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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 57-15

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 mar de 2015fecha
Otrostipo
G. O. 10793Gaceta Oficial del 16 mar de 2015
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 57-15 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10793 del 16 de marzo de 2015. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 57-15 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones; CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O Artículo 1. El señor Leorgino Guaba Abréu, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jeorgino Guaba Abréu. Artículo 2. La señora Salomé Ramos Lora, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Salomé Ramos Lora. Artículo 3. La señora Basílica Vicioso, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Basilia Vicioso. Artículo 4. Los señores Waldo José Díaz Labour y Walkany María Martínez Camacho, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija Elsa Eduvigis Díaz Martínez, por el de María José Díaz Martínez. Artículo 5. La señora Tomasa Núñez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Matilde Núñez. Artículo 6. La señora Fransina Antigua Aquino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Francisca Antigua Aquino. Artículo 7. La señora Arcadia Altagracia Moya Pichardo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Orcadia Altagracia Moya Pichardo. Artículo 8. El señor Jesús del Carmen Pichardo Ureña, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jhonny Jesús Pichardo Ureña. Artículo 9. La señora Gregoria Francisco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Milagros Francisco. Artículo 10. El señor Francis Antonio Medina Melo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Francisco Antonio Medina Melo. Artículo 11. Los señores Francisco Manuel Pelegrin Quintana y Nelly Miguelina Estrella Camilo, padres de la menor Frainelly Pelegrin Estrella, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija por el de Camila Pelegrin Estrella. Artículo 12. El señor Buena Ventura Rivas Abréu, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Josué Rivas Abréu. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015); años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona