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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 122-15

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA NATURALIZACIÓN DOMINICANA ORDINARIA A VARIAS PERSONAS EXTRANJERAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 abr de 2015fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 10796Gaceta Oficial del 12 may de 2015
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 122-15 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a varias personas extranjeras. G. O. No. 10796 del 12 de mayo de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 122-15 VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus modificaciones; VISTAS: Las instancias Nos. 8754, del 23 de junio de 2014; 15277, 15278, del 3 de noviembre de 2014; 18135, 18136,18137, 18138, 18139, 18140, 18141, 18142, 18143, 18144, 18145, 18147, 18148, 18149, 18150, del 30 de diciembre de 2014, que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación: 1. A la señora Maricela Molina Piñeiro, de nacionalidad cubana. 2. Al señor Andrés Felipe Hernández Izquierdo, de nacionalidad colombiana. 3. Al señor Alejandro López Casallas, de nacionalidad colombiana. 4. Al señor Jorge Benito García, de nacionalidad española. 5. Al señor Giovanni Forniglia, de nacionalidad italiana. 6. A la señora Audrey –Chantal Violette Christiane Maillard Becker, de nacionalidad francesa. 7. Al señor Grigory Borisovich Agashkin, de nacionalidad rusa. 8. Al señor Juan Esteban Camilo Martínez Martínez, de nacionalidad colombiana. 9. Al señor Efraín Pérez Sánchez, de nacionalidad colombiana. 10. Al señor Pedro Vinent Ruiz, de nacionalidad cubana. 11. A la señora Dasnet Bernal Rodríguez, de nacionalidad cubana. 12. A la señora Elena Mijaylovna Projorova, de nacionalidad rusa. 13. A la señora Jou-Chu Wang, de nacionalidad argentina. 14. Al señor Juan Carlos David Martínez Martínez, de nacionalidad colombiana. 15. A la señora Araceli Claudia Crespo Artunduaga, de nacionalidad boliviana. 16. Al señor Kamal Faour y su esposa Nabila Mahmoud Eid Rashid, ambos de nacionalidad palestina. 17. Al señor Naseer Ali Jihad, de nacionalidad iraqui. 18. Al Señor Abdelrehim Mohamed Fadl Elbakry y su hijo menor Mohamed Abdelrehim Elbakry, ambos de nacionalidad palestina. 19. A la señora Eleni Georgiadi, de nacionalidad griega. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil quince (2015), años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona