miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 106-16

que crea el Parque Industrial Navarrete-Yaque (Pany), bajo la administración técnica y operativa de la empresa Parque Industrial Nuscacao, S.R.L., ubicada en el municipio Villa Bisonó (Navarrete), provincia Santiago

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 feb de 2016fecha
Otrostipo
G. O. 10833Gaceta Oficial del 8 mar de 2016
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 106-16 que crea el Parque Industrial Navarrete-Yaque (Pany), bajo la administración técnica y operativa de la empresa Parque Industrial Nuscacao, S.R.L., ubicada en el municipio Villa Bisonó (Navarrete), provincia Santiago. G. O. No. 10833 del 8 de marzo de 2016. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 106-16 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación ha contribuido eficazmente a la rehabilitación económica de aquellas comunidades donde han sido instaladas. CONSIDERANDO: Que la empresa PARQUE INDUSTRIAL NUSCACAO, S. R. L., presentó ante la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, una solicitud para el desarrollo y operación de una zona franca industrial de exportación, que se denominará Parque Industrial Navarrete-Yaque (Pany), y la misma fue aprobada mediante la Resolución No. 01-15-P, del 24 de febrero del 2015. CONSIDERANDO: Que el Art. 19, acápite a) de la Ley 8-90, que fomenta la instalación de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación para conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de nuevos parques industriales acogidos a los beneficios de dicha ley. VISTA: El acta de la reunión celebrada el 24 de febrero de 2015, debidamente certificada por la Secretaria del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, el 24 de febrero de 2015. VISTA: La Ley 8-90, del 15 de enero del 1990 y su reglamento. En ejercicio de las atribuciones que nos confiere el Artículo 128, del Constitución de la República dictamos el siguiente: DECRETO ARTICULO 1. Se crea la Zona Franca Industrial que se denominará "PARQUE INDUSTRIAL NAVARRETE- YAQUE (Pany), bajo la administración técnica y operativa de la empresa "PARQUE INDUSTRIAL NUSCACAO, S. R. L.,” la cual se beneficiará del régimen de incentivos y obligaciones contenidos en la Ley 8-90, del 15 de enero del 1990. ARTICULO 2. El "PARQUE INDUSTRIAL NAVARRETE- YAQUE (Pany) estará ubicado en una porción de terreno, con una área de 12,306.00 metros cuadrados, en el Km. 24 de la Autopista Joaquín Balaguer, municipio Villa Bisonó, (Navarrete), dentro del ámbito de la parcela No. 13, del Distrito Catastral No. 4, provincia Santiago, República Dominicana. ARTICULO 3. Las condiciones bajo las cuales se desarrollará y operará dicha zona franca, estarán contenidas en un contrato que deberá ser firmado entre el Estado dominicano y la empresa "PARQUE INDUSTRIAL NUSCACAO, S. R. L.”. ARTICULO 4. La extensión territorial de la referida zona franca industrial podrá ser extendida a solicitud de la operadora de dicho parque, previo cumplimiento de las disposiciones de la Ley 8-90, del 15 de enero de 1990, para estos fines. ARTICULO 5. Las empresas que se establezcan en el "PARQUE INDUSTRIAL NAVARRETE- YAQUE (Pany)" una vez aprobadas por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, se beneficiarán de los incentivos y exenciones contenidas en las leyes, decretos y reglamentos vigentes, y de aquellos que pudiesen establecerse en el futuro. ARTICULO 6. Se le otorga poder especial al Ministro de Industria y Comercio, para que en nombre y representación del Estado, suscriba con la compañía “PARQUE INDUSTRIAL NUSCACAO, S.R.L.", los contratos correspondientes que regulen las relaciones y manejo de esta zona franca de exportación. ARTICULO 7. Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis 2016; años 173 de la Independencia, 153 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona