Texto de la norma
Dec. No. 357-16 que dispone la entrega en extradición hacia los Estados Unidos de
América, del ciudadano dominicano Robín Calzado, alias Carlos Alcántara, alias
Robín Rivera, Alias Lee. G. O. No. 10864 del 7 de diciembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 357-16
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de los Estados Unidos de América, mediante la Nota
Diplomática núm. 94, del 19 de mayo de 2006, de la Embajada de los Estados Unidos de
América en la República Dominicana, solicitó al Gobierno dominicano la entrega en
extradición del nacional dominicano Robin Calzado, alias Carlos Alcántara, alias Robin
Rivera, alias Lee, por motivo del cargo que se le imputa en el Acta de Acusación núm 04-
02308, registrada el 16 de diciembre de 2004 en la Corte Superior de Worcester para la
Mancomunidad de Massachussetts, el cual es el siguiente:
• Homicidio en violación del Capítulo 265 de la Sección 1 de las Leyes Generales de
Massachussetts.
CONSIDERANDO: Que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la República
Dominicana fue apoderada de la solicitud de extradición del nacional dominicano Robin
Calzado, alias Carlos Alcántara, alias Robin Rivera, alias Lee, por instancia de formal
apoderamiento del Procurador General de la República, núm. 08005, del 15 de septiembre
de 2006.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las declaraciones del nacional dominicano Robin
Calzado, alias Carlos Alcántara, alias Robin Rivera, alias Lee, ante los magistrados de
la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, éste optó por el trámite simplificado de
extradición al consentir, voluntariamente, ser entregado a los Estados Unidos de América
para enfrentar el cargo que pesa en su contra, razón por la cual, mediante la Resolución
núm. 3333-2016, del 12 de octubre de 2016, la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia falló la solicitud de extradición del nacional Robin Calzado, alias Carlos
Alcántara, alias Robin Rivera, alias Lee, de la siguiente manera:
“Primero: Declara que no ha lugar a estatuir sobre la solicitud de extradición de Robin
Calzado (a) Carlos Alcántara (a) Robin Rivera (a) Lee, en virtud de su decisión de
presentarse voluntariamente al conocimiento del proceso en su contra conforme consta en
el cuerpo de la presente acta, por consiguiente, ordena el archivo del caso.
Segundo: Ordena que la presente decisión sea comunicada al Magistrado Procurador
General de la República y a la Embajada de los Estados Unidos de América, así como
publicada en el Boletín Judicial”.
CONSIDERANDO: Que en virtud del Artículo I del Tratado de Extradición suscrito entre
la República Dominicana y los Estados Unidos de América, ratificado mediante la
Resolución núm. 4960, del 11 de julio de 1910, las Partes convinieron en entregar a la
justicia, a petición del uno al otro, a todos los individuos acusados o convictos de
cualquiera de los delitos especificados en el Artículo II del Tratado de Extradición.
CONSIDERANDO: Que la asistencia internacional para la extradición del nacional
dominicano Robin Calzado, alias Carlos Alcántara, alias Robin Rivera, alias Lee, fue
solicitada el 19 de mayo de 2006, en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 160 y
siguientes, de la Ley núm. 76-02, del 19 de julio de 2002, del Código Procesal Penal.
VISTA: La Resolución núm. 4960, del 11 de julio de 1910, que aprueba el Tratado de
Extradición suscrito entre la República Dominicana y los Estados Unidos de América.
VISTA: La Resolución núm. 761, del 10 de octubre de 1934, que aprueba el Convenio
sobre Extradición firmado en Montevideo en 1933.
VISTO: El Artículo 160, y siguientes, de la Ley núm. 76-02, del 19 de julio de 2002,
Código Procesal Penal.
VISTA: La Resolución núm. 3333-2016, del 12 de octubre de 2016, dictada por la Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se dispone la entrega en extradición a los Estados Unidos de América del
ciudadano dominicano Robin Calzado, alias Carlos Alcántara, alias Robin Rivera, alias
Lee, por motivo del cargo que se le imputa en el Acta de Acusación núm 04-02308,
registrada el 16 de diciembre de 2004 en la Corte Superior de Worcester para la
Mancomunidad de Massachussetts, el cual es el siguiente:
• Homicidio en violación del Capítulo 265 de la Sección 1 de las Leyes Generales de
Massachussetts.
PÁRRAFO. Dicha entrega en extradición se dispone bajo la condición de que al ciudadano
dominicano Robin Calzado, alias Carlos Alcántara, alias Robin Rivera, alias Lee, bajo
ninguna circunstancia, se le juzgará por una infracción diferente a la que motiva su
extradición, ni se le aplicará una pena mayor a la máxima establecida en la República
Dominicana, que es de treinta (30) años, ni la pena de muerte, en el caso de que se
comprobare su culpabilidad respecto a la infracción por la cual se dispone su extradición y
deberá ser juzgado.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Procuraduría General
de la República y a la Dirección General de Migración, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dos (2) días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), años
173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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