Texto de la norma
Dec. No. 278-16 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias. G. O. No.10860 del 21 de octubre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 278-16
VISTA: La Ley No.2461, de fecha 18 de julio del 1950, sobre Especies Timbradas.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
DENOMINACIÓN
“50 Aniversario Constitucionalización del
Himno Nacional Dominicano”.
Valor
RD$50.00
Cantidad
20,000 ejemplares
Artículo 2. Los sellos postales referidos en el artículo precedente, serán impresos bajo el
procedimiento “offset”, multicolor.
Artículo 3. Para la indicada emisión se utilizará papel tropicalizado, engomado, de 56
gramos, sustancia 103 GM2.
Artículo 4. El tamaño de cada uno de los sellos postales, a que se refiere el presente
decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica.
Artículo 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal
Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016);
años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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