Texto de la norma
Dec. No. 394-16 que modifica los artículos Nos. 36, 37, 38, 39, 40 y 41, del Decreto No.
215-16, que designaron varios viceministros del Ministerio de Interior y Policía. G. O.
No. 10869 del 30 de diciembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 394-16
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Interior y Policía tiene como misión principal
garantizar la seguridad ciudadana y el ejercicio de los derechos de la población,
promoviendo el orden público a través de una cultura de paz y una política de integridad
institucional que involucre a la sociedad y mantenga los valores democráticos.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Interior y Policía aprobó su estructura
organizativa dentro del organigrama institucional, mediante la Resolución núm. 788-14 del
17 de diciembre de 2014, refrendada por el Ministerio de Administración Pública (MAP).
CONSIDERANDO: Que el Artículo 31 de la Ley núm. 247-12, Orgánica de la
Administración Pública, del 9 de agosto de 2012, establece que los viceministerios
constituyen las áreas encargadas de "‘dirigir, coordinar, evaluar y controlar un subsector
homogéneo de la actividad sustantiva asignada al ministerio, bajo el estricto criterio de
racionalidad y adecuación al sector ministerial”.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 215-16 del 6 de septiembre de 2016 se
designaron varios viceministros del Ministerio de Interior y Policía, a los cuales hay que
asignarles las funciones y denominaciones correspondientes con base en la indicada
Resolución 788-14.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana promulgada el 13 de junio de 2015.
VISTA: Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto de 2012.
VISTA: La Resolución núm. 788-14 del 17 de diciembre de 2014.
VISTO: El Decreto núm. 215-16 del 6 de septiembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se modifican los artículos 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Decreto núm. 215-16,
del 6 de septiembre de 2016, para que en lo adelante recen de la siguiente manera:
ARTICULO 36. El Sr. Roberto Cordones queda designado Viceministro para
Seguridad Preventiva en Gobiernos Locales.
ARTICULO 37. El Sr. Jaime Tomás Almonte Jáquez queda designado
Viceministro para Coordinación de Servicios de Seguridad.
ARTICULO 38. El Sr. Luis Manuel de Jesús Fernández queda designado
Viceministro para Migración y Ciudadanía.
ARTICULO 39. El Sr. Justo Guzmán queda designado Viceministro para
Gestión Social y Educación Ciudadana.
ARTICULO 40. El Sr. Winston Juma queda designado Viceministro para
Armas y Explosivos.
ARTICULO 41. El Sr. Geovanny Tejada queda designado Viceministro para
Seguridad Ciudadana.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Administración Pública (MAP), a la Contraloría
General de la República y al Ministerio de Interior y Policía (MIC), para los fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis
(2016), años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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