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Decreto

Decreto 450-14

que modifica el literal g) del Artículo 1 del Dec. No. 193-93, en el cual se autorizó la venta de varias porciones de terrenos por parte del Ayuntamiento de Santiago

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 nov de 2014fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10786Gaceta Oficial del 2 dic de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 450-14 que modifica el literal g) del Artículo 1 del Dec. No. 193-93, en el cual se autorizó la venta de varias porciones de terrenos por parte del Ayuntamiento de Santiago. G. O. No. 10786 del 2 de diciembre de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 450-14 VISTA: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios; VISTA: La Ley No.4381, del 10 de febrero del 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional; VISTO: El Literal d) del Numeral 3, del Artículo 128, de la Constitución de la República, el cual establece como atribución del Presidente de la República, en tanto Jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los Ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales; VISTA: La Certificación del Secretario del Concejo Municipal del Ayuntamiento del municipio de Santiago, del 19 de noviembre de 2009, del Acta No.19-09, del Concejo de Municipal; VISTO: El Decreto No.193-93, del 9 de julio de 1993, que autoriza a distintos ayuntamientos a vender porciones de terrenos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se modifica el Literal g), del Artículo 1, del Dec. No.193-93, del 9 de julio de 1993, en el cual se autoriza la venta de varias porciones de terrenos al Ayuntamiento de Santiago, para que se lea de la siguiente manera: “g) A los sucesores de la señora María Cabrera de Aybar, por la suma de diecinueve mil ciento cincuenta y cuatro pesos dominicanos con 85/100 (RD$19,154.85), una porción de terreno que mide trescientos cuarenta y ocho metros cuadrados punto veintisiete decímetros cuadrados (348.27mts.2), ubicada dentro de la Manzana Catastral No.67, D.C. No.1, con designación municipal de un Solar Municipal marcado con el No.1643, Manzana No.119”. ARTÍCULO 2. El presente Decreto deroga o modifica toda norma de igual o menor jerarquía en cuanto le sea contraria. ARTÍCULO 3. Envíese al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, al Ministerio de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana (LMD), para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014); año 171 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona