Texto de la norma
Dec. No. 154-16 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10837 del 28 de abril de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 154-16
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que, para
cambio de nombre, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio
del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas, en tal sentido, por los
interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
Artículo 1. Los señores Leonel de Jesús Peña Aldavert y Agatha Leticia Cabral Mejía,
padres de la menor Amelia Mercedes Peña Cabral, quedan autorizados a cambiar el nombre
de su hija, por el de Lidia Camila Peña Cabral.
Artículo 2. La señora Kénida María Santana Sánchez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Kenia María Santana Sánchez.
Artículo 3. La señora Juana María Gutiérrez Rosario, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ana Marina Gutiérrez Rosario.
Artículo 4. La señora Seferina Rodríguez Durán, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Severina Rodríguez Durán.
Artículo 5. La señora Nicasia Maceo López, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Nicki Maceo López.
Artículo 6. El señor Tomasito Carbajal Suero, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de Tomás Ignacio Carbajal Suero.
Artículo 7. La señora Rafaela Mejía, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Josefa Mejía.
Artículo 8. El señor Sucy Rafael Tavárez Tiburcio, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Rafael Tavárez Tiburcio.
Artículo 9. La señora Rosa Angélica Polanco Carvajal, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Rosa Angelita Polanco Carvajal.
Artículo 10. La señora Escolástica Mejía Morales, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Xiomara Mejía Morales.
Artículo 11. Damarita Mercedes Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Tamara Guzmán.
Artículo 12. La señora Cecilia De la Paz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Célida De la Paz.
Artículo 13. El señor Porfirio Morel De la Rosa, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Elpidio Morel De la Rosa.
Artículo 14. La señora Silvia Ortega Moronta, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Ana Silvia Ortega Moronta.
Artículo 15: Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016);
años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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