Dec. No. 498-14 que declara el año 2015, como Año de la Atención Integral a la
Primera Infancia. G. O. No. 10789 del 6 de enero de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 498-14
CONSIDERANDO: Que la primera infancia es una etapa de vital importancia en el
desarrollo neurológico, biológico, psicológico y social de las personas, y constituye el más
significativo periodo de desarrollo de la vida humana.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno dominicano se propone construir un modelo de
atención integral, centrado en la familia y la comunidad, desde una perspectiva de derecho
y con énfasis en la prevención de riesgos en la infancia.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se declara el año 2015 como el “Año de la Atención Integral a la
Primera Infancia”.
ARTÍCULO 2.- Envíese al Ministerio Administrativo de la Presidencia, para los fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de diciembre del año dos mil catorce
(2014); años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona