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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 254-16

16 QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA NATURALIZACIÓN DOMINICANA ORDINARIA A VARIOS EXTRANJEROS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 sept de 2016fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 10859Gaceta Oficial del 3 oct de 2016
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 254-16 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. G. O. No. 10859 del 3 de octubre de 2016. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 254-16 VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus modificaciones. VISTAS: Las instancias Nos. 1598, del 9 de febrero de 2016; 5143, 5142, 5139, 5141, 5140, del 31 de marzo de 2016; 5187, 5187, 5185, 5184, 5186, del 1 de abril de 2016, que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación: 1. A la señora Olga Lyapustina, de nacionalidad rusa. 2. Al señor Sergey Evgenievich Karmazin, de nacionalidad rusa. 3. Al señor Ramón Chávez Hernández, de nacionalidad cubana. 4. Al señor David Elías Berdellans Silva, de nacionalidad cubana. 5. Al señor Ali Mohammad Alichi, de nacionalidad iraní. 6. Al señor Luis Fernando Castro Ávila, su esposa Astrid Benito Devia y su hijo menor Federico Castro Ávila, todos de nacionalidad colombiana. 7. Al señor Federico Amílcar Juárez Muñoz, su esposa Ana Graciela Cárdenas Argueta y su hija menor Estefani María Isabel Juárez Cárdenas, todos de nacionalidad guatemalteca. 8. A la señora Susana Alegría Santana de nacionalidad cubana. 9. Al señor Francisco Raúl Pendas Fernández y su esposa Graciela Caridad Abrahantes Ravelo, ambos de nacionalidad cubana. 10. Al señor Carlos Reyes Reyes, de nacionalidad cubana. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona