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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 64-15

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado, por discapacidad, a varios servidores públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 mar de 2015fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10793Gaceta Oficial del 16 mar de 2015
Poder Ejecutivoórgano
81personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Alba Rosa Dolores Adames HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Divina Ferreras PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altanicia VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Clarisa Altagracia Santana NúñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Rita RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andrés Acosta GavilánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andrés Gómez CepedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andrés HernándezPensión—RD$6,300.00
Ángel Delio LedesmaPensión—RD$20,068.81
Ángela María Muñoz CastilloPensión—RD$5,818.92
Argentina González Rodríguez de RosarioPensión—RD$5,736.02
Aura Rosa AngomásPensión—RD$5,117.50
Bartolo Antonio Reyes RomeroPensión—RD$8,291.15
Bienvenido Natalio RodríguezPensión—RD$25,960.69
Brígida VargasPensión—RD$5,117.50
Brígido Tena CorderoPensión—RD$10,000.00
Carmen Nelly Díaz ÁvilaPensión—RD$5,405.23
Carola Valenzuela GarciaPensión—RD$5,117.50
Ciriaco MorenoPensión—RD$5,786.80
Cornelia Feliz PereyraPensión—RD$5,117.50
Cosme Olivero FélizPensión—RD$6,650.20
Crecencio Valdez EncarnaciónPensión—RD$5,991.96
Cristina Suero MilianoPensión—RD$40,940.00
Cristóbal José PalPensión—RD$5,117.50
Digna Domínguez DíazPensión—RD$5,605.24
Diluvina Altagracia PaulinoPensión—RD$10,622.58
Dinorah Mercedes QuezadaPensión—RD$5,117.50
Dulce María De la RosaPensión—RD$5,117.50
Eduvirgen Vólquez DíazPensión—RD$5,117.50
Elinardo MedinaPensión—RD$5,221.32
Faustino Antonio Reyes EspinalPensión—RD$19,119.10
Félix Antonio Castillo AriasPensión—RD$5,117.50
Fernando Aramis Pichardo MinayaPensión—RD$8,050.00
Fiordaliza Esther Concepción GratereauxPensión—RD$20,976.77
Francisco Bernard VargasPensión—RD$17,500.00
Francisco MonteroPensión—RD$5,744.75
Francisco Javiel Mejía MateoPensión—RD$5,117.50
Héctor Sandino Guerrero OroscoPensión—RD$15,381.25
Jesús RosarioPensión—RD$5,117.50
José Guzmán BáezPensión—RD$12,275.06
José Alberto Sosa PayanoPensión—RD$7,589.60
José Altagracia SánchezPensión—RD$5,117.50
José Joaquín Rojas PeñaPensión—RD$7,798.94
Juan Piña RamírezPensión—RD$6,640.90
Juan Suriel NúñezPensión—RD$5,117.50
Juan Francisco Rodríguez VargasPensión—RD$5,117.50
Juana Felicia SánchezPensión—RD$7,932.27
Juanita Ramírez Bocio de SalazarPensión—RD$5,117.50
Julio César Genao RojasPensión—RD$6,045.63
Julio Cesar SantanaPensión—RD$33,205.90
Laureano Medina MedinaPensión—RD$5,482.23
Luis Efraín Felipe GouyPensión—RD$5,117.50
Manuel Andújar DíazPensión—RD$6,080.18
Manuel de Jesús Herrera MatosPensión—RD$5,117.50
Margarita FlorentinoPensión—RD$5,117.50
María Altagracia Pozo CampusanoPensión—RD$7,564.80
María Amparo Jiménez AracenaPensión—RD$5,117.50
María Victoria Díaz BetancesPensión—RD$5,343.82
Merquiades Acevedo ManzanilloPensión—RD$6,404.54
Miguel Ángel Benítez ValdezPensión—RD$5,117.50
Nelson Julio Díaz MenaPensión—RD$7,599.38
Pablo Almánzar PaulinoPensión—RD$6,045.63
Pablo Castillo BalbiPensión—RD$7,000.00
Palermo Gómez SánchezPensión—RD$16,206.91
Pedro ValdezPensión—RD$5,117.50
Pedro Nolasco PérezPensión—RD$5,117.50
Rafael Miguel Ángel JiménezPensión—RD$10,500.00
Ramón Remigio VargasPensión—RD$7,600.22
Ramón Antonio Acevedo PérezPensión—RD$7,935.20
Regla PujolsPensión—RD$5,117.50
Reynaldo Ángel Ramón Sanz DelgadoPensión—RD$22,781.50
Rudis Bienbenido Olivero FélixPensión—RD$5,117.50
Salomón Méndez SantanaPensión—RD$5,117.50
Sana Altagracia CarrascoPensión—RD$24,500.00
Santa Rosa Rivera NivarPensión—RD$5,117.50
Santiago Rodríguez TavárezPensión—RD$5,117.50
Teodoro PeñaPensión—RD$13,418.67
Vicente Sosa CruzPensión—RD$13,127.30
Víctor Asís Olivero FélizPensión—RD$25,960.70
Virgilia Bella Natividad Martínez GuzmánPensión—RD$12,075.00
Ynocencio BodréPensión—RD$13,300.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

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Dec. No. 64-15 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado, por discapacidad, a varios servidores públicos. G. O. No. 10793 del 16 de marzo de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 64-15 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República; VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981; VISTO: El Oficio No.8141, del 17 de diciembre de 2014, dirigido al Presidente de la República, por el Ministro de Hacienda, donde solicita las pensiones por discapacidad de varios servidores públicos; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado, por discapacidad, a los siguientes servidores públicos: 1. A la señora Alba Rosa Dolores Adames Herrera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 2. A la señora Altagracia Divina Ferreras Pérez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil cuatrocientos veintiocho pesos dominicanos con 78/100 (RD$30,428.78) mensuales. 3. A la señora Altanicia Vargas, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 4. A la señora Ana Clarisa Altagracia Santana Núñez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 5. A la señora Ana Rita Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de ocho mil quinientos cincuenta y cinco pesos dominicanos con 14/100 (RD$8,555.14) mensuales. 6. Al señor Andrés Acosta Gavilán, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 7. Al señor Andrés Gómez Cepeda, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 8. Al señor Andrés Hernández, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,300.00) mensuales. 9. Al señor Ángel Delio Ledesma, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil sesenta y ocho pesos dominicanos con 81/100 (RD$20,068.81) mensuales. 10. A la señora Ángela María Muñoz Castillo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ochocientos dieciocho pesos dominicanos con 92/100 (RD$5,818.92) mensuales. 11. A la señora Argentina González Rodríguez de Rosario, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil setecientos treinta y seis pesos dominicanos con 02/100 (RD$5,736.02) mensuales. 12. A la señora Aura Rosa Angomás, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 13. Al señor Bartolo Antonio Reyes Romero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de ocho mil doscientos noventa y un pesos dominicanos con 15/100 (RD$8,291.15) mensuales. 14. Al señor Bienvenido Natalio Rodríguez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticinco mil novecientos sesenta pesos dominicanos con 69/100 (RD$25,960.69) mensuales. 15. A la señora Brígida Vargas, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 16. Al señor Brígido Tena Cordero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 17. A la señora Carmen Nelly Díaz Ávila, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil cuatrocientos cinco pesos dominicanos con 23/100 (RD$5,405.23) mensuales. 18. A la señora Carola Valenzuela Garcia, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 19. Al señor Ciriaco Moreno, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil setecientos ochenta y seis pesos dominicanos con 80/100 (RD$5,786.80) mensuales. 20. A la señora Cornelia Feliz Pereyra, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 21. Al señor Cosme Olivero Féliz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil seiscientos cincuenta pesos dominicanos con 20/100 (RD$6,650.20) mensuales. 22. Al señor Crecencio Valdez Encarnación, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil novecientos noventa y un pesos dominicanos con 96/100 (RD$5,991.96) mensuales. 23. A la señora Cristina Suero Miliano, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales. 24. Al señor Cristóbal José Palen, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 25. A la señora Digna Domínguez Díaz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil seiscientos cinco pesos dominicanos con 24/100 (RD$5,605.24) mensuales. 26. A la señora Diluvina Altagracia Paulino, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil seiscientos veintidós pesos dominicanos con 58/100 (RD$10,622.58) mensuales. 27. A la señora Dinorah Mercedes Quezada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 28. A la señora Dulce María De la Rosa, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 29. A la señora Eduvirgen Vólquez Díaz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 30. Al señor Elinardo Medina, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil doscientos veintiún pesos dominicanos con 32/100 (RD$5,221.32) mensuales. 31. Al señor Faustino Antonio Reyes Espinal, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diecinueve mil ciento diecinueve pesos dominicanos con 10/100 (RD$19,119.10) mensuales. 32. Al señor Félix Antonio Castillo Arias, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 33. Al señor Fernando Aramis Pichardo Minaya, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de ocho mil cincuenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$8,050.00) mensuales. 34. A la señora Fiordaliza Esther Concepción Gratereaux, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil novecientos setenta y seis pesos dominicanos con 77/100 (RD$20,976.77) mensuales. 35. Al señor Francisco Bernard Vargas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diecisiete mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$17,500.00) mensuales. 36. Al señor Francisco Montero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil setecientos cuarenta y cuatro pesos dominicanos con 75/100 (RD$5,744.75) mensuales. 37. Al señor Francisco Javiel Mejía Mateo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 38. Al señor Héctor Sandino Guerrero Orosco, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil trescientos ochenta y un pesos dominicanos con 25/100 (RD$15,381.25) mensuales. 39. Al señor Jesús Rosario, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 40. Al señor José Guzmán Báez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de doce mil doscientos setenta y cinco pesos dominicanos con 06/100 (RD$12,275.06) mensuales. 41. Al señor José Alberto Sosa Payano, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil quinientos ochenta y nueve pesos dominicanos con 60/100 (RD$7,589.60) mensuales. 42. Al señor José Altagracia Sánchez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 43. Al señor José Joaquín Rojas Peña, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil setecientos noventa y ocho pesos dominicanos con 94/100 (RD$7,798.94) mensuales. 44. Al señor Juan Piña Ramírez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil seiscientos cuarenta pesos dominicanos con 90/100 (RD$6,640.90) mensuales. 45. Al señor Juan Suriel Núñez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 46. Al señor Juan Francisco Rodríguez Vargas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 47. A la señora Juana Felicia Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil novecientos treinta y dos pesos dominicanos con 27/100 (RD$7,932.27) mensuales. 48. A la señora Juanita Ramírez Bocio de Salazar, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 49. Al señor Julio César Genao Rojas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil cuarenta y cinco pesos dominicanos con 63/100 (RD$6,045.63) mensuales. 50. Al señor Julio Cesar Santana, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], por un monto de treinta y tres mil doscientos cinco pesos dominicanos con 90/100 (RD$33,205.90) mensuales. 51. Al señor Laureano Medina Medina, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil cuatrocientos ochenta y dos pesos dominicanos con 23/100 (RD$5,482.23) mensuales. 52. Al señor Luis Efraín Felipe Gouy, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 53. Al señor Manuel Andújar Díaz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil ochenta pesos dominicanos con 18/100 (RD$6,080.18) mensuales. 54. Al señor Manuel de Jesús Herrera Matos, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 55. A la señora Margarita Florentino, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 56. A la señora María Altagracia Pozo Campusano, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil quinientos sesenta y cuatro pesos dominicanos con 80/100 (RD$7,564.80) mensuales. 57. A la señora María Amparo Jiménez Aracena, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 58. A la señora María Victoria Díaz Betances, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil trescientos cuarenta y tres pesos dominicanos con 82/100 (RD$5,343.82) mensuales. 59. Al señor Merquiades Acevedo Manzanillo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil cuatrocientos cuatro pesos dominicanos con 54/100 (RD$6,404.54) mensuales. 60. Al señor Miguel Ángel Benítez Valdez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 61. Al señor Nelson Julio Díaz Mena, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil quinientos noventa y nueve pesos dominicanos con 38/100 (RD$7,599.38) mensuales. 62. Al señor Pablo Almánzar Paulino, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil cuarenta y cinco pesos dominicanos con 63/100 (RD$6,045.63) mensuales. 63. Al señor Pablo Castillo Balbi, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales. 64. Al señor Palermo Gómez Sánchez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de dieciséis mil doscientos seis pesos dominicanos con 91/100 (RD$16,206.91) mensuales. 65. Al señor Pedro Valdez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 66. Al señor Pedro Nolasco Pérez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 67. Al señor Rafael Miguel Ángel Jiménez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,500.00) mensuales. 68. Al señor Ramón Remigio Vargas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil seiscientos pesos dominicanos con 22/100 (RD$7,600.22) mensuales. 69. Al señor Ramón Antonio Acevedo Pérez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil novecientos treinta y cinco pesos dominicanos con 20/100 (RD$7,935.20) mensuales. 70. A la señora Regla Pujols, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 71. Al señor Reynaldo Ángel Ramón Sanz Delgado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veintidós mil setecientos ochenta y un pesos dominicanos con 50/100 (RD$22,781.50) mensuales. 72. Al señor Rudis Bienbenido Olivero Félix, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 73. Al señor Salomón Méndez Santana, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 74. A la señora Sana Altagracia Carrasco, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticuatro mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$24,500.00) mensuales. 75. A la señora Santa Rosa Rivera Nivar, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 76. Al señor Santiago Rodríguez Tavárez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,117.50) mensuales. 77. Al señor Teodoro Peña, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de trece mil cuatrocientos dieciocho pesos dominicanos con 67/100 (RD$13,418.67) mensuales. 78. Al señor Vicente Sosa Cruz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de trece mil ciento veintisiete pesos dominicanos con 30/100 (RD$13,127.30) mensuales. 79. Al señor Víctor Asís Olivero Féliz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinticinco mil novecientos sesenta pesos dominicanos con 70/100 (RD$25,960.70) mensuales. 80. A la señora Virgilia Bella Natividad Martínez Guzmán, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de doce mil setenta y cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$12,075.00) mensuales. 81. Al señor Ynocencio Bodré, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de trece mil trescientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$13,300.00) mensuales. ARTÍCULO 2. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. PÁRRAFO: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 3. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique. ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015); años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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