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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 331-16

que autoriza al Coronel Piloto Juan D. Tejada Quintana y al Capitán Piloto Amin O. Díaz Mercedes, FARD, a aceptar y usar la Medalla Legión al Mérito de la “Confraternidad Aérea Interamericana”, en el Grado de Oficial, concedida por el Comandante de la Fuerza Aérea Mexicana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 nov de 2016fecha
Condecoracióntipo
G. O. 10862Gaceta Oficial del 11 nov de 2016
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 331-16 que autoriza al Coronel Piloto Juan D. Tejada Quintana y al Capitán Piloto Amin O. Díaz Mercedes, FARD, a aceptar y usar la Medalla Legión al Mérito de la “Confraternidad Aérea Interamericana”, en el Grado de Oficial, concedida por el Comandante de la Fuerza Aérea Mexicana. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 331-16 VISTA: La Ley No.1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras, por ciudadanos dominicanos. VISTO: El Reglamento No.4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones. VISTA: La comunicación No. 732, del 20 de julio de 2015, del Mayor General, E.R.D., Joaquín V. Pérez Féliz, Asesor Militar del Señor Presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República dicto el siguiente: DECRETO ARTÍCULO 1. Se concede la autorización para que el Coronel Piloto Juan D. Tejada Quintana y el Capitán Piloto Amín O. Díaz Mercedes, Fuerza Aérea República Dominicana, puedan aceptar y usar la Medalla "Legión al Mérito" de la Confraternidad Aérea Interamericana, en el Grado de Oficial, la cual les fue otorgada por el Comandante de la Fuerza Aérea Mexicana. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona