Texto de la norma
Dec. No. 169-16 que modifica el Literal h) Art. 1, del Dec. No. 76-16, sobre la emisión
de sellos postales para el franqueo de las correspondencias. G. O. No. 10846 del 13 de
junio de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 169-16
CONSIDERANDO: Que en ocasión de celebrarse ochenta (80) años de relaciones
bilaterales entre la República Dominicana y Suiza, el Instituto Postal Dominicano
(Imposdom) y Swiss Post, han convenido realizar una emisión postal conjunta con la
intención de estrechar aún más los lazos de amistad entre ambas naciones, siendo la primera
vez que nuestro país participa en esta modalidad de emisión postal con carácter
internacional.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.76-16, del 29 de febrero de 2016, fue
autorizada la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo
con las disposiciones técnicas señaladas en el mismo.
CONSIDERANDO: Que el literal h, del Artículo 1, del Decreto No.76-16, establece la
emisión de veinticinco mil (25,000) ejemplares, por valor de sesenta pesos dominicanos con
00/100 (RD$60.00), de los sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de la
denominación “Amistad y Cooperación entre República Dominicana y Suiza”.
CONSIDERANDO: Que con el propósito de cumplir los requisitos de este tipo de
emisión, el Correo suizo ha manifestado su intención de adquirir una cantidad de 100,000
(cien mil) sellos, para poder cumplir con sus compromisos comerciales, los cuales superan
la suma estimada en el precitado Decreto No.76-16, por lo que es necesario la modificación
del literal h, del Artículo 1, del citado Decreto, para lograr la impresión de los mismos.
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas, No.2461, del 18 de julio del 1950.
VISTO: El oficio No.DM-2242, del 23 de mayo de 2016, del Ministro de Hacienda, dirigido
al Señor Presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se modifica el literal h, del Artículo 1, del Decreto No.76-16, del 29 de
febrero de 2016, que autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera:
“h) DENOMINACIÓN
“Amistad y Cooperación entre República Dominicana
y Suiza”.
Valor RD$60.00.
Cantidad 100,000 ejemplares”.
ARTÍCULO 2. Se mantienen vigentes e inalterables, en todos sus efectos, todas aquellas
disposiciones establecidas en el Decreto No.76-16, del 29 de febrero de 2016, que no hayan
sido modificadas mediante el presente Decreto.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Tesorería Nacional, al Instituto
Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil dieciséis
(2016); años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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