Texto de la norma
Dec. No. 252-16 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a
varios extranjeros. Modifica el Numeral 5 del Art. 4 del Dec. No. 107-16. G. O. No.
10859 del 3 de octubre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 252-16
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias Nos.011727, del 6 de junio de 2016; 013445, 013446, 013447,
013448, 013449, 013450, 013451, 013497, 013498 y 013499, del 7 de julio de 2016, y
013763, del 13 de julio de 2016, que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han
elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del
presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las
personas que se indican a continuación:
1. A la señora Elena Alexeevna Moldovan, de nacionalidad rusa.
2. A la señora Borja Ermitaña Jiménez Sánchez, de nacionalidad cubana.
3. A la señora Rehana Malik, de nacionalidad pakistaní.
4. Al señor Alessandro Salvati, de nacionalidad italiana.
5. Al señor Noel José Gruber de los Ríos, de nacionalidad venezolana.
6. A los señores Jonatán Hidalgo Humanes, y su esposa Eva Isabel García Bejarano,
ambos de nacionalidad española.
7. Al señor Luis Gerónimo Rojas Carranza, de nacionalidad venezolana.
8. Al señor Lusseau Barjon, de nacionalidad haitiana.
9. A la señora Nancy Dubuisson, de nacionalidad haitiana.
10. Al señor Nelson Peraza González, de nacionalidad cubana.
11. A los señores Carlos Antonio Castellanos Santos, su esposa Iris Anabela Estrada
Villalta, sus hijas menores Carla Graciela Castellanos Estrada y Cayla Gabriela
Castellanos Estrada, todos de nacionalidad guatemalteca.
ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 5, del Artículo 4, del Decreto No.107-16, del 29 de
febrero de 2016, para que en lo adelante se lea como sigue:
“5. Al señor Stéphane Jean Christophe Satín, de nacionalidad francesa”.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil
dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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