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Decreto

Decreto 249-15

que incluye al Director General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios, como miembro de la Comisión Presidencial de Política Farmacéutica Nacional, y al Director Ejecutivo de dicha comisión, en la Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate de Medicamentos Ilegales

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 ago de 2015fecha
Otrostipo
G. O. 10811Gaceta Oficial del 7 sept de 2015
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 249-15 que incluye al Director General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios, como miembro de la Comisión Presidencial de Política Farmacéutica Nacional, y al Director Ejecutivo de dicha comisión, en la Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate de Medicamentos Ilegales. Modifica los decretos Nos. 274-05 y 344-09. G. O. No. 10811 del 7 de septiembre de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 249-15 VISTO: El Decreto No.274-05, del 6 de mayo de 2005, que crea e integra la Comisión Presidencial de Política Farmacéutica Nacional. VISTO: El Decreto No.344-09, del 30 de abril de 2009, que crea e integra la Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate de Medicamentos Ilegales. VISTA: La comunicación No.012875, del 18 de junio de 2015, suscrita por la Ministra de Salud Pública y Asistencia Social, Dra. Altagracia Guzmán Marcelino. VISTA: La comunicación No.012916, del 19 de junio de 2015, suscrita por la Ministra de Salud Pública y Asistencia Social, Dra. Altagracia Guzmán Marcelino. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se incluye al (la) Director (a) General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS), en la Comisión Presidencial de Política Farmacéutica Nacional, en calidad de miembro. A tal efecto, queda modificado el Artículo 2, del Decreto No.274-05, del 6 de mayo de 2005, que crea e integra la Comisión Presidencial de Política Farmacéutica Nacional. ARTÍCULO 2. Se incluye al (la) Director (a) Ejecutivo (a) de la Comisión Presidencial de la Política Farmacéutica (COPPFAN), en la Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate de Medicamentos Ilegales, en calidad de miembro. A tal efecto, se modifica el Artículo 2, del Decreto No.344-09, del 30 de abril de 2009, que crea e integra la Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate de Medicamentos Ilegales, para que en lo adelante disponga de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2. La Comisión Interinstitucional citada en el artículo anterior estará integrada por los siguientes miembros: a) El (la) Ministro (a) de Salud Pública y Asistencia Social, quien la presidirá. b) El (la) Director (a) General de Aduanas, quien fungirá como vicepresidente. c) El (la) Director (a) Ejecutivo (a) de la Comisión Presidencial de la Política Farmacéutica (COPPFAN), miembro. d) El Director Nacional de Investigaciones, miembro. e) Un representante del Procurador General de la República, miembro. f) Un representante de la Asociación de Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos, Inc. (ARAPF), miembro. g) Un representante de la Asociación de Industrias Farmacéuticas Dominicanas, Inc. (INFADOMI), miembro. h) Un representante de la Asociación Farmacéutica Dominicana, Inc., miembro. i) Un representante de la Policía Nacional, miembro”. ARTÍCULO 3. El presente Decreto deroga o modifica toda norma de igual o menor jerarquía en cuanto le sea contraria. ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de agosto del año dos mil quince (2015); años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona