Texto de la norma
Dec. No. 56-17 que modifica el Dec. No. 324-16, para que en lo adelante diga: Parque
Industrial y Zona Franca Costa Azul, S.R.L., ubicada en San Cristóbal, R.D. G. O.
No. 10876 del 30 de marzo de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 56-17
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación ha
contribuido eficazmente a la rehabilitación económica de aquellas comunidades donde
han sido instaladas.
CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación
conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de
incentivos de la Ley 8-90.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 324-16 del 8 de noviembre de 2016, fue
creada la ZONA FRANCA INDUSTRIAL NIGUA II, bajo la dirección técnica y operativa
de la empresa PARQUE INDUSTRIAL Y ZONA FRANCA SANTO DOMINGO, S. A..
CONSIDERANDO: Que la compañía PARQUE INDUSTRIAL Y ZONA FRANCA
SANTO DOMINGO, S. A., solicitó al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación
aprobar el Traspaso de Permiso de Operación de la ZONA FRANCA INDUSTRIAL
NIGUA II, en favor de la compañía PARQUE INDUSTRIAL Y ZONA FRANCA
COSTA AZUL, S. R. L., solicitud que fue aprobada mediante la Resolución núm. 01-16-
TPI-P del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, del 20 de diciembre de
2016.
CONSIDERANDO: Que luego de aprobado por el Consejo Nacional de Zonas Francas de
Exportación el Traspaso de Permiso de Operación de que se trata, de conformidad con la ley,
procede recomendar al Poder Ejecutivo realizar la modificación de lugar al Decreto núm. 324-
16 del 8 de noviembre de 2016.
VISTA: La Ley 8-90 del 15 de enero de 1990 y su Reglamento.
VISTO: El Decreto núm. 324-16 del 8 de noviembre de 2016.
VISTA: La Resolución núm. 01-16-TPI-P, del Consejo Nacional de Zonas Francas de
Exportación, del 20 de diciembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el Decreto núm. 324-16 del 8 de noviembre de 2016, para que
en lo adelante donde aparezca el nombre PARQUE INDUSTRIAL Y ZONA FRANCA
SANTO DOMINGO, S. A., sea y se lea PARQUE INDUSTRIAL Y ZONA FRANCA
COSTA AZUL, S. R. L.
ARTÍCULO 2. Mantener invariables los demás aspectos contenidos en el referido Decreto
núm. 324-16.
ARTÍCULO 3. Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para los
fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año dos mil diecisiete
(2017), años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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