Texto de la norma
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 259-15
VISTA: La Ley No.2461, del 18 de julio del 1950, sobre Especies Timbradas.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
Artículo 1. Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
a) DENOMINACIÓN
“Ciudadano Ejemplar”
Valor
RD$20.00
Cantidad
15,000 ejemplares
b) DENOMINACIÓN
“75 Aniversario Banreservas”
Valor
RD$75.00
Cantidad
50,000 ejemplares
c) DENOMINACIÓN
“50 Aniversario Universidad Nacional
Pedro Henríquez Ureña”
Valor
RD$50.00
Cantidad
20,000 ejemplares
d) DENOMINACIÓN
“V Centenario Natalicio Santa Teresa
de Jesús”
Valor
RD$45.00
Cantidad
15,000 ejemplares
e) DENOMINACIÓN
“Día Internacional de la Eliminación
de la Violencia contra la Mujer”
Valor
RD$35.00
Cantidad
25,000 ejemplares
f) DENOMINACIÓN
“Científicos Dominicanos”
Valor
RD$20.00
Cantidad
40,000 ejemplares (distribuidos en 8 sellos
en bloques de 4 unidades; 5,000 sellos cada
uno)
Artículo 2. Los sellos postales, referidos en el artículo precedente serán impresos bajo el
procedimiento “offset”, multicolor.
Artículo 3. Para las indicadas emisiones se utilizará papel tropicalizado, engomado, de 56
gramos, sustancia 103 GM2.
Artículo 4. El tamaño de cada uno de los sellos postales, a que se refiere el presente
Decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica.
Artículo 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal
Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes agosto del año dos mil quince 2015; años 172 de
la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.