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Decreto

Decreto 253-16

que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica los decretos Nos. 93-16 y 107-16

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 sept de 2016fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 10859Gaceta Oficial del 3 oct de 2016
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 253-16 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica los decretos Nos. 93-16 y 107-16. G. O. No. 10859 del 3 de octubre de 2016. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 253-16 VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus modificaciones. VISTAS: Las instancias Nos. 11691, del 3 de junio de 2016; 11725, 11726, 11728, 11729, 11730, del 6 de junio de 2016; 11806, 11807, 11808, 11809, 11831, 11832, 11833, del 7 de junio de 2016; 11934,11935, 11936, 11937, 11938, 11939, del 9 de junio de 2016; 12462, 12463, del 17 de junio de 2016; que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación: 1. Al señor Ydyan Chávez Rivas, de nacionalidad cubana. 2. Al señor Rolando Rodríguez Polanco, de nacionalidad cubana. 3. Al señor Antonio Juan Santos Cuberes, de nacionalidad española. 4. Al señor Omar Ricardo Vásquez, de nacionalidad estadounidense. 5. Al señor Eduardo René Cabrero Sánchez y su esposa la Sra. Flor Mariela Feria Ávila, ambos de nacionalidad cubana. 6. Al señor José Manuel Rodríguez Orozco y su esposa la Sra. María Elena Castillo Cubas, ambos de nacionalidad cubana. 7. Al señor Manuel Kurt Huber, de nacionalidad suiza. 8. Al señor Jorge Enrique Volcán Sarquis y su esposa la Sra. Gabriela Planas Chacin, ambos de nacionalidad venezolana. 9. Al señor Alejandro Rubén Tamayo de los Reyes, de nacionalidad cubana. 10. Al señor Rubén Alfredo Oria Acosta, su esposa Sliani del Carmen Villegas, sus hijas menores Valentina de los Ángeles Oria Villegas y Camila Valeria Oria Villegas, todos de nacionalidad venezolana. 11. A la señora Mercedes Cruz Jorge, de nacionalidad cubana. 12. A la señora Victoria Elizabeth De Jesús Horias Zambrano, de nacionalidad venezolana. 13. Al señor Fausto Coppi, de nacionalidad italiana. 14. Al señor Luis María Galarreta Ochoa, de nacionalidad española. 15. Al señor Veselin Ivanov Gaydarov, de nacionalidad rusa. 16. Al señor Hsiu- I Wang, de nacionalidad china. 17. Al señor Ángel Ignacio Ruiz- Bazán Sáenz, de nacionalidad española. 18. Al señor Mark Brenden Weiler y su esposa la Sra. Dee-Ann Renée Campeau, ambos de nacionalidad canadiense. 19. Al señor Santiago Silega Batista, de nacionalidad cubana. ARTÍCULO 2. Se modifica el Artículo 2 del Decreto No. 107-16, del 29 de febrero de 2016, para que en lo adelante se lea como sigue: “Articulo 2. A la señora Dominique Louise Guitton de Pedros, de nacionalidad francesa.” ARTÍCULO 3. Se modifica el numeral 22 del Artículo 1 del Decreto No. 93-16, del 29 de febrero de 2016, para que en lo adelante se lea como sigue: “22. Al señor Yury Anmonovich Chernykh, de nacionalidad rusa.” ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona