miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 63-15

que eleva el monto de las pensiones del Estado asignadas a los señores Darío Balcácer Báez, Abelardo Herrera Piña y Dulce Julieta Antonia Camilo González de García

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 mar de 2015fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10793Gaceta Oficial del 16 mar de 2015
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Darío Balcácer BáezPensión—RD$70,000.00
Abelardo Herrera PiñaPensión—RD$70,000.00
Dulce Julieta Antonia Camilo González de GarcíaPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 63-15 que eleva el monto de las pensiones del Estado asignadas a los señores Darío Balcácer Báez, Abelardo Herrera Piña y Dulce Julieta Antonia Camilo González de García. G. O. No. 10793 del 16 de marzo de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 63-15 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República; VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se eleva a la suma de setenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$70,000.00) mensuales, la pensión asignada por el Estado dominicano al señor Darío Balcácer Báez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 2. Se eleva a la suma de setenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$70,000.00) mensuales, la pensión asignada por el Estado dominicano al señor Abelardo Herrera Piña, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 3. Se eleva a la suma de setenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$70,000.00) mensuales, la pensión asignada por el Estado dominicano a la señora Dulce Julieta Antonia Camilo González de García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 4. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015); años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona