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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 388-15

que prorroga hasta el 30 de junio de 2016, el plazo establecido en el Art. 5, del Reglamento para la Seguridad y Protección contra Incendios, No. 85-11, del 24 de febrero de 2011. Deroga el Decreto No. 44-14 del 10 de febrero de 2014

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 dic de 2015fecha
Reglamentotipo
G. O. 10826Gaceta Oficial del 31 dic de 2015
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 388-15 que prorroga hasta el 30 de junio de 2016, el plazo establecido en el Art. 5, del Reglamento para la Seguridad y Protección contra Incendios, No. 85-11, del 24 de febrero de 2011. Deroga el Decreto No. 44-14 del 10 de febrero de 2014. G. O. No. 10826 del 31 de diciembre de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 388-15 CONSIDERANDO: Que es deber del Estado dominicano garantizar la seguridad ciudadana mediante el establecimiento de requisitos mínimos para el diseño y la construcción de obras, acordes con la realidad y los avances tecnológicos. CONSIDERANDO: La importancia que tiene establecer medidas de seguridad y los requerimientos mínimos para el diseño y la construcción de los sistemas de protección contra incendios, que garanticen la prevención y el control de los mismos. CONSIDERANDO: Que el Reglamento para la Seguridad y Protección contra Incendios, promulgado por el Decreto No.85-11, del 24 de febrero de 2011, establece los requerimientos mínimos para el diseño, construcción y mantenimiento de las edificaciones y estructuras, para la seguridad de la vida humana contra los incendios. CONSIDERANDO: La realidad actual del país, en cuanto a la capacidad económica de las pequeñas y medianas empresas, que les limitan realizar las inversiones requeridas para adecuar los establecimientos en donde operan a los requisitos establecidos por el citado reglamento, en el plazo establecido. CONSIDERANDO: Que se hace necesario extender el plazo dado a las edificaciones y estructuras existentes al momento de la entrada en vigencia del Reglamento, para su adecuación y cumplimiento efectivo de los nuevos lineamientos y disposiciones concebidas en el mismo. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTO: El Decreto No.85-11, del 24 de febrero de 2011, que establece el Reglamento para la Seguridad y Protección contra Incendios. VISTO: El Decreto No.44-14, del 10 de febrero de 2014, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015, el plazo establecido en el Artículo 5, del Reglamento para la Seguridad y Protección contra Incendios. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se prorroga hasta el 30 de junio de 2016, el plazo establecido en el Artículo 5, del Reglamento para la Seguridad y Protección contra Incendios, del 24 de febrero de 2011, para que las edificaciones y estructuras existentes sean provistas de las instalaciones y requerimientos mínimos de seguridad y protección contra incendios correspondientes, de conformidad con las disposiciones establecidas en el referido Reglamento. ARTÍCULO 2. Se deroga el Decreto No.44-14, del 10 de febrero de 2014. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve ( 29 ) días del mes de diciembre del año dos mil quince (2015), años 172 de la Independencia y 153 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona