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Dec. No. 117-16 que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado
dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser
utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10833 del 8 de
marzo de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 117-16
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el
Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias
relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y por la Oficina de
Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará
con fondos provenientes del Ministerio de Educación, el cual tendrá a su cargo la ejecución
de los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio.
CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones
escolares, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias porciones de terrenos,
propiedad de particulares, cuya adquisición, por parte del Estado, amerita que sean
declaradas de utilidad pública e interés social.
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiación.
VISTO: El Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, que crea el Programa
Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones (MOPC).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del
Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales
serán utilizadas para construir edificaciones escolares:
1. Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil quinientos metros
cuadrados (2,500.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.[cédula],
del municipio de Loma de Cabrera, provincia Dajabón, según consta en el Certificado
de Titulo, con la Matrícula No.1300014726, emitida a favor de los señores JOSEFINA
ANTONIA LOMBERT FONDEUR DE ESTÉVEZ E YSMAEL BENIGNO
ESTÉVEZ LIBERATO, por el Registrador de Títulos de Dajabón.
2. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil cuatrocientos diez
metros cuadrados (3,410.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.730, del
Distrito Catastral No.2, del municipio de Laguna Salada, provincia Valverde, según
consta en la Constancia Anotada del Certificado de Título No.67, emitida a favor de la
señora SOFÍA ALTAGRACIA VALDEZ, por el Registrador de Títulos de Mao,
Valverde.
3. Una porción de terreno con una extensión superficial de ocho mil ciento veintiuno
punto cero cuatro metros cuadrados (8,121.04 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la
Parcela No.2225-I, del Distrito Catastral No.2, del municipio y provincia de Barahona,
amparada por el Certificado de Título con Matrícula No.0600003476, emitido a favor
del señor JOSÉ MANUEL VÓLQUEZ ROMÁN, por el Registrador de Títulos de
Barahona.
4. Una porción de terreno con una extensión superficial de cinco mil doscientos metros
cuadrados (5,200.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No. 325, del
Distrito Catastral No.12, del municipio Moca, provincia Espaillat, según consta en la
Constancia Anotada, con la Matrícula No.1100002799, emitida a favor del señor
ANTONIO MANUEL SÁNCHEZ CLEMENTE, por el Registrador de Títulos de la
provincia Espaillat.
5. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil cuarenta y cinco metros
cuadrados (1,045.00 mts.2), no registrada, propiedad de la señora AGUSTINA ULLOA
ULLOA, ubicada en el municipio Guananico, provincia Puerto Plata, con los linderos
siguientes: al norte, Escuela José Castellano; al sur, calle Gregorio Luperón; al este,
Brígido Polanco Gil; y al oeste, Alberta Ventura y Jaime Lozano.
6. Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil doscientos cuarenta y
tres metros cuadrados (2,243.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.299-
D-1-B-20, del Distrito Catastral No.10, del Distrito Nacional, Santo Domingo de
Guzmán, amparada por el Certificado de Título Matrícula No.0100045473, emitido a
favor de los señores MARIBEL FRANCHESCA MARTÍNEZ ALONZO y
FRANCIS MARIEL MARTÍNEZ ALONZO, por el Registrador del Títulos del
Distrito Nacional.
7. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil setecientos ochenta y
nueve punto cuarenta y cinco metros cuadrados (1,789.45 mts.2), no registrada,
propiedad
de
los
señores
CÉSAR
MOREL
FRANCISCO,
SEFERINO
FRANCISCO, ASTERIA FRANCISCO y EMERALDA FRANCISCO, del
municipio de Guananico, provincia Puerto Plata, con los linderos siguiente: al norte
Isidro Báez; al sur Carolina Francisco y María Antonia Francisco; al este Francisco
Díaz Pascual y Margarita Díaz Pascual; al oeste Pascual Sixto Ramírez.
8. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil quinientos noventa y cinco
punto veintisiete metros cuadrados (1,595.27 mts.2), no registrada, propiedad del señor
ISIDRO BÁEZ FRANCISCO, del municipio de Guananico, provincia Puerto Plata,
con los linderos siguiente: al norte, Kelvin Báez y Tomás Francisco; al sur, Cesar Morel
Francisco Margarita Díaz, Simona Cruz y Milagros Francisco; al este, Carretera
Fundación - Guananico; y al oeste, Pascual Sixto Ramírez.
9. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil cuatrocientos metros
cuadrados (1,400.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.[cédula],
del municipio Sánchez, provincia Samaná, según consta en el Certificado de Título
Matrícula No.3000169844, emitido a favor de los señores DUGLAR GERINO RIVAS
MATOS y MARINA PÉREZ DE RIVAS, por el Registrador de Títulos de la
provincia de Samaná.
10. Una porción de terreno con una extensión superficial total de tres mil cuatrocientos
cincuenta y seis punto cuarenta y dos metros cuadrados (3,456.42 mts.2), ubicada dentro
del ámbito de las siguientes Parcelas: 41-E-156; 41-E-157; 41-E-158; 41-E-159; 41-E-
160; 41-E-161; 41-E-162; 41-E-163; 41-E-164; 41-E-165; 41-E-166; 41-E-167, 41-E-
179; 41-E-180; 41-E-181; 41-E-182; 41-E-183; 41-E-184; 41-E-191; 41-E-192 y 41-E-
193, todas del Distrito Catastral No.64-B, del municipio y provincia Monte Plata, las
cuales se sustentan por los Certificados de Títulos Nos.: 1200008904, 1200008905,
1200008906, 1200008907, 1200008908, 1200008909, 1200008910, 1200008911,
1200008912, 1200008913, 1200008914, 1200008978, 1200008915, 1200008916,
1200008917, 1200008918, 1200008919, 1200008920, 1200008922, 1200008923,
1200008924, respectivamente, emitidos a favor del señor FRANKLIN BENJAMÍN
VALDEZ MEJÍA, por el Registrador del Títulos de la provincia Monte Plata.
11. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil setecientos cincuenta y
nueve metros cuadrados (3,759.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela
No.[cédula], del municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo,
según consta en el Certificado de Título con Matrícula No.0100192363, emitido a favor
del señor LUIS DARÍO POLANCO PÉREZ, por el Registrador de Títulos de la
provincia Santo Domingo.
12. Un terreno con una extensión superficial de nueve mil doscientos diecisiete metros
cuadrados (9,217.00 mts.2), ubicado dentro del ámbito de la Parcela No.150, del
Distrito Catastral No.02, del municipio de San José de los Llanos, provincia San Pedro
de Macorís, provisto del Certificado de Título No.3000193979, emitido a favor del
señor HERMÓGENES MORENO ANDÚJAR, por el Registrador de Títulos de la
provincia San Pedro de Macorís.
13. Un terreno con una extensión superficial de diez mil quinientos metros cuadrados
(10,500.00 mts.2), ubicado dentro del ámbito de la Parcela No.85-A-1, del Distrito
Catastral No.5, del municipio de Concepción de La Vega, provincia La Vega, según
consta en la Constancia Anotada con Matrícula No.0300021346, emitida a favor de la
señora TERESA MARITZA GÓMEZ GARCÍA GODOY, por el Registrador de
Títulos de la provincia La Vega.
14. Una porción terreno con una extensión superficial de dos mil diecinueve punto setenta y
tres metros cuadrados (2,019.73 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela
No.2683-E, del Distrito Catastral No.21, del Distrito Nacional, según consta en el
Certificado de Título No.0100181128, emitido a favor del señor CECILIO CUELLO
DE LA ROSA, por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional.
15. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil metros cuadrados
(6,000.00 mts.2), no registrada, propiedad de los señores FRANCISCO ELPIDIO
GÓMEZ RODRÍGUEZ, VÍCTOR DIONICIO GÓMEZ RODRÍGUEZ, RAFAEL
GÓMEZ RODRÍGUEZ y ALFAKENI ELISABETH PEÑA GÓMEZ, ubicada en
el municipio de Loma de Cabrera, provincia Dajabon, la cual cuenta con los siguientes
linderos: al norte, Américo Antonio Veras Báez; al sur, Griselva Pérez Montilla; al este,
Ramón Torres López; y al oeste, Francisco Antonio Azcona Báez.
16. Una porción de terreno con una extensión superficial de doce mil metros cuadrados
(12,000.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.1624, del Distrito
Catastral No.04, del municipio de Neyba, provincia Bahoruco, provista del Certificado
de Título Matrícula No.0600001462, emitido a favor de la señora ORDALINA
SANTANA SALVADOR, por el Registro de Títulos de la provincia de Bahoruco.
17. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil quinientos metros
cuadrados (3,500.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.194-A-Ref-2,
del Distrito Catastral No.2, del municipio Bayaguana, provincia Monte Plata, según
Carta Constancia Anotada No.1200008570, emitida a favor de GERARDO
WENCESLAO MINIER CÉSPEDES, por el Registrador de Títulos de la provincia
Monte Plata.
18. Una porción de terreno con una extensión superficial de once mil quinientos metros
cuadrados (11,500.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.9-C, del
Distrito Catastral No.31, de la provincia Santo Domingo, amparado por el Certificado
de Título No.3000187239, emitido a favor del señor JOSÉ AGUSTÍN DURÁN
RODRÍGUEZ.
19. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil doscientos veintitrés
punto diez metros cuadrados (6,223.10 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela
No.24-H, del Distrito Catastral No.2, del municipio y provincia Barahona, provisto del
Certificado de Título No.0600004307, emitido a favor de la señora TEODORA FÉLIZ
FÉLIZ, por el Registrador de Títulos de la provincia Barahona.
20. Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil metros cuadrados
(4,000.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.8349, del Distrito Catastral
No.4, del municipio Imbert, provincia Puerto Plata, amparada por el Certificado de
Título Matrícula No.1500006879, emitido a favor del señor BELLIDO DÍAZ
JIMÉNEZ, por el Registrador de Títulos de la provincia Puerto Plata.
21. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil setecientos cincuenta y
cinco punto treinta y cinco metros cuadrados (3,755.35 mts.2), ubicada dentro del
ámbito de la Parcela No.1-REF-C-202, del Distrito Catastral No.20, de la provincia de
Santo Domingo, amparada por el Certificado de Título Matrícula No.3000069852,
emitido a favor de los señores LUIS MANUEL ALMONTE y DELFIA
ALTAGRACIA OZUNA VENTURA, por el Registrador del Títulos de la provincia
Santo Domingo.
22. Una porción terreno con una extensión superficial de seis mil quinientos veintisiete
punto cincuenta y nueve metros cuadrados (6,527.59 mts.2), ubicada dentro del ámbito
de Parcela No.94, del Distrito Catastral No.6, de la provincia Santo Domingo,
amparado por la Carta Constancia Anotada Matrícula No.3000190037, expedida a favor
de los señores NÉSTOR RAFAEL RODRÍGUEZ BONILLA y ALEIDA
MILAGROS DE JESÚS HERNÁNDEZ DE RODRÍGUEZ, por el Registrador de
Títulos de la provincia Santo Domingo.
23. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil metros cuadrados
(6,000.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.1298, del Distrito Catastral
No.19, del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, amparada por el
Certificado de Título No.28, emitido a favor del señor FERNANDO ANTONIO
FLETE ROSA, por el Registrador de Títulos de la provincia Santiago.
24. Una porción de terreno con una extensión superficial de cinco mil metros cuadrados
(5,000.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.825, del Distrito Catastral
No.2, del municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, amparada por la Carta
Constancia Anotada No.1400005084, emitida a favor del señor JOSÉ LUIS COSME
MERCEDES, por el Registrador de Títulos de la provincia María Trinidad Sánchez.
25. Un terreno con una extensión superficial de nueve mil trescientos noventa y siete
metros cuadrados (9,397.00 mts.2), ubicado dentro del ámbito de la Parcela No.44-R-2-
REF-100, del Distrito Catastral No.6, de la provincia Santo Domingo, amparado por el
Certificado de Título No.3000135529, emitido a favor del señor RAFAEL EMILIO
CASTILLO NÚÑEZ, por el Registrador de Títulos de la provincia Santo Domingo.
26. Un terreno con una extensión superficial de cinco mil seiscientos treinta y seis metros
cuadrados (5,636.00 mts.2), ubicado dentro del ámbito de la Parcela No.1037-005-
18367, del Distrito Catastral No.21, del municipio y provincia de San Cristóbal,
amparado por el Certificado de Título No.3000057793, emitido a favor del señor
MANOLO SORIANO GARCÍA, por el Registrador de Títulos de la provincia San
Cristóbal.
27. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil trescientos cincuenta
y cinco punto cincuenta y cuatro metros cuadrados (7,355.54 mts.2), ubicada dentro del
ámbito de la Parcela No.219, del Distrito Catastral No.2, del municipio Laguna Salada,
provincia Valverde, amparada por la Constancia Anotada del Certificado de Título
No.5, emitido a favor del señor FELIX FRANCISCO FELIPE, por el Registrador de
Títulos de la provincia Valverde.
28. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil quinientos metros
cuadrados (7,500.00 mts.2), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.1037-005-
18367, del Distrito Catastral No.21, del municipio y provincia San Cristóbal, amparada
por el Certificado de Título No.3000181913, emitido a favor del señor RAFAEL
YNGINIO LINARES MELENCIANO, por el Registrador de Títulos de la provincia
San Cristóbal.
29. Una mejora consistente en una casa de concreto, techada de zinc, piso de cemento, con
todas sus anexidades, ubicada en el municipio y provincia Barahona, propiedad del
señor ALFONSO ENRIQUE PEÑA BATISTA, la cual cuenta con los siguientes
linderos: al norte, señor Teodoro Féliz; al sur, calle Donante del Barrio Villa Estela; al
este, señora Inés Santana; y al oeste, señor Norberto Suero.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las
referidas porciones de terreno, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos los
actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las
leyes, para obtener la expropiación de las mismas.
PÁRRAFO I: Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las
referidas porciones de terreno deberán presentar los documentos probatorios del derecho de
propiedad, al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación.
PÁRRAFO II: Las porciones de terreno declaradas de utilidad pública, mediante el
presente Decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar,
de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales
exigidos por el Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, modificada por la
Ley No.700, del 31 de julio del 1974.
ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terreno será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13,
de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los Registradores de Títulos correspondientes y al Ministerio de Educación, para su
conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de febrero del año dos mil
dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.