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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 137-15

que concede pensiones especiales del Estado a los señores Orlando Contreras Almonte y Pascuala Brunilda Estrella Polanco. Eleva el monto de pensiones otorgadas a varias personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 abr de 2015fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10797Gaceta Oficial del 14 may de 2015
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Orlando Contreras AlmontePensión—RD$70,000.00
Pascuala Brunilda Estrella PolancoPensión—RD$25,000.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 137-15 que concede pensiones especiales del Estado a los señores Orlando Contreras Almonte y Pascuala Brunilda Estrella Polanco. Eleva el monto de pensiones otorgadas a varias personas. G. O. No. 10797 del 14 de mayo de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 137-15 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano al señor Orlando Contreras Almonte, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de setenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$70,000.00) mensuales. ARTÍCULO 2. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a la señora Pascuala Brunilda Estrella Polanco, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales. ARTÍCULO 3. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: 1. A la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor de la señora Bienvenida D Pastora Gómez Pepín, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 2. A la suma de setenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$75,000.00) mensuales, a favor del señor Manuel de Jesús Estrella Polanco, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 4. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29 ) días del mes de abril del año dos mil quince (2015), años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona