Texto de la norma
Dec. No. 286-16 que modifica los numerales 11 y 4 de los artículos 1 de los decretos
Nos. 288-15 y 318-13. Deroga el numeral 12 del Art. 1 del Dec. No. 288-15, que
declararon de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano,
varias porciones de terrenos para ser destinadas a la construcción de edificaciones
escolares. G. O. No.10860 del 21 de octubre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 286-16
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones sobre
Procedimiento de Expropiación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifica el numeral 11, del Artículo 1, del Decreto No.288-15, del 22 de
septiembre de 2015, para que se lea de la manera siguiente:
“11. Una porción de terreno con una extensión superficial de ciento
ochenta y dos punto cero cuatro metros cuadrados (182.04 m2), dentro
de la Parcela 487-A-74, del Distrito Catastral No.32, ubicada en el
municipio de Santo Domingo de Guzmán, provincia Santo Domingo,
matrícula No.3000107133, propiedad de la sociedad comercial
INMOBILIARIA VINIRASA, S.R.L.,”.
Artículo 2. Se modifica el numeral 4, del Artículo 1, del Decreto No.318-13, del 8 de
noviembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
“4. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil ciento
veintiocho punto ochenta y ocho metros cuadrados (1,128.88 m2), no
registrado, ubicada en el municipio Bonao, provincia Monseñor Noüel,
con los linderos y colindancias siguientes: al norte, Escuela
Bienvenido del Castillo; al sur, la familia Balcácer; al este, Carretera
Duarte; y al oeste, Carretera a Masipedro, propiedad de las señoras
MARTINA HERNÁNDEZ GARCÍA, MARÍA GARCÍA DE REIS
y NORMELIA ALTAGRACIA PEGUERO”.
Artículo 3. Queda derogado el numeral 12, del Artículo 1, del Decreto No.288-15, del 22
de septiembre de 2015, que declaraba de utilidad pública e interés social, una porción de
terreno con una extensión superficial de dos mil seiscientos veintiún metros cuadrados
(2,621.00 m2), dentro de la Parcela No.299-D-1-A-19, del Distrito Catastral No.10, ubicado
en el municipio y la provincia Santo Domingo de Guzmán, provisto de la Constancia
Anotada del Certificado de Título Matrícula No.3000181284, emitido a favor del señor
FRANCISCO ANDÚJAR ACOSTA.
Artículo 4. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al
Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación para su conocimiento
y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil
dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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