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Decreto

Decreto 449-14

que autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los Caballeros a vender al señor José Francisco Peralta, una porción de terreno dentro de la parcela No. 154-A (parte), D.C. No. 6, municipio de Santiago de los Caballeros, Santiago

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 nov de 2014fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10786Gaceta Oficial del 2 dic de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 449-14 que autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los Caballeros a vender al señor José Francisco Peralta, una porción de terreno dentro de la parcela No. 154-A (parte), D.C. No. 6, municipio de Santiago de los Caballeros, Santiago. G. O. No. 10786 del 2 de diciembre de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 449-14 VISTA: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios; VISTA: La Ley No.4381, del 10 de febrero del 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional; VISTO: El Literal d) del Numeral 3, del Artículo 128, de la Constitución de la República, el cual establece como atribución del Presidente de la República, en tanto Jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los Ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales; VISTO: El Certificado de Título Núm.146, del Registrador de Títulos, mediante el cual otorga derecho de propiedad al Ayuntamiento de Santiago, sobre 72 Hectáreas, 18 Áreas y 18 Centiáreas, dentro de la Parcela No.154-A, del D.C. No.6, del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago. VISTA: La Certificación de la Secretaria del Concejo Municipal de la Alcaldía del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, de fecha 12 de agosto de 2014, mediante la cual da fe de que el Concejo Municipal, aprobó a favor del señor José Francisco Paulino Peralta, la apropiación de una porción de terreno, con una extensión superficial de cincuenta y cuatro metros cuadrados con dieciséis decímetros cuadrados (54.16Mts.2), dentro de la Parcela No.154-A (Parte), del D.C. No.6, del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con designación municipal de Solar Municipal No.1-F, Manzana No.09, cuyo arrendamiento fue convenido en el Contrato de Arrendamiento No.38040, del 29 de septiembre de 2008; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender al señor José Francisco Paulino Peralta, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por la suma de doscientos cuarenta y tres mil setecientos veinte pesos dominicanos con 00/100 (RD$243,720.00), una porción de terreno que mide cincuenta y cuatro metros cuadrados con dieciséis decímetros cuadrados (54.16mts.2), ubicada dentro de la Parcela No.154-A (Parte), del D.C. No.6, del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con designación municipal de Solar Municipal No.1-F, Manzana No.09, con los siguientes linderos: a) Al norte, Av. Estrella Sadhalá; b) Al este, Solar Municipal No.1-E; c) Al sur, Solar Municipal No.1-C; y d) Al oeste, Solar Municipal No.1-D. ARTÍCULO 2. Envíese a la Alcaldía del municipio Santiago de los Caballeros, al Ministerio de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana (LMD), para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014); años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona