Texto de la norma
Danilo Medina
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 296-16
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifica el Numeral 2 del Artículo 1 del Decreto No.368-13, del 18 de diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
2. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil ochocientos once punto trece metros cuadrados (7,811.13 m²), ubicada en la Parcela No.557, del Distrito Catastral No.2, de la provincia Monseñor Nouel, provisto en la Carta-Constancia en el Certificado de Título Matrícula No.0700030914, expedido por el Registro de Títulos de Monseñor Nouel, a favor de los Sres. LEONOR MARÍA DE LOS ÁNGELES HENRÍQUEZ DÍAZ DE BURGOS, LOURDES FRANCISCA MARTINA HENRÍQUEZ DÍAZ, MARTHA PATRICIA DE LOS ÁNGELES HENRÍQUEZ DÍAZ, MAIRA MARÍA DE LOS ÁNGELES HENRÍQUEZ DÍAZ, TERESA DE LOS ÁNGELES HENRÍQUEZ DÍAZ, LIBERTAD FRANCISCA YNMACULADA HENRÍQUEZ DÍAZ, FATIMA MERCEDES HENRÍQUEZ DÍAZ, NICANOR HENRÍQUEZ DÍAZ Y RAFAEL HENRÍQUEZ.
Artículo 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016); año 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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