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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 151-15

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 abr de 2015fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10797Gaceta Oficial del 14 may de 2015
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 151-15 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10797 del 14 de mayo de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 151-15 VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples para el Desarrollo de Moca (COOPDEMO), con su asiento principal en la Plaza Megatone, 2do. Nivel, Moca provincia Espaillat, República Dominicana cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada el veintiuno (21) de junio del dos mil catorce (2014). Artículo 2.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples (COOPMOTOR), con su asiento principal en la prolongación Mariano Pérez No. 1, Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada el veintinueve (29) de junio del dos mil doce (2012). Artículo 3.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Emprendedores de la Región Enriquillo (COOPSEMEREN), con su asiento principal en la calle Nuestra Señora del Rosario No. 52, municipio Santa Cruz, provincia Barahona, República Dominicana cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada el nueve (9) de marzo del dos mil catorce (2014). Artículo 4.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil quince (2015), años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona