Texto de la norma
Dec. No. 347-15 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales
del Estado dominicano a varios servidores públicos. G. O. No. 10817 del 10 de
noviembre de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 347-15
VISTO: El Artículo 57 de la Constitución de la República.
VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de
diciembre del 1981.
VISTO: El oficio No.3368, del 21 de mayo de 2015, dirigido al Presidente de la República,
por el Ministro de Hacienda, donde solicita las pensiones por discapacidad de varios
servidores públicos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
dominicano, por discapacidad, a los siguientes servidores públicos:
1. Adolfo Aniano Caraballo Morla, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y cinco mil diecinueve pesos dominicanos con 79/100
(RD$35,019.79) mensuales.
2. Ana Joaquina Martínez Marizán, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos dominicanos con
83/100 (RD$5,484.83) mensuales.
3. Ángela Marte Gil, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
4. Antonio Porfirio Santos González, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con
50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
5. Arístides Aurelio Bobonagua Disla, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con
50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
6. Bienvenida Jiménez de Féliz, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
7. Bienvenido Razón Lorenzo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de ocho mil ochenta y dos pesos dominicanos con 57/100
(RD$8,082.57) mensuales.
8. Daniel Vilorio Polanco, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil novecientos cincuenta y un pesos dominicanos con 40/100
(RD$5,951.40) mensuales.
9. Deidamia Antonia Cepín Castro, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil cuatrocientos catorce pesos dominicanos con 46/100
(RD$7,414.46) mensuales.
10. Delfino Ramón Hernández Rivera, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veintitrés mil setecientos ochenta y dos pesos
dominicanos con 58/100 (RD$23,782.58) mensuales.
11. Domingo Santana, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil trescientos veinte pesos dominicanos con 15/100 (RD$5,320.15)
mensuales.
12. Doralicia Santana Santana, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por
un monto de cinco mil cuatrocientos noventa y nueve pesos dominicanos con
62/100 (RD$5,499.62) mensuales.
13. Esperanza Germán Manzanillo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de cinco mil novecientos ochenta y nueve pesos dominicanos con
54/100 (RD$5,989.54) mensuales.
14. Evangelista Antonio Santiago, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
15. Felicia Espinal, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
16. Héctor Bienvenido Pérez Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
17. Joaquín Lorenzo Ramírez Ramírez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de dieciocho mil ochocientos veintisiete pesos
dominicanos con 70/100 (RD$18,827.70) mensuales.
18. José Dolores Villar Arias, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por
un monto de siete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales.
19. José Ramón Iciano, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de once mil doscientos setenta y dos pesos dominicanos con 32/100
(RD$11,272.32) mensuales.
20. Juan Manzueta Adames, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil trescientos setenta pesos dominicanos con 63/100
(RD$5,370.63) mensuales.
21. Juan Antonio Amador, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula] por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
22. Leonida Santana Pilar, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de veintisiete mil ochocientos dos pesos dominicanos con 42/100
(RD$27,802.42) mensuales.
23. Librado de Jesús Gómez Grullón, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,000.00)
mensuales.
24. Lidia María Hernández, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
25. Lorenzo Cuevas Terrero, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por
un monto de veintisiete mil novecientos cincuenta y un pesos dominicanos con
00/100 (RD$27,951.00) mensuales.
26. Lourdes Concepción Medina Pilarte, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con
50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
27. Lucía Brioso Paredes, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
28. Luis Brand Jiménez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de seis mil siete pesos dominicanos con 73/100 (RD$6,007.73) mensuales.
29. Luis Enrique Espinal, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
30. Matilde Peña, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de
cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
31. Orlando Santos Ventura, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de once mil ciento veintiséis pesos dominicanos con 87/100 (RD$11,126.87)
mensuales.
32. Paula Eredia Aquino, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
33. Pedro Lara Rodríguez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
34. Pedro Pablo Domínguez Abréu, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de veintiún mil quinientos cuarenta y siete pesos dominicanos con
86/100 (RD$21,547.86) mensuales.
35. Pedro Ramírez Cristopher De Jesús, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y dos mil novecientos noventa y un pesos
dominicanos con 20/100 (RD$32,991.20) mensuales.
36. Petronila De Morla Beltrán, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por
un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
37. Rafael María Peña, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
38. Rafaela Matilde Báez De la Cruz, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos pesos dominicanos con 00/100
(RD$6,300.00) mensuales.
39. Ramón Hipólito Cuello Rodríguez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con
50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
40. Rosa Almonte Solís, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de seis mil doscientos veinticinco pesos dominicanos con 73/100
(RD$6,225.73) mensuales.
41. Valentín Medina Rodríguez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de diez mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos dominicanos con
00/100 (RD$10,465.00) mensuales.
42. Virgilio Rodríguez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un
monto de once mil setecientos noventa y ocho pesos dominicanos con 40/100
(RD$11,798.40) mensuales.
43. Virgilio Rosario De la Cruz, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
44. Zenaida De los Santos García, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula],
por un monto de nueve mil quinientos setenta y siete pesos dominicanos con 78/100
(RD$9,577.78) mensuales.
ARTÍCULO 2. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas
por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de
Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición
del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones
públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil
quince (2015), años 172 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA