Texto de la norma
Dec. No. 58-15 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10793 del 16 de marzo de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 58-15
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que,
para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio del 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los
interesados;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
Artículo 1. El señor Segundo Carpio, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Adriano Carpio.
Artículo 2. La señora Julianita Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Juliana Sánchez.
Artículo 3. El señor Gestrudys Rafael Mambrú González, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Rafael Mambrú González.
Artículo 4. La señora Teodora Luna Genao, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Dora Luna Genao
Artículo 5. La señora Margarita Lora Hidalgo, queda autorizada a cambiar su nombere por
el de Nasaré Margarita Lora Hidalgo.
Artículo 6. Los señores Manuel de Jesús Corcino Vicente y Carmen Nelia Cuello Vargas,
padres del menor Westminster Corcino Cuello, quedan autorizados a cambiar el nombre de
su hijo por el de Weslin Corcino Cuello.
Artículo 7. La señora Margara Muñoz Pérez, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Margarita Muñoz Pérez.
Artículo 8. Los señores Manuel de Jesús Corcino Vicente y Carmen Nelia Cuello Vargas,
padres de la menor Weslayninter Corcino Cuello, quedan autorizados a cambiar el nombre
de su hija por el de Weslayne Corcino Cuello.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la
República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015);
años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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