miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 303-16

que modifica los decretos Nos. 166-13, 385-13 y 387-15, que declararon de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 oct de 2016fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10860Gaceta Oficial del 21 oct de 2016
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 303-16 que modifica los decretos Nos. 166-13, 385-13 y 387-15, que declararon de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No.10860 del 21 de octubre de 2016. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 303-16 VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO Artículo 1. Se modifica el numeral 13, del Artículo 1, del Decreto No.166-13, del 19 de junio de 2013, para que se lea de la manera siguiente: “13. Una porción de terreno, con una extensión superficial de dos mil sesenta y ocho metros cuadrados punto noventa y dos decímetros cuadrados (2,068.92 mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No.159, del Distrito Catastral No.3, ubicada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, amparada por el Certificado de Título No.95, expedido por el Registrador de Títulos de La Vega, a favor de los sucesores del señor PEDRO DE DIOS”. Artículo 2. Se modifica el numeral 15, del Artículo 1, del Decreto No.385-13, del 24 de diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente: “15. Una porción de terreno de tres mil quinientos metros cuadrados (3,500.00 mts.2), no registrado y su mejora, ubicada en la sección Puello, paraje Las Margaritas, del municipio Comendador, provincia Elías Piña, con los linderos colindantes siguientes: al norte, el señor Benjamín Mateo Sánchez; al sur, cuartel del Ejército Nacional; al este, carretera Puello; y al oeste, carretera Puello Rinconcitos, usufructuado por los señores ALFONSO ANGOMAS Y MARTINA ADAMES”. Artículo 3. Se deroga el numeral 3, del Artículo 1, del Decreto No.387-15, del 24 de diciembre de 2015, donde se declaraba de utilidad pública una porción de terreno en municipio Santo Domingo Oeste, de la provincia Santo Domingo, propiedad de INVERSIONES ROCINANTE, S.A. Artículo 4. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona