miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 319-16

QUE CONCEDE LA INCORPORACIÓN A LA CÁMARA DE COMERCIO Y PRODUCCIÓN DE SAN JOSÉ DE OCOA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 nov de 2016fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10862Gaceta Oficial del 11 nov de 2016
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 319-16 que concede la incorporación a la Cámara de Comercio y Producción de San José de Ocoa. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 319-16 CONSIDERANDO: Que la Ley No. 50-87 del 4 de junio de 1987, en su Artículo 1, establece que las Cámaras de Comercio y Producción que se establezcan conforme a dicha ley, serán instituciones con personalidad jurídica y carácter autónomo, que sin fines de lucro, estarán destinadas a favorecer el desarrollo y la estabilidad de las actividades económicas del país y especialmente la de aumentar el bienestar y el progreso general dentro de sus respectivas jurisdicciones. CONSIDERANDO: Que el artículo 2, Párrafo II, de la citada ley, establece que el reconocimiento oficial y personalidad jurídica se hará mediante solicitud dirigida al Poder Ejecutivo, vía la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, actual Ministerio de Industria y Comercio. CONSIDERANDO: Que conforme dispone el Artículo 3 de la citada ley, el Poder Ejecutivo otorgará reconocimiento oficial y personalidad jurídica a una sóla Cámara de Comercio y Producción que se instale en cada ciudad cabecera de provincia. VISTA: La Constitución dominicana, del 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley No. 50-87, del 4 de junio de 1987, sobre Cámaras de Comercio y Producción. VISTO: El oficio No. 3166, del 27 de septiembre de 2016, suscrito por el Ministro de Industria y Comercio, dirigido al Presidente Constitucional de la República, vía el Dr. Flavio Darío Espinal, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de incorporación a la Cámara de Comercio y Producción de San José de Ocoa (CCPSJO), que tiene su domicilio en la ciudad de San José de Ocoa, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados por la Asamblea General Constitutiva el 5 de diciembre de 2015. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Industria y Comercio, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona