normativas que establecen las fronteras terrestres,
marítimas y aéreas de la República Dominicana, procurando la articulación eficaz
del Ministerio de Relaciones Exteriores con las instituciones que regulan, preservan
y defienden tales espacios.
i) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro de Relaciones Exteriores.
12.5. Dirección de Planificación y Desarrollo.
Propósito: Asesorar a la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores en la formulación de
las políticas, planes, programas y proyectos internos del Ministerio de Relaciones
Exteriores, mediante consultas y diagnósticos de los procesos de desarrollo institucional
alineados al sistema nacional de planificación e inversión pública, así como elaborar
propuestas de desarrollo y aprendizaje organizacional, gestión de calidad y reingeniería de
procesos.
Funciones:
a) Formular las políticas, planes, programas y proyectos de las diferentes áreas del
Ministerio, mediante consultas y diagnósticos de los procesos de desarrollo
institucional, alineados al sistema nacional de planificación e inversión pública.
b) Coordinar la elaboración, revisión y socialización de los diferentes proyectos que se
requieren en la institución tales como: plan estratégico, plan operativo, planes de
compras y plan de inversión pública entre otros.
c) Asesorar a los responsables de las diferentes áreas en la elaboración de los planes
operativos anuales en cada una de las partes que lo conforman, asegurando su
correcta consolidación, aprobación, socialización y seguimiento a la ejecución.
d) Participar en la formulación y definición de la estructura programada del
presupuesto anual de la institución en coordinación con la Dirección Financiera de
la institución.
e) Preparar informes sobre el impacto logrado en el cumplimiento de las políticas y
planes institucionales a través de la ejecución de los programas y proyectos a nivel
institucional.
f) Diseñar y proponer sistemas, metodologías, normas y procedimientos para
planificar las operaciones y actividades, a fin de dar cumplimiento a las
disposiciones legales y lineamientos institucionales.
g) Monitorear, en coordinación con el área de proyectos, la formulación, ejecución y
estatus de los planes, programas, proyectos y actividades desarrollados por las áreas
y departamentos de la institución, de acuerdo con la planificación estratégica y
operativa.
h) Evaluar y establecer con el área de proyectos la necesidad de asistencia técnica,
cooperación internacional y asesorías especializadas que precise la institución, y
presentar a la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores las recomendaciones de
lugar.
i) Asegurar un adecuado establecimiento y desarrollo del Plan de Calidad en el
Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de lograr una adecuada implementación
de la gestión de calidad.
j) Evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos de desarrollo en función de los
planes y programas de mejoras.
k) Coordinar con el Departamento de Recursos Humanos la planificación de las
necesidades anuales de nuevo personal que requiera la institución, de acuerdo al
rediseño de los procesos y el desarrollo de nuevas atribuciones.
l) Velar por el cumplimiento de los procesos comunes (clima organizacional,
capacitación, indicadores de gestión, etc.) entre el Departamento de Desarrollo
Institucional y la Dirección de Recursos Humanos.
m) Gestionar la aplicación e implementación de modelos de gestión de calidad que
contribuyan a hacer eficientes los servicios que ofrece el Ministerio de Relaciones
Exteriores a la ciudadanía.
n) Supervisar la realización de estudios técnicos y/o administrativos a cargo de las
áreas de calidad y desarrollo institucional, dirigidos a detectar problemas
estructurales, operativos o funcionales y presentar propuestas de cambios
organizacionales y de reingeniería de procesos.
o) Garantizar una adecuada recolección y actualización de los datos estadísticos que
sirven de soporte para la formulación de planes y toma de decisiones en la
institución.
p) Monitorear y dar seguimiento al servicio de documentación estadística e
información en temas relacionados con los objetivos del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
q) Coordinar y planificar jornadas, talleres y otros eventos, a fin de propiciar y
promover los planes estratégicos y operativos institucionales.
r) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro de Relaciones Exteriores.
12.6. Dirección de Recursos Humanos.
Propósito: Planificar, organizar y desarrollar estrategias de gestión humana que
contribuyan a la eficiencia y eficacia, así como a alcanzar la productividad para impulsar el
desarrollo de la institución, y fomentar relaciones laborales participativas, dinámicas y
flexibles.
Funciones:
a) Elaborar el plan de recursos humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
b) Coordinar, bajo la supervisión y asesoría del Ministerio de Administración Pública,
todo lo relativo a la Carrera Administrativa General, especialmente lo establecido en
el Decreto núm. 251-15, que aprueba el Reglamento de Reclutamiento y Selección
de Personal para ocupar cargos de Carrera Administrativa en la Administración
Pública Dominicana, del 13 de agosto de 2015.
c) Fomentar una gerencia participativa, dinámica y flexible que permita adaptar la
institución a los cambios estructurales, académicos, de investigación y extensión.
d) Programar, coordinar y supervisar los subsistemas de clasificación y valoración de
puestos, reclutamiento, selección e inducción de personal, evaluación del
desempeño, adiestramiento y desarrollo, sueldos e incentivos y otros aspectos
referentes a la administración de recursos humanos.
e) Diseñar y ejecutar los programas de capacitación y fortalecimiento en las áreas de
desempeño del personal.
f) Generar programas de desarrollo humano para el personal a fin de lograr cambios
actitudinales que le permitan accionar de manera efectiva y comprometida con el
fortalecimiento de la institución.
g) Conocer las habilidades y fortalezas de los recursos humanos de la institución, así
como las oportunidades para incrementar su productividad, para la toma de
decisiones justas y adecuadas en materia de ascensos y promociones.
h) Contribuir con la Dirección de Planificación en los programas de entrenamiento al
personal para la ejecución efectiva del Plan Operativo Anual (POA), a fin de lograr
las metas establecidas en el plan estratégico de la institución.
i) Asesorar a los servidores públicos de la institución en sus derechos laborales
amparados en la Ley núm. 41-08, de Función Pública y su Reglamento.
j) Promover condiciones de seguridad, salud y ambiente de trabajo adecuados para
prevenir las enfermedades y accidentes laborales.
k) Proponer, gestionar y administrar los programas de beneficios para las servidoras y
servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, tales como seguro
médico complementario para sus titulares y sus dependientes, transporte, bonos de
desempeño, indemnizaciones, jubilaciones y pensiones, entre otros.
l) Mantener el registro del personal actualizado y control de la información del
personal, a fin de garantizar una data veraz para la toma de decisiones.
m) Llevar un registro y control del personal de Carrera Administrativa y Diplomática.
n) Velar por el cumplimiento de los horarios establecidos, llevando registro del
movimiento de los mismos.
o) Llevar registro y control de las acciones y novedades del personal en
disponibilidad, comisión de servicios, de los traslados administrativos, de los
cambios de designación, las licencias, permisos y vacaciones, entre otros.
p) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.7. Dirección de Carrera Diplomática.
Propósito: Garantizar el ingreso por concurso, la evaluación, capacitación, ascenso,
traslado, alternancia, estabilidad, disciplina, permanencia y retiro de los funcionarios y las
funcionarias diplomáticas de carrera, con la finalidad de lograr una labor de calidad que
promueva la eficiencia, eficacia y efectividad de la gestión pública en materia de Política
Exterior, Diplomacia y Relaciones Internacionales del Estado dominicano.
Funciones:
a) Elaborar los instructivos y manuales concernientes a la Carrera Diplomática que se
consideren necesarios para el desarrollo de la misma.
b) Conformar, revisar, actualizar y alimentar el escalafón diplomático.
c) Formular, conjuntamente con la Dirección de Recursos Humanos y el Instituto de
Educación en Formación Diplomática y Consular (INESDYC), con el
asesoramiento del Ministerio de Administración Pública, los siguientes documentos:
i. Las bases y el contenido de los concursos de libre competición para el
ingreso a la Carrera Diplomática.
ii. Los planes y programas de los cursos de formación, capacitación,
actualización y especialización, así como los entrenamientos especiales
dirigidos a los funcionarios y funcionarias de la Carrera Diplomática.
d) Incorporar al Registro de Elegibles para el ingreso a la Carrera Diplomática, a las
candidatas y candidatos que por sus méritos y calificaciones sean aprobados por el
Consejo de Carrera.
e) Actualizar el Registro de Elegibles de los candidatos y candidatas con posibilidad de
ingreso a la Carrera Diplomática, teniendo en cuenta sus méritos y calificaciones al
término del Programa de Formación en Diplomacia y Servicio Consular.
f) Elaborar, conjuntamente con la Dirección de Recursos Humanos, el cuadro anual de
alternancia y rotación del personal de la Carrera Diplomática, tanto en el Servicio
Exterior como en el Servicio Interno y, al efecto, recomendar los movimientos que
procedan, conforme a las disposiciones del Reglamento de Carrera Diplomática y de
la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Servicio
Exterior.
g) Realizar anualmente un estudio de la relación de cargos diplomáticos y consulares a
ser ocupados por funcionarios y funcionarias de Carrera Diplomática que serán
necesarios en el Ministerio de Relaciones Exteriores para el año siguiente, en
coordinación con la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Planificación
y Desarrollo, y las demás instancias pertinentes del Ministerio de Relaciones
Exteriores y del Ministerio de Administración Pública.
h) Elaborar los manuales e instructivos para los ascensos y la evaluación del
desempeño de los funcionarios y funcionarias de la Carrera Diplomática para ser
sometidos a la aprobación del Consejo de Carrera.
i) Ordenar y listar, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos, los
puestos de trabajo que deban ser desempeñados por los funcionarios y funcionarias
de la Carrera Diplomática, tanto del Servicio Interno como del Servicio Exterior,
para someterlos a la consideración de la Ministra o Ministro de Relaciones
Exteriores.
j) Organizar y mantener actualizados los archivos correspondientes a los expedientes
de cada funcionaria o funcionario de la Carrera Diplomática, tanto física como
electrónicamente, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos.
k) Someter a la consideración del Consejo de Carrera la lista de candidatas y
candidatos seleccionadas para el ingreso a la Carrera Diplomática y su posterior
remisión para aprobación por parte del Ministro o Ministra de Relaciones
Exteriores, quien, a su vez, la remitirá al Ministerio de Administración Pública para
la correspondiente incorporación a la Carrera de las candidatas y candidatos
incluidos en la misma.
l) Velar por el cumplimiento de los derechos y los deberes de los funcionarios y
funcionarias de la Carrera Diplomática.
m) Canalizar, a solicitud de la parte interesada, los recursos correspondientes por ante
las autoridades competentes, cuando se invoque la vulneración de cualquiera de los
derechos de las funcionarias y funcionarios de la Carrera Diplomática, así como el
incumplimiento de los deberes de éstos.
n) Elaborar su presupuesto anual.
o) Realizar cualquier otra función necesaria para el desarrollo de la Carrera
Diplomática, dentro del marco de aplicación de la Ley núm. 630-16, Orgánica del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Servicio Exterior y del Reglamento de
Carrera Diplomática y de este reglamento.
p) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.8 Dirección de Comunicación.
Propósito: Proponer a la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores la política
comunicacional y, de conformidad con sus instrucciones, planificar y ejecutar la misma
tanto en su modalidad interna como externa, generando la información adecuada para una
efectiva difusión de los planes, procesos y realizaciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores en defensa de los intereses nacionales, por medio de una gestión responsable,
oportuna, coherente, sistemática y efectiva, en coordinación tanto con el servicio interno
como con el servicio exterior.
Funciones:
a) Crear y gestionar el Plan de Comunicación Integral alineado al Plan Estratégico del
Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Estrategia Nacional de Desarrollo y a la
Agenda 2030 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
b) Diseñar, dirigir y supervisar los planes y estrategias de comunicación, difusión y
publicación que fortalezcan la imagen país y la del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
c) Crear y ejecutar la estrategia de comunicación social y de relaciones públicas,
segmentada en función de un plan operativo, según los distintos tipos de público.
d) Gestionar acciones de comunicación que repercutan en la buena imagen y
reputación del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Ministra o el Ministro y de
los distintos funcionarios de la institución.
e) Coordinar, difundir y publicar boletines con contenidos informativos y noticiosos
relacionados con el trabajo de la institución y otros documentos informativos del
Ministerio de Relaciones Exteriores.
f) Contribuir, a través de la comunicación y difusión interna, con la consolidación de
un clima organizacional armónico y productivo.
g) Ser la estructura de enlace con los medios de comunicación y de relacionamiento
con los periodistas, comunicadores y líderes de opinión.
h) Crear y gestionar la plataforma comunicacional sobre los proyectos y políticas
trascendentales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
i) Planificar, coordinar y evaluar las actividades y encuentros con los medios de
comunicación para informar sobre los planes y políticas del Ministerio de
Relaciones Exteriores que beneficien al país, los cuales fortalecen la imagen y
reputación de la institución.
j) Coordinar y supervisar la organización de ruedas de prensa, actos sociales y otras
actividades y eventos que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores.
k) Producir y administrar el contenido de la página web y el contenido a comunicar en
los medios o redes sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
l) Coordinar el diseño y diagramación de los contenidos y estilos de comunicación e
identidad gráfica.
m) Realizar auditorías de comunicación para evaluar el plan estratégico de
comunicación y, en consecuencia, medir la imagen y la reputación institucional, lo
que permitirá continuar con las acciones ejecutadas o en su defecto cambiarlas.
n) Planificar, coordinar y administrar la publicidad del Ministerio de Relaciones
Exteriores en los diversos medios de comunicación.
o) Realizar cualquier otra función afín o complementaria que le sea asignada por su
superior inmediato.
p) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.9. Dirección de Participación, Ética y Transparencia.
Propósito: Emprender acciones que contribuyan al desarrollo de una cultura ética y
transparente para hacer más efectivo y confiable el ejercicio de la función pública que
realiza el personal que integra el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como fortalecer la
vinculación efectiva, armónica y fructífera con los diversos actores que conforman la
sociedad civil organizada.
Funciones:
a) Contribuir y supervisar la difusión e implementación del Régimen Ético y
Disciplinario de los Servidores Públicos establecido en la Ley núm. 41-08, de
Función Pública, así como del Código de Ética del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
b) Velar por el cumplimiento del Código de Ética del Ministerio de Relaciones
Exteriores procurando que las actuaciones de los servidores públicos sean apegadas
al mismo.
c) Formar parte de las comisiones de investigaciones relacionadas con las trasgresiones
al Código de Ética e identificar oportunidades para robustecer el régimen ético.
d) Contribuir a desarrollar y fortalecer una cultura ética, de transparencia e integridad,
promoviendo los valores éticos y morales del personal del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
e) Dar seguimiento y asesorar a las comisiones de ética para garantizar el adecuado
cumplimiento de sus funciones y su participación activa en la dinámica
institucional.
f) Asesorar a los servidores públicos ante cualquier duda que puedan tener en el
ejercicio de sus funciones, sobre comportamientos éticos y morales.
g) Diseñar y ejecutar programas de capacitación para los miembros de las comisiones
de ética y demás servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores a través de
cursos, talleres, actividades de formación y en la implementación de un efectivo
sistema de consecuencias.
h) Dar seguimiento a los compromisos pendientes de cumplimiento, de la “Iniciativa
Participativa Anticorrupción” (IPAC), vinculados con los temas de ética y
transparencia gubernamental.
i) Recibir y mantener en resguardo los originales de los compromisos de
cumplimiento con el “Código de Pautas Éticas” suscritos por las funcionarias y
funcionarios designados en altos cargos del Ministerio de Relaciones Exteriores y
establecer los mecanismos de seguimiento a su cumplimiento, así como velar por la
aplicación de las acciones pertinentes en caso de que sean vulnerados.
j) Servir de enlace entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión de Ética
e Integridad Gubernamental.
k) Contribuir a fortalecer los modelos de prevención y control en el ámbito
administrativo institucional.
l) Actuar de oficio o a requerimiento de la Ministra o Ministro de Relaciones
Exteriores en las investigaciones administrativas que correspondan, por denuncia
pública o ante la ocurrencia de un hecho o acto de corrupción presuntamente
realizada por un servidor del Ministerio de Relaciones Exteriores.
m) Contribuir con las instancias pertinentes en la elaboración de los informes que debe
presentar el país en cumplimiento de los compromisos establecidos en las
convenciones suscritas en materia de lucha contra la corrupción, y las informaciones
necesarias a tales fines, así como cualquier otra colaboración que le sea requerida.
n) Analizar el funcionamiento de los mecanismos de transparencia administrativa del
Ministerio de Relaciones Exteriores, emitir las recomendaciones que correspondan
para fortalecerlos e implementar y vigilar su cumplimiento.
o) Propiciar las acciones y mecanismos que aseguren una efectiva interacción con los
integrantes de la sociedad civil organizada, al tiempo de fungir de enlace entre éstas
y el Ministerio de Relaciones Exteriores en el ámbito de sus competencias.
p) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.10. Dirección de Estudios y Análisis Estratégicos.
Propósito: Proveer de manera continua y oportuna información estratégica a la Ministra o
Ministro de Relaciones Exteriores, en apoyo directo a la programación y gestión
operacional en la ejecución de la política exterior dominicana.
Funciones:
a) Realizar diagnósticos actualizados y prospectivos sobre situaciones que permitan
tomar decisiones oportunas en materia de política exterior.
b) Realizar estudios e investigaciones que permitan enriquecer el análisis de temas que
competen a este Ministerio de Relaciones Exteriores y procesar informaciones
sustantivas a ser utilizadas en la toma de decisiones por sus autoridades.
c) Brindar asesoría estratégica o coyuntural a la Ministra o Ministro en su área de
competencia.
d) Identificar y analizar las informaciones referidas a los acontecimientos vinculantes
con los principales temas nacionales e internacionales que sean de importancia
política y tengan relación con la política exterior dominicana.
e) Realizar análisis sobre la percepción de la sociedad en general con relación a las
actuaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y proponer recomendaciones.
f) Proporcionar informaciones y recomendaciones que contribuyan a la preparación de
la agenda de la Ministra o Ministro.
g) Realizar estudios especiales y diseño de gestión sobre acontecimientos que puedan
producir amenazas, riesgos y conflictos potenciales o manifiestos y que puedan
lesionar los intereses de la República Dominicana en el plano internacional.
h) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.11. Dirección de Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Propósito: Planificar, coordinar y ejecutar las acciones que contribuyan a un uso adecuado
y eficiente de la plataforma tecnológica del Ministerio de Relaciones Exteriores y al
desarrollo de tecnologías y sistemas de la información que permitan ofrecer un servicio
seguro, oportuno y de calidad, basado en las mejores prácticas del sector.
Funciones:
a) Administrar eficientemente las fuentes y recursos de informaciones institucionales,
propiciando el adecuado control y aseguramiento de la calidad y seguridad de los
sistemas.
b) Establecer y difundir las normas y criterios para el uso y funcionamiento de la
plataforma tecnológica, con el fin de optimizar las labores de los usuarios, tanto en
la Cancillería como en las misiones y oficinas en el exterior.
c) Administrar las licencias de software adquiridas por el Ministerio de Relaciones
Exteriores y realizar su distribución entre las unidades administrativas que las
requieran.
d) Apoyar los proyectos de Gestión de Información.
e) Asegurar el buen funcionamiento del Datacenter, garantizando la conectividad de
los usuarios, así como de los diferentes sistemas informáticos y de información que
posea el Ministerio de Relaciones Exteriores, ofreciendo el mantenimiento y
programación continua que precisen.
f) Definir las políticas y los estándares informáticos necesarios para facilitar el
desarrollo, la transportabilidad, compatibilidad y controles de seguridad de los
sistemas.
g) Definir mecanismos que permitan obtener el máximo rendimiento del parque
computacional disponible.
h) Promover, en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos, un
programa de capacitación continua, tanto para el personal de tecnología de la
información como para el resto de las áreas que están conectadas a la red, a fin de
recibir los entrenamientos pertinentes para su actualización frente a los cambios
tecnológicos.
i) Desarrollar y administrar aplicaciones tecnológicas que contribuyan al logro de las
metas del Ministerio de Relaciones Exteriores, asegurando la calidad de su
plataforma y la información que se genera.
j) Diseñar los planes de contingencia y definir políticas adecuadas de respaldo a las
bases de datos institucionales para garantizar su almacenamiento y afrontar casos de
emergencia.
k) Diseñar, implantar y supervisar el cumplimiento de las políticas, normas y
procedimientos en materia de tecnología de la información y comunicaciones.
l) Gestionar y facilitar los servicios informáticos y de telecomunicaciones que
soliciten las diferentes unidades del Ministerio.
m) Asesorar y auxiliar a las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores en
materia de tecnología e información.
n) Fomentar la integración a diferentes redes de información nacionales e
internacionales mediante el Internet, que permitan el acceso a distintas bases de
datos en línea.
o) Implantar y mantener actualizado un sistema de información integral que automatice
las operaciones y procesos del Ministerio de Relaciones Exteriores, fomentando la
comunicación interna mediante el uso de las tecnologías.
p) Participar en la elaboración, ejecución y seguimiento de acuerdos y protocolos de
intercambios de información por medios electrónicos, que realice el Ministerio de
Relaciones Exteriores con otras instituciones públicas y privadas.
q) Realizar la planificación estratégica y presupuestaria de las soluciones de tecnología
de la información y comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores.
r) Revisar periódicamente el funcionamiento de la red, el desempeño de los sistemas
en operación y el de las bases de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, para
identificar desviaciones respecto a los objetivos y formular recomendaciones
que optimicen los recursos y procesos operativos propiciando el incremento
permanente de la productividad y la eficiencia.
s) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.12. Dirección Administrativa.
Propósito: Planificar, dirigir, procesar y supervisar las operaciones administrativas de la
institución, velando por la aplicación y el cumplimiento de las políticas, normas y
procedimientos establecidos mediante las leyes que rigen la operatividad del sistema de
gestión en el Estado, para garantizar el uso y manejo de los recursos físicos con eficiencia,
economía y la debida transparencia.
Funciones:
a) Velar por la adecuada y oportuna prestación de los servicios requeridos por las
diferentes áreas del Ministerio de Relaciones Exteriores, brindados por sus unidades
operativas de Compras, Servicios Generales, Archivo y Correspondencia, y
Eventos.
b) Diseñar, en coordinación con las áreas que correspondan, los procesos, políticas y
procedimientos en materia administrativa, tendentes a optimizar el uso y manejo de
los recursos materiales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
c) Realizar las acciones necesarias para la adquisición de bienes y servicios requeridos
por el Ministerio de Relaciones Exteriores, cumpliendo los procesos establecidos
por la Ley de Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento de Aplicación.
d) Procurar que las flotas vehiculares y de teléfonos, así como otros equipos de la
institución, se asignen bajo criterios de pertinencia y necesidad de dichos servicios a
los puestos que los requieren, garantizando la eficacia de estos instrumentos, de
acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos.
e) Asegurar un adecuado, eficiente y oportuno sistema de gestión de la
correspondencia.
f) Garantizar la clasificación y salvaguarda de los documentos históricos y actuales, de
conformidad con las normativas vigentes.
g) Velar por el buen estado y preservación de los bienes muebles e inmuebles,
incluyendo los mobiliarios, equipos, planta física y demás activos de la Cancillería y
de las misiones u oficinas comerciales.
h) Procurar un adecuado sistema de gestión de almacén que garantice la recepción,
registro y distribución de los bienes controlados por esta unidad.
i) Organizar y disponer la logística necesaria para el desarrollo de los eventos
nacionales e internacionales que se realicen bajo el auspicio del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
j) Tramitar a la Dirección Financiera el pago de los servicios del Ministerio de
Relaciones Exteriores, así como las órdenes de compra y contrataciones que se
generen, y darle el debido seguimiento.
k) Supervisar al personal asignado a la Dirección Administrativa y sus dependencias,
procurando contar con los recursos humanos adecuadamente capacitados y con la
debida integridad.
l) Estudiar y tramitar cualquier otro asunto que le encomiende la Ministra o el
Ministro.
12.13 Dirección Financiera.
Propósito: Planificar, organizar, supervisar y controlar las actividades financieras del
Ministerio de Relaciones Exteriores, consignadas en el presupuesto de gastos aprobado
anualmente por el Congreso Nacional, así como los ingresos propios generados por los
servicios consulares de la Cancillería y de las misiones en el exterior, para lograr el buen
desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores. Velar por el cumplimiento de las
políticas, normas y procedimientos financieros
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.