Texto de la norma
Dec. No. 59-15 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10793 del 16 de marzo de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 59-15
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que,
para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio del 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los
interesados;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
Artículo 1. La señora Hilda Féliz Peña, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Hilda Niza Féliz Peña.
Artículo 2. La señora Sandra Juliana Fernández Ortiz, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Sandra Elizabeth Fernández Ortiz.
Artículo 3. La señora María Antonia Hernández Durán, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Álfida María Hernández Durán.
Artículo 4. El señor Buenhijo Montero Encarnación, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Jhonsi de Jesús Montero Encarnación.
Artículo 5. La señora María Altagracia Féliz Féliz, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Margarita Altagracia Féliz Féliz.
Artículo 6. El señor Robenson José José Báez, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de Robenson José Báez.
Artículo 7. El señor Ricardo Camacho Pichardo, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Ricardo Antonio Camacho Pichardo.
Artículo 8. Los señores José Miguel Pichardo Reyes y Gissell Rafaelina González García,
padres del menor Jafreisi Rafael Pichardo González, quedan autorizados a cambiar el
nombre de su hijo por el de José Rafael Pichardo González.
Artículo 9. La señora Leonarda Batista, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Oneida Batista.
Artículo 10. El señor Román Bautista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Ramón Bautista.
Artículo 11. El señor Milcíades Eduardo Mejía Jabid, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Eduardo Mejía Jabid.
Artículo 12. La señora Paulina Santana Santiago, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Juana Santana Santiago.
Artículo 13. La señora Dorotea Mesa Encarnación, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Dora Mesa Encarnación.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la
República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015);
años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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