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Decreto

Decreto 140-15

que crea el Parque Industrial Elva María, bajo la administración técnica y operativa de la Empresa Parque Industrial Elva María E&M, S.R.L, ubicada en Licey al Medio, Santiago

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 abr de 2015fecha
Otrostipo
G. O. 10797Gaceta Oficial del 14 may de 2015
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 140-15 que crea el Parque Industrial Elva María, bajo la administración técnica y operativa de la Empresa Parque Industrial Elva María E&M, S.R.L, ubicada en Licey al Medio, Santiago. G. O. No. 10797 del 14 de mayo de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 140-15 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación ha contribuido eficazmente a la rehabilitación económica de aquellas comunidades donde han sido instaladas. CONSIDERANDO: Que la empresa PARQUE INDUSTRIAL ELVA MARIA, E & M, S. R. L., presentó ante la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, una solicitud para el desarrollo y operación de una zona franca industrial de exportación, que se denominará Parque Industrial Elva Maria, y la misma fue aprobada mediante la Resolución No. 03-14-P, de fecha 26 de junio del 2014. CONSIDERANDO: Que el Art. 19, acápite 'a' de la Ley 8-90, que fomenta la instalación de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación para conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de nuevos parques industriales acogidos a los beneficios de dicha ley. VISTA: El acta de la reunión celebrada el 26 de junio de 2014, debidamente certificada por la Secretaría del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, el 26 de junio de 2014. VISTA: La Ley 8-90, del 15 de enero del 1990 y su Reglamento. En ejercicio de las atribuciones que nos confiere el Artículo 128, del Constitución de la República dictamos el siguiente: DECRETO ARTICULO 1. Se crea la Zona Franca Industrial que se denominará "PARQUE INDUSTRIAL ELVA MARIA", bajo la administración técnica y operativa de la empresa "PARQUE INDUSTRIAL ELVA MARIA E & M, S. R. L.”, la cual se beneficiará del régimen de incentivos y obligaciones contenidos en la Ley 8-90, del 15 de enero del 1990. ARTICULO 2. El "PARQUE INDUSTRIAL ELVA MARIA" estará ubicado en una porción de terreno, con una área de 9,536.64 metros cuadrados, en Monte Adentro, municipio Licey al Medio, provincia Santiago, dentro del ámbito de la Parcela No. 131, del Distrito Catastral No.11, provincia Santiago, República Dominicana. ARTICULO 3. Las condiciones bajo las cuales se desarrollará y operará dicha zona franca, estarán contenidas en un contrato que deberá ser firmado entre el Estado dominicano y la empresa "PARQUE INDUSTRIAL ELVA MARIA E & M, S. R. L.”. ARTICULO 4. La extensión territorial de la referida zona franca industrial podrá ser extendida a solicitud de la operadora de dicho parque, previo cumplimiento de las disposiciones de la Ley 8-90, del 15 de enero de 1990, para estos fines. ARTICULO 5. Las empresas que se establezcan en el "PARQUE INDUSTRIAL ELVA MARIA" una vez aprobadas por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, se beneficiarán de los incentivos y exenciones contenidos en las leyes, decretos y reglamentos vigentes, y de aquellos que pudiesen establecerse en el futuro. ARTICULO 6. Se le otorga poder especial al Ministro de Industria y Comercio, para que en nombre y representación del Estado, suscriba con la compañía “PARQUE INDUSTRIAL ELVA MARIA E & M, S. R. L.,", los contratos correspondientes que regulen las relaciones y manejo de esta zona franca de exportación. ARTICULO 7. Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil quince (2015), años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona